16.10.2013 Views

REFORMA-NORMATIVA PARA EL CONTROL DE DOCENTES ...

REFORMA-NORMATIVA PARA EL CONTROL DE DOCENTES ...

REFORMA-NORMATIVA PARA EL CONTROL DE DOCENTES ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

como referencia el valor de la hora clase definida por la Institución para el<br />

docente horario.<br />

1.16. El docente debe asistir a las reuniones metodológicas y de coordinación,<br />

así como a las horas de consulta con los estudiantes, en caso de ausencia<br />

injustificada según el numeral 1.8, no le será remunerado el tiempo no<br />

laborado y para el cálculo de este monto se tomará como referencia el valor<br />

de la hora clase definida por la Institución para el docente horario.<br />

1.17. El Jefe de Departamento Docente, en cada reunión metodológica y de<br />

coordinación levantará acta indicando la asistencia, temas tratados,<br />

acuerdos alcanzados y firma de los participantes. El primer día hábil de<br />

cada mes remitirán las actas al Vice Decano con copia al Decano. El Vice<br />

Decano enviará a la División de Recursos Humanos con copia a la Vice<br />

Rectoría Académica, fotocopia de actas de las reuniones metodológicas y<br />

de coordinación de cada Departamento Docente de la Facultad, al siguiente<br />

día hábil de haberlas recibido.<br />

1.18. El Decanato debe establecer los mecanismos pertinentes para el control de<br />

las horas de consulta a los estudiantes. El Vice Decano debe reportar a la<br />

División de Recursos Humanos el consolidado del cumplimiento de los<br />

docentes, el primer día hábil de cada mes.<br />

1.19. El cambio de horario y de aula no autorizados se consideran ausencia<br />

injustificada y esas horas no serán remuneradas y para su cálculo, se<br />

tomará como referencia el valor de la hora clase definida por la Institución<br />

para el docente horario.<br />

1.20. E Vice Decano debe remitir a la División de Recursos Humanos con copia a<br />

la Vice Rectoría Académica, la programación de visitas y prácticas de<br />

campo, talleres y laboratorios.<br />

2. Aplicar la normativa para el control de la asistencia de los docentes a todos los<br />

que imparten docencia directa en las distintas modalidades de cursos que ofrece<br />

la Universidad Nacional de Ingeniería.<br />

3. Exceptuar de la normativa para el control de la asistencia de los docentes que<br />

imparten docencia directa en los Programas de Modalidades Especiales, el<br />

programa académico UNI-IES y las sedes regionales, los que se regirán por su<br />

propio sistema de control de asistencia.<br />

4. La presente normativa de control de asistencia de los docentes entrará en<br />

vigencia a partir de su aprobación por el Consejo Universitario de la Universidad<br />

Nacional de Ingeniería, sin menoscabo de su posterior publicación, en los medios<br />

internos de la Universidad y deroga la normativa de control asistencia de los<br />

docentes, aprobada por el Consejo Universitario en sesión extraordinaria 03-2008<br />

del 4 de Abril del año 2008.<br />

Dado en la ciudad de Managua a los cuatro días del mes de Septiembre del año<br />

dos mil ocho.<br />

5

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!