Pliego de Licitación - HonduCompras
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9. Responsabilidad <strong>de</strong>l Contratista<br />
9.1 El Contratista <strong>de</strong>berá ejecutar el diseño, el suministro, la ejecución <strong>de</strong> las obras y<br />
Servicios conexos incluidos en la Sección VI Alcance <strong>de</strong>l Proyecto, <strong>de</strong> acuerdo con la<br />
Cláusula 7 <strong>de</strong> las CGC y la Sección VI: Alcance <strong>de</strong>l Proyecto.<br />
9.2 Durante el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las obras y hasta que se cumpla el plazo <strong>de</strong> garantía que se<br />
hubiere convenido, el contratista será responsable <strong>de</strong> los <strong>de</strong>fectos que en la<br />
construcción puedan advertirse y que tuvieren por causa acciones u omisiones que le<br />
fueren imputables. Será también responsable <strong>de</strong> los daños o perjuicios que durante el<br />
período antes indicado, pudieran causarse a terceros, con excepción <strong>de</strong> las<br />
expropiaciones u otros que según el contrato correspon<strong>de</strong>n a la Administración. El<br />
contratista <strong>de</strong>berá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios<br />
<strong>de</strong> protección y tomará las medidas necesarias para mantener en sus campamentos y<br />
en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, según las disposiciones sobre la<br />
materia. El Contratista no será responsable cuando las fallas o <strong>de</strong>sperfectos tengan<br />
por causa motivos <strong>de</strong> fuerza mayor o caso fortuito que no le fueren imputables,<br />
siempre que no mediare actuación impru<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> su parte, tales como incendios<br />
producidos por rayos, fenómenos naturales como terremotos, maremotos, huracanes,<br />
inundaciones, movimientos <strong>de</strong>l terreno u otros motivos semejantes <strong>de</strong>bidamente<br />
calificados, así como <strong>de</strong>strozos ocasionados violentamente en tiempo <strong>de</strong> guerra,<br />
tumultos o alteraciones graves <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n público;<br />
9.3 El Contratista será responsable <strong>de</strong> los <strong>de</strong>fectos que pudieran surgir por <strong>de</strong>ficiencias o<br />
imprevisiones en el diseño o por cualquier otra causa que le fuere imputable.<br />
9.4 El profesional o profesionales a cargo <strong>de</strong>l Contratista <strong>de</strong>berán dirigir los trabajos en<br />
forma personal y aten<strong>de</strong>rlos <strong>de</strong> manera eficiente e inmediata, evitando así atrasos en<br />
el avance <strong>de</strong> la obra, para dar cumplimiento al programa <strong>de</strong> trabajo.<br />
9.5 El contratista estará obligado a cumplir con los plazos contractuales. Estos plazos se<br />
enten<strong>de</strong>rán en días calendario. Si el contratista, por causas que le fueren imputables,<br />
incurriere en atrasos en los plazos parciales que se hubieren convenido, <strong>de</strong> manera<br />
que se tuviere indicios racionales que no cumplirá con el plazo general, el SANAA a<br />
través <strong>de</strong>l Supervisor <strong>de</strong>l Proyecto tomará las medidas oportunas, incluyendo el<br />
requerimiento para que dé solución a las causas que lo motivan, la imposición <strong>de</strong><br />
multas por incumplimiento <strong>de</strong> dichos plazos y las <strong>de</strong>más que se estimen necesarias <strong>de</strong><br />
acuerdo con la naturaleza <strong>de</strong>l proyecto; en último extremo, el SANAA podrá acordar<br />
la resolución <strong>de</strong>l contrato con ejecución <strong>de</strong> la Garantía <strong>de</strong> Cumplimiento <strong>de</strong> Contrato.<br />
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