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recomendación número:045/2003. quejoso: armando galindo garcía ...

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Como se advierte de la diligencia de 9 de septiembre<br />

del año en curso, (evidencia V) en la que el <strong>quejoso</strong> señala que<br />

no le han pagado los daños; esto es, han transcurrido más de 6<br />

meses (marzo a septiembre de 2003) sin que el <strong>quejoso</strong> reciba<br />

satisfacción a su pretensión justa y legal.<br />

Consecuentemente, al estar acreditada la violación a<br />

los derechos humanos de Armando Galindo García, en los<br />

términos expresados, es justo y legal que los Presidentes<br />

Municipal de Jonotla, Pue., y Auxiliar Municipal de Ecatlán,<br />

Jonotla, Puebla, implementen las medidas adecuadas, legales y<br />

justas para que a la brevedad reparen los daños ocasionados al<br />

<strong>quejoso</strong> en sus plantas de café, entregándole otras de igual<br />

calidad o se cubra el costo que se establezca en el mercado y<br />

restituya a Armando Galindo García la superficie de terreno de<br />

que fue privado o en su caso lo indemnice tomando como base el<br />

valor comercial actualizado del terreno en esa zona del Estado,<br />

habida cuenta que en términos de los artículos 1433, 1434, 1435<br />

y 1955 del Código Civil del Estado, los actos ilícitos de las<br />

autoridades en ejercicio de sus funciones son fuentes de<br />

obligaciones y consecuentemente se encuentran constreñidas a<br />

reparar los daños y prejuicios causados.<br />

Igualmente, es justo y necesario conminar al<br />

Presidente Auxiliar Municipal de Ecatlán, Pue., que en lo<br />

sucesivo sujete su proceder a los lineamientos establecidos por la<br />

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como<br />

de las leyes que de ella emanen y en lo sucesivo se abstenga de<br />

afectar la propiedad de sus gobernados sin observar las<br />

formalidades que la ley establece para el caso.<br />

Asimismo, resulta procedente recomendar al<br />

Presidente Municipal de Jonotla, Puebla, que cuando tenga<br />

conocimiento de conductas ilegales por parte de los Presidente<br />

Auxiliares Municipales de su municipio, intervenga con objeto de<br />

evitarlas y en su caso corregirlas a la brevedad conforme a la ley.<br />

Por lo antes expuesto, esta Comisión de Derechos<br />

Humanos del Estado se permite hacer a ustedes señores

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