BONOS ORDINARIOS FIDEICOMISO CONCESIÃN AUTOPISTA ...
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Contactos<br />
Andrea Ramírez Velandia<br />
aramirez@brc.com.co<br />
Valerie McCormick Salcedo<br />
vcormick@brc.com.co<br />
(571) 236 2500 – 623 4260<br />
Octubre 2005<br />
<strong>BONOS</strong> <strong>ORDINARIOS</strong> <strong>FIDEICOMISO</strong> CONCESIÓN <strong>AUTOPISTA</strong><br />
BOGOTÁ-GIRARDOT S. A.<br />
Calificación Inicial<br />
BRC INVESTOR SERVICES S.A. MONTO EMISIÓN CALIFICACIÓN<br />
Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión<br />
Monto: 150.000.000.00,oo AAA (Triple A)<br />
Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
La información contenida en este documento se basa en el modelo de proyección financiera suministrado por la sociedad Concesionaria Concesión<br />
Autopista Bogotá-Girardot S.A. en fecha 7 de octubre y las tensiones a que fue sometido por parte de BRC Investor Services S. A., el estudio del contrato<br />
de Concesión (incluidos los Otrosís 1 al 9) suscrito entre el Instituto Nacional de Concesiones y la sociedad Concesión Autopista Bogotá-Girardot, el acta de<br />
Junta Directiva No. 17 de la sociedad Concesionaria, el contrato de Fiducia (incluidos los Otrosís 1 al 2) y el prospecto preliminar de colocación (incluido el<br />
Adendo 1) y el Concepto Jurídico que sobre la estructura elaboró la firma de abogados ARENAS ANGEL & ASOCIADOS<br />
CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS<br />
Títulos:<br />
Bonos Ordinarios a la Orden<br />
Emisor:<br />
Fideicomiso No. 3-4-1318 Concesión Autopista Bogotá-Girardot S.A<br />
Monto total emisión:<br />
$150.000.000.000,oo<br />
Series:<br />
Serie única a 10 años contados a partir de la fecha de emisión<br />
Tasa cupón: IPC + 5% T. V.<br />
Periodicidad de pago de intereses: Trimestre vencido<br />
Fecha de vencimiento:<br />
10 años a partir de la fecha de emisión<br />
Administrador:<br />
Depósito Centralizado de Valores<br />
Compañía Fiduciaria: Fiduciaria de Occidente S. A.<br />
Agente colocador: Interbolsa S. A.<br />
Agente estructurador: Estructuras en Finanzas S. A.<br />
La fuente de pago de la emisión está constituida por los<br />
recursos administrados por la Fiduciaria de Occidente S. A.<br />
de acuerdo con el contrato de concesión No. GG-040-2004<br />
suscrito entre el Instituto Nacional de Concesiones (en<br />
adelante (INCO) y la sociedad Concesión Autopista Bogotá-<br />
Girardot S. A. (en adelante el Concesionario) y el Contrato<br />
de Fiducia mercantil irrevocable No. 3-4-1318 celebrado<br />
entre el Concesionario y la Fiduciaria de Occidente.<br />
Los recursos administrados por la fiduciaria son: (i.) los<br />
aportes de capital del Concesionario al proyecto vial “Bosa-<br />
Granada-Girardot”, los cuales deben corresponder, al<br />
menos, al monto señalado en el contrato de concesión, (ii.)<br />
los recursos de deuda necesarios para el desarrollo del<br />
Proyecto Vial “Bosa-Granada-Girardot”, los cuales deben<br />
corresponder, al menos, al monto señalado en el contrato<br />
de concesión, (iii.) los ingresos por peaje de las Estaciones<br />
Chusacá y Chinauta, cedidas al Concesionario, de acuerdo<br />
al contrato de concesión, (iv.) los recursos provenientes de<br />
los pagos del INCO, los cuales deben corresponder al<br />
monto señalado en el contrato de concesión, (v.) los<br />
recursos provenientes de las compensaciones derivadas del<br />
Soporte por Reducción de Ingresos y Devaluación, del<br />
Soporte Geológico y de la Compensación Tarifaria, en los<br />
términos del contrato de concesión, (vi.) los derechos<br />
económicos derivados del contrato de concesión, (vii.)<br />
todos los demás recursos que se aporten al Proyecto Vial<br />
“Bosa-Granada-Girardot”, con independencia de su fuente,<br />
(viii.) los recursos adicionales proveídos por el<br />
Concesionario, en el evento en que los recursos<br />
administrados resulten insuficientes para atender las<br />
obligaciones del Fideicomiso y (ix.) los rendimientos<br />
generados por el manejo financiero de los recursos<br />
administrados.
Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
El 100% de los recursos captados a través de la colocación<br />
de los presentes bonos se destinarán para la financiación<br />
de los estudios y diseños definitivos, la construcción de las<br />
obras y el mantenimiento y la operación del proyecto vial<br />
Bosa-Granada-Girardot durante la etapa de construcción.<br />
FUNDAMENTOS DE LA CALIFICACIÓN<br />
La calificación Triple A (AAA) en grado de inversión<br />
otorgada a los Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión<br />
Autopista Bogotá-Girardot S. A. indica que la capacidad de<br />
repagar oportunamente capital e intereses es sumamente<br />
alta.<br />
La metodología utilizada para asignar la calificación<br />
consistió en el estudio del activo fuente de pago de la<br />
emisión (el Proyecto Vial Bosa-Granada-Girardot) y todos<br />
los aspectos que lo rodean en aras de determinar su<br />
sostenibilidad.<br />
De otro lado se llevó a cabo la evaluación de la estructura<br />
operativa y financiera que soporta la presente emisión así<br />
como de su coexistencia con otros mecanismos de<br />
financiación; la calificación supone la colocación de los<br />
bonos en forma anterior al desembolso de los créditos<br />
bancarios 1 , de manera que su amortización no suponga<br />
una subordinación secuencial al resto de las obligaciones<br />
financieras.<br />
Finalmente, el análisis contempla el estudio del marco<br />
legal que regula la operación y delimita las obligaciones y<br />
responsabilidades de las partes, a la vez que procure por<br />
su sincronización óptima para lograr el adecuado desarrollo<br />
del Proyecto y la seguridad de cada una de ellas.<br />
El estudio y evaluación de cada uno de los aspectos antes<br />
expuestos así como la aplicación de escenarios de tensión 2 ,<br />
evidencian la solidez de las garantías presentadas por el<br />
Proyecto, la efectiva coexistencia y complementación de<br />
cada uno de los pilares dentro de la estructura y la<br />
existencia de fortalezas comerciales, financieras y<br />
operativas que permiten pensar que la probabilidad de un<br />
repago oportuno es sumamente alta.<br />
Para empezar, el activo fuente de pago de la emisión lo<br />
constituye el Proyecto Vial Bosa-Granada-Girardot (en<br />
adelante el Proyecto), que por sus características<br />
particulares constituye uno de los proyectos de<br />
infraestructura más importantes para el país.<br />
1 Salvo el desembolso inicial del Crédito Sindicado<br />
2 Los escenarios de tensión para evaluar las coberturas de la estructura frente a<br />
cambios en el Tráfico Promedio Diario, consistieron en la aplicación de la más<br />
severa tasa de decrecimiento de tráfico experimentada por las carretera en el<br />
período 1992-2005<br />
El proyecto forma parte del corredor vial Bogotá-<br />
Buenaventura y se encuentra localizado en los<br />
departamentos de Cundinamarca y Tolima y cuenta con<br />
una longitud aproximada de 125 kilómetros. El objeto del<br />
Proyecto es la construcción de una segunda calzada que<br />
inicia en la intersección del Muña, al sur de Bogotá, y<br />
terminará en El Paso donde inicia la variante de Girardot.<br />
Por las condiciones físicas de la vía el Proyecto incluye la<br />
construcción de un Túnel (Túnel de Sumapaz), que en<br />
doble carril servirá el tráfico en el sentido Girardot-Bogotá 3 .<br />
De la misma forma, resultado de las necesidades de las<br />
comunidades adyacentes al Proyecto y de frente a la<br />
inexistencia de recursos estatales para solventarlas, el 20<br />
de septiembre del 2005 fue firmado el Otrosí número 8 al<br />
Contrato de concesión según el cual las obras necesarias<br />
para satisfacer dichas necesidades 4 , fueron anexadas al<br />
Proyecto para ser desarrolladas por el mismo<br />
Concesionario.<br />
Por su localización geográfica, el Proyecto es uno de los<br />
más importantes planes de infraestructura: localizado en el<br />
llamado “triángulo de oro de la economía”, la carretera<br />
hace parte de uno de los más importantes corredores<br />
viales que comunican el centro del país (incluyendo<br />
Bogotá) con sus puertos marítimos, soportando el<br />
intercambio de productos entre regiones y convirtiéndose<br />
en una de las principales entradas y salidas de productos<br />
del exterior al centro del país y viceversa.<br />
Así mismo, el trayecto cubierto por la carretera es uno de<br />
los más importantes tramos del país en materia turística. El<br />
flujo de tráfico registrado por la carretera no sólo es uno<br />
de los más altos de Colombia, sino que su comportamiento,<br />
incluso en épocas de crisis como las observadas a finales<br />
de los 90’s y principios de la década del 2000, es uno de<br />
los más estables.<br />
En efecto, mientras el Tráfico Promedio Diario (en adelante<br />
TPD) de carreteras con más cortos períodos de operación<br />
presenta coeficientes de volatilidad que oscilan entre<br />
43,5% y 10,9%, la vía Bogotá-Girardot (con el mayor<br />
número de años) presenta una de las volatilidades más<br />
bajas (7,6%), lo que se traduce en una alta estabilidad de<br />
la cantidad de vehículos que transitan por la vía y se deriva<br />
de factores tales como la diversidad de tipo de tráfico, la<br />
3 Prospecto preliminar de de emisión y colocación<br />
4 (a) Posible conflicto de tráfico en el límite entre la Concesión y las obras<br />
adelantadas por el IDU en el tramo que actualmente se construye de<br />
TRANSMILENIO hasta Bosa. (b) Se considera necesario dar continuidad entre<br />
los trayectos Bogotá-El Paso y San Rafael-Ibagué. (c) Llevar a los anchos<br />
previstos en la ley 105 (10,90 metros de ancho de calzada incluyendo bermas)<br />
para el sector El Paso-Puente sobre el río Bogotá.<br />
La calificación de riesgo de BRC INVESTOR SERVICES S.A. - Sociedad Calificadora de Valores - es una opinión técnica y en ningún<br />
momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada; la información contenida en<br />
esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello no asumimos responsabilidad por errores,<br />
omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.<br />
2
Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
importancia geográfica y estratégica de la vía y alta<br />
demanda por la carretera (Tabla 1).<br />
Tabla 1. Comparación coeficiente de variación de<br />
Tráfico Promedio Diario (TPD) Bogotá-<br />
Girardot vs. Otras concesiones<br />
observados en 1999-2002, el recaudo por peajes alcanzó<br />
tasas de crecimiento positivas debido al incremento<br />
presentado por las tarifas, que compensó la disminución de<br />
la demanda por la carretera producto de la situación de<br />
orden público que para aquel entonces afrontaba la<br />
mayoría de rutas del país (Gráfica 1).<br />
Gráfica 1. Evolución TPD vs. Recaudo. Peajes de<br />
Chinauta y Chusacá<br />
Fuente: INVIAS<br />
Cálculos y Gráfico: BRC Investor Services S.A.<br />
La presencia de diferentes tipos de tráfico en la carretera 5<br />
conjugado con una vía alternativa que presenta<br />
restricciones en materia de tránsito de tráfico pesado, da<br />
como resultado que para este tipo de vehículos la vía Bosa-<br />
Granada-Girardot constituya la única ruta por la cual<br />
transitar y por tanto, no tenga otras sustitutas. De la<br />
misma forma, la diversidad de tipo de tráfico suaviza la<br />
estacionalidad del TPD brindándole estables niveles de<br />
recaudo a lo largo del año.<br />
La actual calificación pondera de manera importante el<br />
positivo comportamiento histórico del TPD registrado por la<br />
carretera, así como los potenciales resultados positivos que<br />
la expansión de la carretera traerá. Cabe resaltar que<br />
incluso en escenarios de crecimiento del TPD por debajo<br />
del promedio histórico experimentado, esto es, asumiendo<br />
que los beneficios de la expansión y sus efectos sobre la<br />
demanda por la carretera son nulos 6 , el Fideicomiso<br />
conserva su capacidad de cumplir con la totalidad de sus<br />
obligaciones.<br />
De acuerdo con estadísticas del INVIAS, incluso en<br />
períodos de mayor disminución de TPD como los<br />
5 Promedio del TPD (1992-2005).Tráfico Pesado (9,3%), vehículos<br />
particulares (67,1%) y de transporte público (23,5%). Fuente Invías<br />
6 Un útil indicador para medir la demanda por carreteras en un país es el<br />
crecimiento de las ventas de vehículos, el cual experimentó una tasa positiva<br />
del 22% en el año 2004, cabe anotar sin embargo, que esta tasa representa la<br />
tasa de recuperación de venta de vehículos y por tanto no es garantía real de un<br />
efectivo aumento de tráfico<br />
Fuente: INVIAS<br />
Cálculos y Gráficos: BRC Investor Services S.A.<br />
El riesgo por disminución de ingresos encuentra como uno<br />
de sus mitigantes los potenciales beneficios que el Proyecto<br />
presenta y con los cuales, se esperaría un aumento en la<br />
demanda de la carretera, dichos beneficios son:<br />
“Disminución en tiempos de viaje para los usuarios,<br />
reducción en los costos de operación vehicular para los<br />
usuarios, reducción de los costos de transporte por las<br />
mejores condiciones de la vía, logrando mayor<br />
competitividad para el transporte doméstico y de<br />
exportación, mejoramiento en las condiciones de operación<br />
al segregar los flujos, reducción del riesgo de accidentes<br />
por la implementación de la doble calzada e intersecciones<br />
a desnivel, mejora del nivel de servicio a los usuarios de la<br />
vía, menores riesgos para el Estado, como consecuencia<br />
del tipo de contrato por ser una concesión de tercera<br />
generación, generación de empleo, especialmente para la<br />
población asentada sobre el área de influencia inmediata y<br />
poblaciones aledañas” 7 .<br />
Otro elemento importante que caracteriza el Proyecto y<br />
que aporta de manera importante para su autofinanciación<br />
es que la carretera Bogotá-Girardot cuenta con recursos<br />
líquidos por su uso (peajes) cedidos al Concesionario<br />
incluso desde la etapa de Preconstrucción 8 , lo cual es<br />
posible debido a la naturaleza del proyecto, es decir, la<br />
expansión de una carretera ya existente y en<br />
7 Prospecto preliminar de emisión y colocación<br />
8 En general los proyectos de infraestructura bajo el esquema de Concesión se<br />
caracterizan por pasar por tres etapas: I. Preconstrucción, II. Construcción y III:<br />
Operación y mantenimiento, luego de la cual y una vez alcanzado el Ingreso<br />
Esperado, el proyecto es devuelto al contratante<br />
La calificación de riesgo de BRC INVESTOR SERVICES S.A. - Sociedad Calificadora de Valores - es una opinión técnica y en ningún<br />
momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada; la información contenida en<br />
esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello no asumimos responsabilidad por errores,<br />
omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.<br />
3
Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
funcionamiento. En este sentido, ya que el 35% de las<br />
obras de expansión se llevarían a cabo a una distancia<br />
prudente del trayecto actual (11 metros, ver Tabla 2), no<br />
se esperan mayores efectos negativos sobre el tráfico<br />
actual de la carretera y por tanto, incluso en la etapa de<br />
Construcción el Proyecto percibiría recursos provenientes<br />
de peajes, tal y como lo hizo en la etapa de<br />
Preconstrucción.<br />
Tabla 2. Distancia de las obras de construcción de la<br />
vía actual<br />
Tamaño del Longitud en la vía % obras<br />
separador<br />
11 metros 42 Kms.* 35,0%<br />
4 metros 55 Kms. 45,8%<br />
2 metros 5 Kms. 4,2%<br />
1 metro 18 Kms. 15,0%<br />
* Incluye trayectos sobre los cuales se llevarán a cabo obras de rehabilitación y<br />
mantenimiento únicamente (Tramos 1, 2, 3 y 11).<br />
Fuente: Concesión Bogotá-Girardot<br />
El segundo pilar evaluado lo constituye la Estructura de la<br />
emisión, el cual es consecuente con la situación del país,<br />
en dónde el apoyo estatal, por motivos de déficit fiscal, es<br />
restringido y por tanto, el capital inicial requerido para el<br />
Proyecto proviene en su mayoría de inversionistas privados<br />
y donde el cubrimiento de sus costos de construcción y<br />
mantenimiento provienen del Proyecto mismo, toda vez<br />
que habría mayor disposición del público para pagar tarifas<br />
más altas por el uso de la vía.<br />
El Proyecto se encuentra enmarcado dentro de las<br />
denominadas “concesiones de Tercera Generación”,<br />
característica que desde el principio le imprime fortalezas<br />
desde el punto de vista de asignación de riesgos y<br />
previsión financiera, de los cuales las concesiones de<br />
“Primera y Segunda Generación” carecen.<br />
Si bien las concesiones de Primera y Segunda generación<br />
cuentan con la participación de contratistas y<br />
Concesionarios en cuanto a capital aportado, una de las<br />
principales fortalezas de la presente estructura, lo<br />
constituye el hecho que tanto contratista como<br />
Concesionario, comparten riesgos, situación que conduce a<br />
un mayor compromiso de las partes frente al Proyecto y a<br />
una mejor posición financiera del mismo. Mientras que las<br />
concesiones de primera generación contaban con garantías<br />
de la Nación tanto de ingreso mínimo como de sobrecostos<br />
de construcción, la cuales no contaban con un mecanismo<br />
que asegurara su liquidez, a partir de las concesiones de<br />
segunda generación, se contempla el concepto de plazo<br />
variable de acuerdo con el cual, “la concesión revierte a la<br />
Nación en el momento que se obtenga el “ingreso<br />
esperado”, solicitado por el concesionario en su propuesta<br />
licitatoria” 9 . Este concepto constituye un incentivo para el<br />
9 Documento CONPES 3045<br />
Concesionario, toda vez que su TIR será mayor en la<br />
medida en que se agilice la terminación del Proyecto.<br />
De otra parte, los mecanismos de soporte de liquidez<br />
provenientes de la Nación, se encuentran soportados por<br />
recursos previamente depositados en el Fondo de<br />
Contingencias del Estado, los cuales son considerados<br />
como servicios de deuda pública en el Presupuesto de la<br />
Nación y con lo cual, se subsanan los inconvenientes de<br />
orden presupuestario que enfrentaron las concesiones de<br />
primera generación.<br />
Otros aspectos relevantes que diferencian una generación<br />
de la otra son: (i.) la adquisición de los predios requeridos<br />
deja de ser responsabilidad exclusiva del Estado para ser<br />
una gestión compartida en donde el Concesionario es<br />
totalmente responsable salvo los casos en que expropiación<br />
estatal sea requerida; (ii.) mientras que antes los diseños y<br />
los sobrecostos derivados de estos eran asumidos por el<br />
Estado, ahora esta responsabilidad es del Concesionario;<br />
(iii.) mientras que antes la tarifas se modificaban a partir<br />
de ajustes reales, ahora se harán sujetos al IPC, aspecto<br />
que se transformaría en una debilidad si los niveles de<br />
tráfico no son suficientes para alcanzar el ingreso<br />
esperado. Finalmente, a pesar de que en las generaciones<br />
anteriores como en esta, los aportes de recursos tanto del<br />
Concesionario como del Estado, eran de carácter<br />
obligatorio para cada una de las partes, ahora se cuenta<br />
con mecanismos vinculantes que aseguran la efectiva<br />
existencia de dichos aportes y por tanto su liquidez.<br />
El marco conceptual en que se desarrolla el Proyecto, se<br />
traduce en una estructura robusta y que contempla la<br />
existencia de varias fuentes de recursos, cuyo objetivo<br />
primordial es la exitosa realización del proyecto y la<br />
mitigación de varios de los riesgos que dicho objetivo<br />
podría afrontar.<br />
En este orden de ideas, la estructura contempla la<br />
existencia de soportes de liquidez con destinación<br />
específica proporcionados por el Estado cuyo objetivo es<br />
“ofrecer a los financiadores mayor certidumbre sobre el<br />
servicio de la deuda durante el período de mayor estrechez<br />
del flujo de caja libre del proyecto” 10 . El proyecto cuenta<br />
con tres soportes de liquidez, cada uno por un monto<br />
determinado y para cubrir un riesgo específico, cuyos<br />
recursos son depositados en el Fondo de Contingencias de<br />
las Entidades Estatales, administrado por la Fiduciaria La<br />
Previsora en cuentas separadas para cada entidad<br />
aportante y estas a su vez, divididas en subcuentas por<br />
cada contrato que cuente con Plan de Aportes 11 .<br />
10 Documento CONPES 3107<br />
11 Decreto 423 de 2001. Arts. 36 y 37<br />
La calificación de riesgo de BRC INVESTOR SERVICES S.A. - Sociedad Calificadora de Valores - es una opinión técnica y en ningún<br />
momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada; la información contenida en<br />
esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello no asumimos responsabilidad por errores,<br />
omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.<br />
4
Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
La calificación asignada considera como una fortaleza la<br />
existencia del Soporte Parcial por Reducción de ingresos y<br />
devaluación. Si bien el contrato de concesión establece que<br />
el Concesionario asumirá el riesgo derivado de las<br />
reducción de ingreso y de las devaluaciones reales del peso<br />
durante la etapa de construcción, también establece que el<br />
INCO deberá proporcionar, durante los primeros nueve<br />
períodos semestrales contados desde el inicio de la etapa<br />
de construcción en el caso del Soporte Parcial por<br />
Reducción de ingresos y doce períodos semestrales en el<br />
caso de Soporte Parcial por Reducción de devaluación, un<br />
soporte que cubra dichos riesgos de manera que cualquier<br />
desbalance respecto a los ingresos requeridos para cubrir<br />
eficientemente las obligaciones del Fideicomiso, sean<br />
compensados. Los recursos que la dirección general de<br />
Crédito Público autorizó al INCO para provisionar dicho<br />
soporte ascienden a $ 20.667 millones.<br />
Uno de los principales riesgos asociados con los proyectos<br />
de infraestructura lo constituye la eventual existencia de<br />
sobrecostos de construcción, especialmente en aquellos<br />
tramos de mayor complejidad; en el caso particular de la<br />
presente concesión, este riesgo se encuentra localizado en<br />
la construcción de un Túnel unidireccional de 4,15<br />
kilómetros de longitud. El contrato de concesión establece<br />
la mitigación de este riesgo por medio de la existencia de<br />
un Soporte por Riesgo Geológico, cuyos recursos<br />
provendrán del INCO y serán utilizados para cubrir costos<br />
superiores al 110% del valor técnico del Túnel<br />
contemplado contractualmente y que se originen por<br />
causas diferentes a errores de diseño o construcción<br />
atribuibles al Concesionario, caso en el cual será éste el<br />
responsable de aquellos.<br />
Respecto al Soporte por Riesgo Geológico, la calificadora<br />
considera que éste es suficiente para cubrir los desfases<br />
que por costo de obra pudieran presentarse, situación que<br />
se encuentra respaldada por el hecho que el riesgo se<br />
encuentra compartido con el contratista. En efecto, el<br />
contrato de concesión estipula que en lo referente al Túnel<br />
de Sumapáz, el Concesionario será responsable por<br />
cantidades de obras adicionales que superen en 10% al<br />
valor técnico considerado contractualmente y que de existir<br />
mayores cantidades de obras por encima de este<br />
porcentaje, su costo será asumido por el INCO con cargo al<br />
Soporte Geológico y de no ser suficiente se recurrirá a la<br />
subcuenta de excedentes; toda vez que esta subcuenta<br />
tampoco cuente con los recursos suficientes se recurrirá a<br />
recursos de Presupuesto del INCO.<br />
La obligatoriedad del aporte de capital al proyecto por<br />
parte de los socios, la cual es condición fundamental para<br />
obtener un aporte adicional del INCO correspondiente a<br />
vigencias futuras otorgadas por el CONFIS para este<br />
proyecto, constituye una fortaleza adicional que refuerza la<br />
autofinanciación del proyecto 12 . El análisis de este<br />
mecanismo tuvo en cuenta el estudio de la efectiva<br />
capacidad financiera de los socios para llevar a cabo los<br />
aportes de capital requeridos, toda vez que los aportes del<br />
INCO se encuentran condicionados a los primeros.<br />
Los socios que conforman la sociedad Concesión Autopista<br />
Bogotá-Girardot, presentan amplia experiencia en el<br />
negocio de la construcción de infraestructura y aportan<br />
recursos líquidos y respaldo financiero al Proyecto. En<br />
efecto, la composición accionaria se halla compuesta por<br />
las firmas Álvarez y Collins (25%), Vergel y Castellanos<br />
(25%), Alejandro Char Chajub (25%), MNV (12,5%) y Gas<br />
Kpital (12,5%), todas ellas acreditaron para la licitación,<br />
experiencia de diferentes tipos de proyectos que incluyen<br />
proyectos de concesiones, construcción de vías nuevas así<br />
como también mantenimiento y rehabilitación de vías<br />
existentes al igual que la construcción de viviendas,<br />
pasando por infraestructura para servicios públicos, sedes<br />
deportivas y centros comerciales.<br />
Todos los constructores dentro del proyecto, son socios<br />
dentro del mismo; de esta forma, sus actuales resultados<br />
financieros y los ingresos potenciales que por este proyecto<br />
esperan recibir, les brinda una capacidad financiera<br />
suficientemente robusta, por lo cual se esperaría un<br />
adecuado cumplimiento de sus obligaciones dentro del<br />
contrato de concesión, incluyendo los aportes de capital<br />
requeridos, asegurando por tanto, los demás recursos<br />
financieros que de ello depende.<br />
Esta condición se ve reforzada si se tiene en cuenta los<br />
estrictos criterios en que se en enmarcan el pago del<br />
crédito subordinado 13 y la distribución de dividendos. En<br />
efecto, en el caso del crédito subordinado el pago de<br />
intereses se llevará a cabo cuando se haya cancelado el<br />
85% del la deuda financiera (Emisión de bonos y Crédito<br />
Sindicado) y cuando el valor presente del Flujo de Caja<br />
Libre sobre el saldo de la deuda financiera sea superior a<br />
1,7 veces; por su parte, su capital será cancelado una vez<br />
se haya amortizado el 100% de la deuda financiera. Por<br />
otra parte, la distribución de dividendos tendrá lugar<br />
siempre y cuando se cumplan las condiciones necesarias<br />
para el pago de intereses del crédito subordinado.<br />
El Otrosí 8 es claro en estipular que el “Concesionario se<br />
compromete para con el INCO a financiar la totalidad de<br />
las obras adicionales descritas en dicho documento, con<br />
recursos distintos a los ya adquiridos y garantizados con<br />
anterioridad a su suscripción”, de esta forma, los ingresos<br />
12 Antes de la suscripción del acta de inicio de la etapa de construcción, el 25<br />
de agosto del 2005, el aporte de capital por parte de los socios ascendía a<br />
$ 15.300 millones, lo necesario para acceder al primer desembolso del INCO<br />
13 Recursos adicionales al Equity aportados por los accionistas al proyecto en<br />
forma de Crédito<br />
La calificación de riesgo de BRC INVESTOR SERVICES S.A. - Sociedad Calificadora de Valores - es una opinión técnica y en ningún<br />
momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada; la información contenida en<br />
esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello no asumimos responsabilidad por errores,<br />
omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.<br />
5
Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
que respaldan obras diferentes a las adicionales y su<br />
financiamiento, no podrán tener una destinación diferente<br />
a la originalmente pactada.<br />
En este orden ideas, ya que la cantidad disponible de<br />
recursos provenientes del sistema financiero para la<br />
totalidad del Proyecto se encuentra previamente pactada<br />
(crédito sindicado), la estructura cuenta como mecanismo<br />
de provisión del Equity con los Descuentos de Actas de<br />
Obra durante la etapa de construcción, cuyo porcentaje<br />
asciende a 47,5%, de manera que los recursos recaudados<br />
por esta vía, se destinen a los aportes contractuales de<br />
Equity y el crédito subordinado.<br />
Los resultados del escenario de tensión planteado por BRC<br />
permiten concluir que las coberturas sobre el servicio de la<br />
deuda de los bonos ordinarios se encuentran en niveles<br />
satisfactorios, sin embargo, la existencia de las obras<br />
adicionales planteadas en el otrosí 8 conlleva mayores<br />
presiones en términos de flexibilidad financiera de los<br />
accionistas que, vía la remuneración de la construcción,<br />
pueden ser solventadas eficientemente impactando de<br />
manera mínima el Proyecto.<br />
Otro de los principales riesgos que enfrentan proyectos<br />
como el actual, lo constituye el relacionado con la<br />
adquisición de predios necesarios para llevar a cabo la<br />
construcción que a su vez contempla: la disponibilidad de<br />
recursos para llevar a cabo dicha adquisición, así como el<br />
cambio de su precio en el tiempo y la operatividad<br />
necesaria para llevarla a cabo. Estos riesgos se encuentran<br />
mitigados por la actual estructura y se convierten en otro<br />
fundamento para la calificación otorgada.<br />
En efecto, la estructura obliga al Concesionario a aportar el<br />
85% de los peajes recaudados durante los primeros ocho<br />
meses de la etapa de preconstrucción y depositarlos en la<br />
subcuenta predios, del fideicomiso conformado para la<br />
Administración de los recursos asociados con el Proyecto<br />
(en adelante el Fideicomiso), hasta alcanzar una suma<br />
específica con la cual se espera cubrir todos los gastos y<br />
costos de adquisición de predios, cabe reasaltar que estos<br />
recursos ya se encuentran totalmente provisionados. Ahora<br />
bien, si esta suma no fuera suficiente, el Concesionario<br />
deberá aportar recursos adicionales hasta por $ 10.513,6<br />
millones de pesos aproximadamente y de seguir existiendo<br />
insuficiencia de recursos, será el INCO el responsable por<br />
la diferencia.<br />
De esta forma, la estructura contempla efectivos<br />
mecanismos de mitigación del riesgo económico en cuanto<br />
a la adquisición de predios se refiere. Cabe anotar, que los<br />
recursos requeridos actualmente se encuentran totalmente<br />
provisionados en la subcuenta predios.<br />
En cuanto a los riesgos operativos relacionados con la<br />
adquisición de predios, el contrato de concesión deja esta<br />
responsabilidad en manos del Concesionario quien a su vez<br />
ha subcontratado a tres firmas especializadas, con amplia y<br />
demostrada experiencia en negocios inmobiliarios para<br />
llevar a cabo esta tarea. La concesión cuenta también con<br />
un detallado plan de compra de predios acorde con los<br />
tramos a construir, de manera que estos sean adquiridos<br />
con suficiente antelación al inicio de las obras. Cabe<br />
resaltar que lo anterior no excluye la posibilidad de una<br />
intervención estatal, si medidas de expropiación fueran<br />
requeridas.<br />
Aunque la calificación asignada contempla las fortalezas<br />
descritas anteriormente en cuanto a la administración en la<br />
adquisición de predios, no desconoce que este aspecto,<br />
constituye una potencial amenaza para los proyectos de<br />
infraestructura, incluyendo el presente Proyecto, tal y como<br />
en el pasado se evidenció en proyectos similares en el<br />
resto del país.<br />
Finalmente, es necesario decir que se espera que el<br />
Proyecto tenga un importante y positivo impacto social en<br />
las comunidades le rodean y contribuya al mejoramiento de<br />
los ingresos de la región, de manera que problemas de<br />
inconformidad social sean mitigados.<br />
Así las cosas, los recursos que financiarían el proyecto<br />
provendrán de diferentes fuentes, siendo los peajes de la<br />
carretera los más importantes. De la misma forma, el uso<br />
de los recursos provenientes de la vía, serán destinados en<br />
su mayoría a los gastos operacionales, de construcción y<br />
servicio de la deuda (Tabla 3).<br />
Tabla 3. Fuentes y Usos del Proyecto durantes las<br />
etapas de Preconstrucción y Construcción<br />
Fuente: Ingeniería Financiera Concesión Autopista Bogotá-Girardot<br />
Estructuras en Finanzas<br />
Gráficos: BRC Investor Services S.A.<br />
Mientras que la participación del Estado y los accionistas<br />
dentro del Proyecto, a través del aporte de recursos,<br />
constituye una fortaleza para su autofinanciación y solidez<br />
financiera, el hecho que ante un incumplimiento del<br />
Concesionario en la entrega a satisfacción de las obras y en<br />
los plazos para ello previsto el INCO pueda retener un<br />
porcentaje de los recaudos, constituye un importante<br />
mecanismo coercitivo que refuerza el efectivo compromiso<br />
del Concesionario frente al Proyecto.<br />
La calificación de riesgo de BRC INVESTOR SERVICES S.A. - Sociedad Calificadora de Valores - es una opinión técnica y en ningún<br />
momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada; la información contenida en<br />
esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello no asumimos responsabilidad por errores,<br />
omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.<br />
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Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
Aunque la manera como se encuentra estructurada la<br />
provisión para la cobertura de los más importantes costos y<br />
gastos del proyecto (inversión en activos fijos<br />
operacionales, inversión en gastos operacionales y servicio<br />
de deuda) se traduce en otra cualidad del mismo debido al<br />
aislamiento de dichos rubros en fondos con destinación<br />
específica manejados por la Fiduciaria, se considera que el<br />
tiempo previsto para completar el total aprovisionamiento<br />
de los recursos que soportan el pago de los bonos es<br />
reducido; sin embargo, esta situación es compensada por<br />
las coberturas que durante todas las etapas del proyecto<br />
(incluyendo construcción) y en escenarios de tensión,<br />
alcanza la caja disponible sobre el servicio de toda la deuda<br />
financiera, incluyendo los bonos.<br />
En efecto, el contrato de concesión señala la existencia de<br />
la Subcuenta Principal, constituida por los ingresos del<br />
Fideicomiso, una vez descontados los gastos descritos<br />
anteriormente y otras Subcuentas contempladas en el<br />
contrato de concesión. La Subcuenta Principal a su vez se<br />
divide en cuatro fondos los cuales serán provisionados en<br />
el orden y en los tiempos estipulados en el contrato de<br />
Fiducia. Mientras los dos primeros fondos, están destinados<br />
a fondear los gastos que en inversión en activos fijos<br />
operacionales e inversión en gastos operacionales incurra<br />
el Proyecto, el tercer fondo es el de reserva para el pago<br />
del servicio de la deuda, esto es, la deuda conseguida a<br />
través del mercado de capitales y la obtenida a través del<br />
mercado financiero, acreencias que son pari passu.<br />
De acuerdo con el contrato de concesión, el Proyecto<br />
cuenta como fuente alterna de recursos financieros la<br />
consecución de créditos provenientes del sistema financiero<br />
(en adelante Crédito Sindicado) y/o del mercado de<br />
capitales (la presente emisión). De la misma forma, el<br />
contrato contempla la existencia del Fondo de Reserva para<br />
pago de intereses y capital, que obliga a la Fiduciaria a<br />
provisionar los recursos requeridos para el pago de<br />
intereses y capital de ambas obligaciones, a prorrata de<br />
estos, sin que con ello se cree algún tipo de subordinación<br />
entre los acreedores 14 .<br />
La provisión del Fondo de Reserva se hará de manera tal<br />
que, en el caso del crédito sindicado, los recursos se<br />
encuentren provisionados “con un mes de antelación a la<br />
fecha de pago” y que, en el caso de la emisión de Bonos,<br />
se cuente con los recursos para el pago de intereses con<br />
un mes de antelación y se empiece a provisionar el capital<br />
con 24 meses de anticipación. De esta forma, se cuenta<br />
14 Para mitigar la potencial existencia de la subordinación de la presente<br />
emisión al pago de otras obligaciones financieras, excluyendo el desembolso<br />
inicial estipulado en el Contrato de Concesión, la calificación actualmente<br />
asignada se basa en el supuesto que su colocación será anterior al desembolso<br />
de los créditos bancarios, sin considerar el desembolso inicial mencionado<br />
anteriormente.<br />
con la totalidad de los recursos necesarios para realizar el<br />
pago un mes antes de la fecha estipulada y obliga al<br />
Concesionario a aportar los recursos faltantes si llegado el<br />
plazo, los fondos no se encuentran en los niveles<br />
estipulados.<br />
La Subcuenta Principal también contempla la existencia del<br />
Fondo de Excedentes donde se depositarán los recursos<br />
remanentes de esta Subcuenta. Durante la etapa de<br />
Operación y Mantenimiento estos recursos se destinarán a<br />
alimentar los demás fondos que constituyen la Subcuenta<br />
principal, una vez ellos se encuentren completos y los<br />
indicadores de gestión se encuentren en los niveles<br />
estipulados 15 , los recursos remanentes se podrán utilizar<br />
para prepagar las deudas con acreedores, pagar el crédito<br />
subordinado o distribuir excedentes en forma de<br />
dividendos.<br />
De manera que se asegure la solvencia y la flexibilidad de<br />
la caja del Concesionario, este se compromete a cumplir<br />
con los mencionados indicadores de gestión, establecidos<br />
en el reglamento de emisión de los bonos, so pena de<br />
incurrir en causal de redención anticipada,.<br />
El último pilar que fundamenta la calificación asignada lo<br />
constituye la estructura legal que sustenta, reglamenta y<br />
regula la operación. Su estudio y análisis tuvo en cuenta el<br />
concepto jurídico que sobre el Proyecto emitió la firma de<br />
abogados Arenas Ángel y Asociados.<br />
15 1. Endeudamiento de largo plazo: No contratar y/o garantizar, durante la<br />
ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN y la ETAPA DE<br />
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, endeudamiento de largo plazo distinto<br />
del correspondiente a los <strong>BONOS</strong>, al crédito sindicado instrumentado a través<br />
del REGLAMENTO DE CRÉDITO SINDICADO, y al crédito de proveedores;<br />
que tenga como resultado que la deuda de largo plazo (superior a un año) sea<br />
mayor a DOSCIENTOS SETENTA MIL MILLONES DE PESOS<br />
COLOMBIANOS ($270.000’000.000,oo).<br />
2.FLUJO DE CAJA LIBRE más la CAJA INICIAL sobre el SERVICIO DE<br />
LA DEUDA anual superior a 1,2 veces, calculados trimestralmente con el<br />
promedio móvil de los últimos 12 meses.<br />
3.Mantener, durante la vigencia de los <strong>BONOS</strong>, un nivel de endeudamiento<br />
financiero de corto plazo (inferior a un año) inferior a DIEZ MIL MILLONES<br />
DE PESOS COLOMBIANOS ($10.000’000.000,oo).<br />
4.(Aportes de capital realizado por los accionistas (Equity) + PRÉSTAMO<br />
SUBORDINADO) / (Saldo del PASIVO FINANCIERO + Equity +<br />
PRÉSTAMO SUBORDINADO) >= 0,4.<br />
5.Los costos de operación se deben ajustar al presupuesto incluido en el<br />
INSTRUCTIVO PARA EL MANEJO DEL OPEX, sin que la relación Costos<br />
de Operación / Ingresos de PEAJES supere el 20%, calculada semestralmente<br />
con el promedio móvil de los últimos 12 meses.<br />
Se entenderá por Costos de Operación para los efectos de esta relación la<br />
sumatoria de los costos que se relacionan a continuación:<br />
• Recolectores de Peaje<br />
• Jefes de Peaje<br />
• Conductores<br />
• Supervisores<br />
• Cánones de leasing<br />
• Mantenimiento rutinario y mayor<br />
Y como Ingresos de peajes, los recibidos por el Concesionario derivados del<br />
pago de los peajes definidos en el contrato de concesión.<br />
La calificación de riesgo de BRC INVESTOR SERVICES S.A. - Sociedad Calificadora de Valores - es una opinión técnica y en ningún<br />
momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada; la información contenida en<br />
esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello no asumimos responsabilidad por errores,<br />
omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.<br />
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Bonos Ordinarios Fideicomiso Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
El principal riesgo de la estructura lo constituye el hecho<br />
que la garantía adicional de las obligaciones del<br />
Fideicomiso recae exclusivamente sobre la capacidad<br />
financiera del Concesionario para suministrar recursos<br />
cuando los generados por el Fidecomiso fueran<br />
insuficientes para cumplir con sus obligaciones. Toda vez<br />
que el principal riesgo identificado corresponde a la<br />
responsabilidad del Concesionario acerca de las<br />
obligaciones del Fideicomiso cuando los recursos<br />
administrados no sean suficientes para cumplir con sus<br />
obligaciones, se analizaron los factores que llevarían a que<br />
dicha situación acaeciera.<br />
En primer lugar y como se mencionó anteriormente, el<br />
activo que sustenta la estructura, específicamente el<br />
historial del comportamiento de los peajes, permite deducir<br />
que el riesgo por disminución de ingresos se encuentra<br />
mitigado, no sólo por las características propias de la<br />
carretera, sino también por los soportes de Liquidez que<br />
compensarían esta eventualidad. Ahora bien, la existencia<br />
del Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales, en<br />
donde de depositan los recursos pertenecientes al Plan de<br />
Aportes aprobado por la Dirección General de Crédito<br />
Público y del cual hacen parte los soportes y por tanto, son<br />
considerados como servicio de deuda pública en el<br />
Presupuesto de la Nación, asegura la existencia y<br />
disponibilidad de dichos recursos y por tanto, mitiga el<br />
riesgo de insolvencia del Fideicomiso por disminución de<br />
ingresos.<br />
Finalmente, la estructura legal contempla que ante una<br />
eventual caducidad del contrato por razones atribuibles al<br />
Concesionario, los acreedores podrán poner a<br />
consideración del INCO el nombre de un nuevo<br />
concesionario a quien le será entregado El Proyecto y por<br />
ende, continuará su ejecución asumiendo las mismas<br />
obligaciones y prestando las mismas garantías otorgadas<br />
por el Concesionario, incluyendo la Garantía de<br />
Cumplimiento.<br />
Por último, cabe anotar que como es usual en procesos<br />
como este, su éxito dependerá de la acertada coordinación<br />
de las partes que intervienen en la misma y de que cada<br />
una de ellas cumpla cabalmente las obligaciones y<br />
responsabilidades que le son asignadas a través del<br />
contrato de fiducia y prospecto de colocación.<br />
En el evento en que el Concesionario deba cumplir con las<br />
obligaciones a cargo del Fideicomiso, “no existe una<br />
garantía adicional que permita deducir que el<br />
Concesionario posee los recursos faltantes y en tal medida,<br />
que habrá respaldo para los pagos que por concepto de<br />
capital o de intereses deban hacerse a los tenedores de<br />
bonos” 16 . Con respecto a ello vale la pena anotar que el<br />
riesgo se ve mitigado toda vez que la evidencia financiera y<br />
los flujos futuros esperados del presente proyecto, incluso<br />
en escenarios de tensión, permiten pensar que los<br />
accionistas del Concesionario contarán con recursos<br />
suficientes para cumplir con sus obligaciones dentro del<br />
contrato de concesión el cual se caracteriza por ser<br />
legítimo, legal y vinculante.<br />
De esta forma, este mismo argumento sustenta la<br />
capacidad del Concesionario de realizar los aportes de<br />
Equity requeridos por el contrato de concesión y por tanto,<br />
hacer acreedor al Proyecto, de los aportes del INCO que se<br />
encuentran sujetos a su realización y de su capacidad para<br />
completar los fondos de servicio de deuda, ante una<br />
eventual redención anticipada de la emisión.<br />
16 Opinión Legal sobre la Emisión de Bonos ordinarios a cargo del<br />
Fideicomiso No. 3-4-1318 Concesión Autopista Bogotá-Girardot S. A.<br />
Elaborado por la firma de abogados Arenas Ángel & Asociados<br />
La calificación de riesgo de BRC INVESTOR SERVICES S.A. - Sociedad Calificadora de Valores - es una opinión técnica y en ningún<br />
momento pretende ser una recomendación para comprar, vender o mantener una inversión determinada; la información contenida en<br />
esta publicación ha sido obtenida de fuentes que se presumen confiables y precisas; por ello no asumimos responsabilidad por errores,<br />
omisiones o por resultados derivados del uso de esta información.<br />
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