05.11.2014 Views

ANEXOS No I Definiciones Generales No II ... - Fundación UNIDA

ANEXOS No I Definiciones Generales No II ... - Fundación UNIDA

ANEXOS No I Definiciones Generales No II ... - Fundación UNIDA

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Programa de Certificación Ambiental de Embarcaciones Turísticas<br />

en las Islas Galápagos, setiembre 2000<br />

DISPOSICION FINAL: Cualquier duda relativa a la interpretación o aplicación del presente<br />

reglamento será resuelto por un comité de control conformado por el Ministerio de Turismo o su<br />

delegado, un representante del Colegio Profesional de Guías de Turismo y un delegado de la<br />

Federación Nacional de Cámaras de Turismo<br />

GUIAS NATURALISTAS DEL PARQUE NACIONAL GALAPAGOS<br />

Art 36.- Los guías naturalistas del Parque Nacional Galápagos son personas naturales que<br />

sin ser funcionarios del INEFAN han asumido la responsabilidad de presentar sus<br />

servicios de conducción de visitantes al Parque para guiarlos con sus<br />

conocimientos de interpretación y conservación de sus recursos naturales.<br />

Art 37.- Los guías naturalistas tienen, de manera general, la responsabilidad de informar y<br />

educar al visitante respecto a la historia natural y a la conservación del Parque, y<br />

de asegurar que las acciones de los turistas a su cargo así como otros usuarios no<br />

contravengan las disposiciones legales establecidas en la Ley Forestal y de<br />

Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre y su reglamento; así como las<br />

disposiciones técnico – administrativas contenidas en el Plan de Manejo del<br />

Parque y en el presente Estatuto.<br />

Art 38.- Particularmente son funciones y obligaciones de los guías naturalistas las<br />

siguientes:<br />

a.- Brindar servicios de información e interpretación de los recursos del parque a los<br />

visitantes a su cargo;<br />

b.- Asumir el control de los visitantes a su cargo, y responder solidariamente por las<br />

acciones de éstos, que pudieran afectar el ecosistema del parque.<br />

c.- Cumplir y hacer cumplir las normas jurídicas y demás disposiciones técnico –<br />

administrativas que emita la Dirección del Parque, relativas a la preservación y<br />

conservación.<br />

d.- Cooperar en el patrullaje del Parque y de la reserva de Recursos Marinos de<br />

Galápagos para asegurar su conservación y el uso racional de sus recursos.<br />

e.- Cooperar en los sistemas de monitoreo de áreas del Parque y la Reserva de<br />

Recursos Marinos de Galápagos.<br />

f.- Presentar a la Jefatura de Turismo los informes requeridos en las disposiciones<br />

técnico-administrativas emitidas por la dirección del Parque.<br />

g.- Portar credenciales y vestir el uniforme de guía naturalista del Parque o de la<br />

empresa operadora a la que represente.<br />

Corporación de Conservación y Desarrollo CCD. 40

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!