29.10.2014 Views

CO - Puerto de Altamira

CO - Puerto de Altamira

CO - Puerto de Altamira

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

“ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE MATERIAL PARA<br />

VÍAS FÉRREAS”<br />

09176001-011-11<br />

Sólo se consi<strong>de</strong>rarán cumplidas las obligaciones contraídas por el PROVEEDOR en el presente contrato, hasta el<br />

momento en que se hayan recibido a satisfacción <strong>de</strong> la API, los BIENES a que se refiere la cláusula PRIMERA <strong>de</strong><br />

este contrato. En caso <strong>de</strong> que los BIENES no satisfagan las normas oficiales o especificaciones, la API estará<br />

facultada para <strong>de</strong>volverlos por cuenta y riesgo <strong>de</strong>l PROVEEDOR.<br />

La recepción <strong>de</strong> los BIENES, se realizará durante la vigencia <strong>de</strong>l presente instrumento y previa la verificación <strong>de</strong>l<br />

cumplimiento <strong>de</strong> los requisitos y plazos que para tales efectos se establecen en el Anexo 1 <strong>de</strong>l presente<br />

<strong>CO</strong>NTRATO y conforme a lo precisado por el PROVEEDOR en el Anexo 2.<br />

QUINTA. Forma <strong>de</strong> prestación <strong>de</strong> los SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a contar con el personal, equipo y<br />

recursos necesarios para la oportuna y satisfactoria calidad <strong>de</strong> los SERVICIOS por conducto <strong>de</strong> su personal<br />

especializado.<br />

La API recibirá y aceptará los BIENES si éstos cumplen con las marcas, especificaciones y características<br />

<strong>de</strong>talladas en los Anexos 1 y 2 <strong>de</strong>l presente contrato.<br />

La API se obliga a notificar al PROVEEDOR, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los 5 (cinco) días naturales siguientes a la fecha en que<br />

haya recibido los BIENES, cualquier falta <strong>de</strong> calidad o cantidad que tengan los mismos; asimismo, se obliga a<br />

notificar al PROVEEDOR, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los 30 (treinta) días naturales siguientes a la recepción <strong>de</strong> que se trata,<br />

cualquier vicio o <strong>de</strong>fecto oculto que tengan dichos BIENES.<br />

SEXTA. Vigencia. El presente contrato estará vigente a partir <strong>de</strong> la suscripción <strong>de</strong>l mismo y hasta el<br />

____________________.<br />

SÉPTIMA. Costo <strong>de</strong> los BIENES. Para los efectos <strong>de</strong>l presente contrato, el precio <strong>de</strong> los BIENES, se refiere<br />

exclusivamente al costo <strong>de</strong> los BIENES (material para vías férreas), sin que por los SERVICIOS se genere un costo<br />

adicional, y que serán sobre los BIENES que la API solicite al PROVEEDOR, los cuales estarán regidos <strong>de</strong> acuerdo<br />

con la <strong>de</strong>scripción <strong>de</strong> precios señalados en el Anexo 1, mismos que permanecerán fijos durante la vigencia <strong>de</strong>l<br />

presente contrato.<br />

La API pagará con motivo <strong>de</strong> los BIENES la cantidad <strong>de</strong> hasta $_____________ (_________________). Este<br />

precio será fijo y no estará sujeto a cambios durante la vigencia total <strong>de</strong>l presente contrato. Por lo que no<br />

existirá formula o mecanismo que sirva para ajustar el costo <strong>de</strong> los mismos.<br />

El importe <strong>de</strong> los SERVICIOS a que se refiere este contrato, incluye los pasajes o viáticos que el PROVEEDOR<br />

pudiera causar respecto al objeto <strong>de</strong> éste acuerdo <strong>de</strong> volunta<strong>de</strong>s.<br />

OCTAVA. Anticipo. Se otorgará un anticipo <strong>de</strong>l 20% <strong>de</strong>l total <strong>de</strong>l costo <strong>de</strong> los BIENES, es <strong>de</strong>cir el monto <strong>de</strong><br />

$________(Cantidad en letra), el cual se pagará <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los 10 días naturales posteriores al inicio <strong>de</strong> la<br />

vigencia <strong>de</strong>l presente contrato, previa entrega por parte <strong>de</strong>l PROVEEDOR <strong>de</strong> una fianza <strong>de</strong> anticipo, expedida<br />

por una institución <strong>de</strong> fianzas nacional legalmente autorizada con establecimiento general en el país, y a favor<br />

<strong>de</strong> la API (Administración Portuaria Integral <strong>de</strong> <strong>Altamira</strong>, S.A. <strong>de</strong> C.V.), por el total <strong>de</strong>l importe mencionado.<br />

La entrega y amortización <strong>de</strong>l referido anticipo, se sujetará a las siguientes reglas:<br />

Página 114 <strong>de</strong> 153

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!