La Naturaleza Colonizada.pdf - Programa Democracia y ...
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Lucrecia S. Wagner y Marcelo Giraud<br />
PRC es un proyecto de minería por disolución, que prevé extraer sales<br />
de potasio de un yacimiento ubicado a unos 1.200 m de profundidad.<br />
Si bien este yacimiento se localiza al sur de la provincia de Mendoza,<br />
en el departamento de Malargüe y cercano al río Colorado, el proyecto<br />
PRC –como puede observarse en la Imagen 1– afecta cinco provincias<br />
argentinas: Mendoza, Neuquén, Río Negro, <strong>La</strong> Pampa y Buenos Aires.<br />
En algunas de estas provincias se llevaron a cabo evaluaciones de impacto<br />
ambiental, como por ejemplo en Neuquén, donde se presentó el<br />
IIA del tramo del transporte de mineral que afectaría a dicha provincia,<br />
y en Buenos Aires, donde fue aprobado el IIA para las instalaciones<br />
portuarias.<br />
<strong>La</strong> evaluación de impacto ambiental en materia minera es compleja<br />
debido a la coexistencia de una Ley de Protección Ambiental<br />
Minera nacional incluida en el Código de Minería (24.585), una Ley<br />
General del Ambiente, de presupuestos mínimos de política ambiental<br />
(25.675), y varias leyes ambientales provinciales. Esta situación fue<br />
salvada en Mendoza a partir del Decreto 820/2006 22 , reglamentario de<br />
la Ley 5.961, Régimen Provincial sobre Preservación y Mejoramiento<br />
del Ambiente. Por otra parte, dicho Decreto establece que los proyectos<br />
mineros de explotación serán evaluados por una Comisión Evaluadora<br />
Interdisciplinaria Ambiental Minera (CEIAM) 23 , integrada entre<br />
otros miembros por el Consejo Provincial del Ambiente, órgano asesor<br />
de la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia, conformado<br />
por diversas organizaciones sociales “que tengan entre sus objetivos el<br />
estudio, la investigación y/o la preservación del ambiente y los recur-<br />
22 El Decreto 820/2006 fue creado para compatibilizar el procedimiento de impacto<br />
ambiental aplicado en la Provincia de Mendoza, y sujeto a las normas de presupuestos<br />
mínimos (Ley nacional 25.675), con las normas sancionadas por el Código de<br />
Minería de la Nación en el título complementario sobre la protección ambiental para<br />
la actividad minera (Ley 24.585).<br />
23 Para el proyecto PRC, la CEIAM estuvo conformada por: la Dirección General<br />
de Irrigación (DGI), la Municipalidad de Malargüe, el Centro Regional de Investigación<br />
y Desarrollo Cultural de la Municipalidad de Malargüe (CRIDC), el Instituto<br />
Nacional del Agua (INA), la Dirección de Recursos Naturales Renovables (DRNR), la<br />
Dirección de Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Urbano (DOADU), la Dirección<br />
Provincial de Vialidad (DPV), la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo), la Universidad<br />
Tecnológica Nacional (UTN) Facultad Regional Mendoza, el Centro Científico<br />
Tecnológico (CCT-Mendoza, ex CRICYT), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria<br />
(INTA), el Consejo Provincial del Ambiente (CPA), la Dirección de Patrimonio<br />
Histórico Cultural, la Dirección de Minería, la Dirección de Saneamiento y Control<br />
Ambiental (actual Dirección de Protección Ambiental) y específicamente su Área de<br />
Contaminación Atmosférica, la Dirección de Hidráulica y el Comité Interjurisdiccional<br />
del Río Colorado (COIRCO). El COIRCO está integrado por representantes de las<br />
cinco provincias argentinas que atraviesa el río Colorado: Mendoza, <strong>La</strong> Pampa, Río<br />
Negro, Buenos Aires y Neuquén.<br />
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