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AUTONOMOS - Croem

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26<br />

Empresa titular o<br />

principal<br />

Proporciona<br />

información e<br />

instrucciones<br />

Trabajador autónomo<br />

Cumplir las<br />

instrucciones<br />

d. Autónomo que contrata a otras empresas<br />

o autónomos para desarrollar tareas<br />

de su propia actividad.<br />

Este caso suele darse más cuando el autónomo tiene<br />

asalariados a su cargo y por tanto tiene la condición<br />

de empresario. En este caso, como empresario<br />

principal, tiene el deber de vigilar que los contratistas<br />

y subcontratistas cumplan con sus obligaciones<br />

en materia de seguridad y salud. Para ello, antes<br />

del inicio de la actividad en su centro de trabajo, el<br />

empresario principal exigirá a las empresas contratistas<br />

y subcontratistas que le acrediten por escrito<br />

que han realizado, para las obras y servicios contratados,<br />

la evaluación de riesgos y la planificación de<br />

su actividad preventiva; así como que han cumpli-<br />

do sus obligaciones en materia de información y<br />

formación respecto de los trabajadores que vayan<br />

a prestar servicios en el centro de trabajo.<br />

e. Autónomo que es contratado por empresa<br />

principal para tareas pertenecientes a<br />

la propia actividad de ésta.<br />

En este caso, sí que debemos distinguir entre autónomo<br />

con y sin asalariados, ya que la empresa principal<br />

debe vigilar en todo caso el cumplimiento por<br />

parte del trabajador autónomo de sus obligaciones<br />

en materia de prevención de riesgos laborales, pero<br />

estas obligaciones son mucho más concretas en el<br />

caso de que se trate de un autónomo con asalariados,<br />

ya que, al tener en este caso la condición de<br />

empresario, va a tener que acreditar por escrito a la<br />

empresa principal la realización de la evaluación de<br />

riesgos y de la planificación de la actividad preventiva,<br />

así como de que los trabajadores que concurren<br />

en el centro de trabajo han recibido la información<br />

y formación suficiente para el desempeño de<br />

su puesto de trabajo.<br />

Sin embargo, en el caso de los trabajadores autónomos<br />

sin asalariados, las obligaciones en materia<br />

de prevención de riesgos laborales son más difusas,<br />

si bien podemos entender que se refieren al cumplimiento<br />

de sus deberes de cooperación y coordinación,<br />

a los que hemos hecho referencia en el<br />

apartado.

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