reglamento de régimen académico - Universidad Casa Grande
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IVERSIDAD<br />
RANDF<br />
Reglamento <strong>de</strong> Régimen Académico<br />
El puntaje mínimo para la aprobación final <strong>de</strong> una materia es <strong>de</strong> 7,5/10. En caso <strong>de</strong> que un<br />
estudiante obtenga un promedio final entre 7,45 y 7,49, se aproximará a la décima inmediata<br />
superior, esto es, 7,5 otorgándole el estatus <strong>de</strong> Aprobado.Obtener insuficiente en una materia<br />
significa que el estudiante la reprobó.<br />
Art. 37.- REQUISITOS DE APROBACIÓN.- In<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong>l número <strong>de</strong> evaluaciones que<br />
se hagan en cada materia durante el semestre, al final <strong>de</strong>l mismo habrá un examen o trabajo final<br />
que es obligatorio.<br />
El total <strong>de</strong> trabajos y pruebas realizadas durante el semestre equivalen al 70% <strong>de</strong> la nota final <strong>de</strong><br />
aprobación. El examen o trabajo final correspon<strong>de</strong> al 30% <strong>de</strong> dicha nota.<br />
Art. 38.- INASISTENCIA A EXAMEN FINAL.- Los estudiantes que por circunstancias <strong>de</strong>bidamente<br />
justificadas no se presentan a Examen Final, podrán dar el examen en fecha <strong>de</strong> examen <strong>de</strong><br />
recuperación bajo las condiciones habituales <strong>de</strong> calificación.<br />
Solamente el Decano, Sub<strong>de</strong>cano o Coordinador <strong>de</strong> Carrera pue<strong>de</strong> justificar una ausencia a<br />
examen, así como autorizar una nueva convocatoria, para lo cual dispone <strong>de</strong> 48 horas una vez que<br />
ha recibido la solicitud/justificación <strong>de</strong>l estudiante.<br />
Art. 39.- EXAMEN DE RECUPERACIÓN.- El Examen <strong>de</strong> Recuperación es una instancia para<br />
sustituir al examen final regular, no constituye una instancia para mejorar calificaciones.<br />
Para la instancia examen <strong>de</strong> recuperación, Secretaría General emitirá un Acta en la que constarán<br />
todos los estudiantes que <strong>de</strong>ben presentarse a Examen <strong>de</strong> Recuperación.<br />
Art. 40.-CONDICIONES PARA EXAMEN DE RECUPERACION.- Pasan a examen <strong>de</strong> recuperación<br />
los estudiantes que han obtenido nota insuficiente en el examen final o no se han presentado a ea<br />
instancia por motivos no susceptibles <strong>de</strong> justificación, siempre y cuando se ajusten a las<br />
condiciones <strong>de</strong> puntaje y/o asistencia, <strong>de</strong>scritas a continuación:<br />
1. Situaciones <strong>de</strong> bajo rendimiento <strong>académico</strong>. Tienen opción a presentar examen <strong>de</strong><br />
recuperación los estudiantes que acumulando un promedio mínimo <strong>de</strong> 7,5/10 (o 5,25<br />
pon<strong>de</strong>rado al 70%) previo al examen final regular.<br />
2. Situaciones <strong>de</strong> bajo nivel <strong>de</strong> asistencia. Podrán presentarse a examen <strong>de</strong> recuperación los<br />
estudiantes cuyo porcentaje <strong>de</strong> faltas no supere el máximo permitido por el <strong>reglamento</strong><br />
vigente (30%), y su promedio en la asignatura, acumulado previo al examen final, no sea<br />
inferior a 8/10 (5,6 pon<strong>de</strong>rado al 70%).<br />
En ningún caso, el estudiante que rinda un examen <strong>de</strong> recuperación <strong>de</strong> nivel satisfactorio, obtendrá<br />
como calificación máxima puntaje superior a 7,5/10 en dicho examen.<br />
Art. 41.- RECALIFICACIÓN.- Los estudiantes tienen <strong>de</strong>recho a solicitar la recalificación <strong>de</strong> una o<br />
más instancias evaluativas si no se encuentran conformes al respecto, estas solicitu<strong>de</strong>s <strong>de</strong>ben<br />
pasarse por escrito una vez sentada la nota en el semestre en el que se emitió la calificación.<br />
Aprobado por Consejo Universitario <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2012 Página 12