BASES CONVOCATORIA EQUIPO DE COMPUTO - Fidena
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Si derivado de las evaluaciones económicas por partida se obtuviera un empate en el precio de dos o<br />
más proposiciones en una misma partida, la adjudicación se efectuará, en favor del “Licitante” que<br />
integre el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.<br />
En caso de que los “Licitantes”, no se encuentren en los supuestos en el párrafo que precede se<br />
realizará el procedimiento estipulado en el artículo 54 del “Reglamento”, a través del sorteo manual por<br />
insaculación.<br />
El “Fideicomiso” no contratará a intermediarios y contratará al “Licitante” que cuente con la<br />
infraestructura necesaria para la prestación de los servicios, conforme al Anexo “A”.<br />
11. Fallo de Adjudicación.<br />
Se llevará a cabo en el domicilio de la “Convocante” en la fecha y hora indicadas en el Programa de<br />
eventos numeral 3.7 o en caso de cambio, la nueva fecha se notificará por escrito a los “Licitantes”.<br />
Este evento lo presidirá el funcionario designado por la “Convocante”, quien será la única persona<br />
facultada para tomar todas las decisiones que resulten necesarias durante la realización del acto.<br />
De conformidad con el artículo 37 de la “LAASSP”, la “Convocante” emitirá el fallo correspondiente con<br />
base en el Dictamen Técnico correspondiente. Dicho fallo incluirá la relación de los “Licitantes”<br />
indicando los resultados obtenidos de las evaluaciones cualitativas-cuantitativas de las Propuestas<br />
Técnicas y Económicas así como las razones para admitirlas o desecharlas.<br />
Así mismo, se indicara en el acta del fallo el nombre del o los licitantes a quien se adjudica el contrato,<br />
indicando a su vez la o las partidas adjudicadas, los conceptos y montos asignados a cada licitante.<br />
Además, deberá indicarse en el fallo la fecha, lugar y hora para la firma del contrato correspondiente, la<br />
presentación de garantías, y en su caso, la entrega de anticipos.<br />
Se levantará el acta que servirá de constancia de la celebración del acto de fallo; el acta será firmada por<br />
los asistentes, a los cuales se les entregará copia de la misma firmando acuse de recibido de la misma; la<br />
falta de firma de algún “Licitante” no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha<br />
a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación en el tablero de avisos de la<br />
recepción del “Domicilio de la Convocante”.<br />
Asimismo, estará disponible en el sistema CompraNet en la dirección electrónica www.compranet.gob.mx<br />
y será responsabilidad de los “Licitantes”, el no recoger copia del acta del fallo, no consultarla en<br />
CompraNet o no verificarla en el tablero de avisos del “Fideicomiso”.<br />
12. “Procedimiento de Contratación” Desierto.<br />
La “Convocante” podrá declarar desierto el “Procedimiento de Contratación” cuando se presente<br />
cualquiera de los siguientes supuestos:<br />
a. Cuando ningún “Licitante” presente su propuesta dentro del plazo establecido en la<br />
“Convocatoria”.<br />
b. De la evaluación realizada por el “Fideicomiso” que los precios de las partidas no sean<br />
aceptables o convenientes si así los considera la “Convocante” en este ultimo caso conforme a<br />
lo previsto en los articulos 36 Bis, fracción II y 38 de la “LAASSP”.<br />
c. Ninguna de las propuestas presentadas reúna los requisitos establecidos en la<br />
“Convocatoria”.<br />
d. Ninguno de los precios propuestos por los “Licitantes” sean los adecuados para asegurar a la<br />
“Convocante” las mejores condiciones de contratación.<br />
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