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Informe Save the Children

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EN LA VIOLENCIA DE GÉNERO NO HAY UNA SOLA VÍCTIMA<br />

expuestas a este tipo de violencia, y desarrollando las disposiciones previstas en la Ley<br />

3/2005, de 18 de Febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia:<br />

—Adoptar el principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes como<br />

principio inspirador básico de todas las actuaciones que guarden relación con ellos y<br />

ellas.<br />

—Obligada colaboración interinstitucional, a fin de facilitar la detección de<br />

situaciones de desprotección y lograr intervenciones más eficaces.<br />

Planificar e Intervenir, con todas las consecuencias derivadas del reconocimiento de<br />

que las niñas, niños y adolescentes que conviven con la violencia de género, están<br />

sufriendo sin excepción, maltrato psicológico.<br />

Recoger los datos e información de todas las niñas y los niños a cargo de mujeres<br />

víctimas de violencia de género.<br />

Reforzar programas y recursos específicos destinados a la atención de menores hijos<br />

e hijas de mujeres víctimas de violencia de género, adaptando espacios y dotando de<br />

lugares seguros de juego, ocio y estudio en los recursos y servicios.<br />

Contar, dentro del sistema de protección a la mujer víctima de violencia de género,<br />

con equipos especializados en infancia/adolescencia y en violencia de género.<br />

Gobierno Vasco, Administraciones Locales: Forales y municipales, ámbito<br />

judicial y todas las instituciones o recursos implicados en la atención a estos<br />

niños y niñas<br />

Adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de niños<br />

y niñas a ser escuchadas y participar en los procesos de toma de decisión que les<br />

afecten.<br />

Elaborar protocolos para detectar e identificar a las niñas y niños víctimas de la<br />

violencia de género en los diferentes ámbitos sociales para detectar e identificar<br />

a las niñas y niños víctimas de la violencia de género, en los diferentes ámbitos de<br />

intervención social, principalmente educación, sanidad y servicios sociales.<br />

Ahondar y desarrollar criterios de valoración mediante profesionales con<br />

especialización en infancia y adolescencia y violencia de género. Un punto de partida<br />

puede ser el análisis del instrumento BALORA 19 .<br />

Incluir indicadores específicos en el “SISTEMA DE INDICADORES para el<br />

Seguimiento de la realidad de la Infancia y la Adolescencia en la CAPV”, desarrollado<br />

19<br />

DECRETO 230/2011, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el instrumento para la valoración de la gravedad<br />

de las situaciones de riesgo en los servicios sociales municipales y territoriales de atención y protección a la infancia y<br />

adolescencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco<br />

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