introducción - SecretarÃa de Relaciones Exteriores
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GUÍA DE PROTOCOLO<br />
Privilegios e Inmunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las<br />
Misiones Extranjeras acreditadas en México<br />
CAPÍTULO I<br />
Acreditación<br />
________________________________________________________________________________________<br />
La Misión acreditará ante la DGP en un plazo no mayor <strong>de</strong> 30 días <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> su arribo a<br />
territorio nacional, al empleado doméstico mediante Nota Verbal a la que acompañará los<br />
siguientes documentos:<br />
a) Formulario <strong>de</strong> acreditación A-1 firmado por el interesado y por el Jefe <strong>de</strong><br />
Misión (Anexo 1);<br />
b) Pasaporte <strong>de</strong>l interesado;<br />
c) Visa expedida por la SRE;<br />
d) Forma Migratoria Múltiple (FMM);<br />
e) Una fotografía reciente, tamaño pasaporte, a color (<strong>de</strong> estudio), fondo blanco,<br />
sin lentes y con la frente <strong>de</strong>scubierta (no escaneada);<br />
f) Un ejemplar <strong>de</strong> la firma <strong>de</strong>l empleado estampada al centro <strong>de</strong> una hoja blanca,<br />
con plumón negro y punto mediano.<br />
g) Adicionalmente, se solicita el envío <strong>de</strong> la firma escaneada, así como <strong>de</strong> la<br />
fotografía, ambos con una resolución mínima <strong>de</strong> 300 pixeles, grabadas en un<br />
disco compacto que le será <strong>de</strong>vuelto una vez realizada la acreditación.<br />
En ningún caso se aceptará el cambio <strong>de</strong> calidad migratoria <strong>de</strong>l personal doméstico ni el<br />
registro <strong>de</strong> personal que se encuentre en México como visitante. El empleado doméstico<br />
que <strong>de</strong>see cambiar su estatus migratorio <strong>de</strong>berá salir <strong>de</strong>l país y solicitar en visado<br />
ordinario que corresponda en la Representación mexicana <strong>de</strong> su preferencia, al tiempo<br />
que cumplirá con los requisitos que le señale el Instituto Nacional <strong>de</strong> Migración (INM).<br />
Los Jefes <strong>de</strong> Misión tendrán <strong>de</strong>recho a internar un máximo <strong>de</strong> dos empleados domésticos.<br />
En el caso <strong>de</strong> los funcionarios diplomáticos, consular, técnicos administrativos y <strong>de</strong> OI con<br />
se<strong>de</strong> o representación en México, tendrán <strong>de</strong>recho a internar a uno solo. No existe límite<br />
en la contratación <strong>de</strong> personal doméstico <strong>de</strong> nacionalidad mexicana.<br />
En virtud <strong>de</strong> que la Resi<strong>de</strong>ncia Oficial cuenta con necesida<strong>de</strong>s especiales, los empleados<br />
domésticos asignados a éstas, <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l término <strong>de</strong> comisión <strong>de</strong>l Jefe <strong>de</strong> Misión, podrán<br />
ser transferidos a su sucesor. Esto proce<strong>de</strong>rá única y exclusivamente en una ocasión<br />
solamente en el caso <strong>de</strong>l Jefe <strong>de</strong> Misión, y con previa autorización <strong>de</strong> la Dirección General<br />
<strong>de</strong> Protocolo.<br />
Cuando el agente diplomático, funcionario consular, técnico administrativo y <strong>de</strong> O.I.<br />
termine su comisión, tendrá la responsabilidad <strong>de</strong> enviar a la DGP, en un período<br />
razonable previo a su salida, el pasaporte para la cancelación <strong>de</strong> la visa, la tarjeta <strong>de</strong><br />
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