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CONTRATO DE COMPRAVENTA I NTERNACIONAL<br />

No. 508071 /12<br />

DE UNA PARTE: MlWintermed H + C GmbH de nacionalidad alemana, con domicilio legal en<br />

August-Borsig-Ring 1, D-15566 Shdneiche bei Berlin, Alemania, teldfono: + 49 30 42L58604, fax:+<br />

49 30 42158603, Email: info@mlw-intermed.com, representada en este acto por el Sr. Michael<br />

Heyder en su car6cter de Representante que en lo adelante se denominarf EL VEI\DEDOR.<br />

Representacidn Comercial en Cuba: Jardines de 5 ta Avenida, apto 3I el II2 y I14, Miramar,<br />

Ciudad de La Habana, teldfono: 204 5109, fax: 204 5102, email: mlwintermed@enet.cu Licencia de<br />

Climara de Comercio No.- 1000 expedida con fecha L3.03.2002<br />

DE OTRA PARTE: La Empresa Ejecutora de Donativos (EMED), con domicilio legal en calle 24 No. 11L<br />

entre lra. Y 3ra. Miramar, La Habana, Cuba, que a los efectos de este Contrato recibird el nombre de<br />

COMPRADOR, representado por la tng. Miriam Montes Casaffas y el lng. Enrique Prado Herndndez,<br />

que ocupan el cargo de Especialista Comercial y Director UEB Proyectos de la misma, seg0n acreditan<br />

con las Resoluciones No. 5 y 6 del afto 2011 respectivamente.<br />

Las partes, a travrSs de sus representantes reconocen sus respectivas personalidades, las cuales<br />

acreditan mediante la exhibici6n de sus documentos constitutivos convienen en formalizar el<br />

presente Contrato bajo los tdrrninos y condiciones siguientes.<br />

1. OBJETO DEt CONTRATO<br />

1.1 El VENDEDOR conviene en vender al COMPRADOR, y este en comprar a aquel, bajo los<br />

t€rminos -y<br />

condiciones gue se establecen en las cl6usulas y Anexos que adjuntos a este<br />

Contrato forman parte integrante del mismo, suministros de EQUIPOS DE IABORATORIO, en las<br />

cantidades, a los precios, especificaciones t6cnicas, calidad y otras particularidades que se<br />

indiquen en dichos anexos, para el Proyecto " Programa de Cooperaci6n Universitaria<br />

Institucional " de la Universidad Central de Las Villas financiado por las Universidades<br />

Flamencas.<br />

e. TERMTNO DE ENTREGA<br />

2.L Los suministros serdn entregados por el VENDEDOR en condiciones de compra ClP,<br />

Aeropuerto de La Habana bajo los t6rminos de los TNCOTERMS 2000, en un plazo de 90 dias<br />

contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato.<br />

2.2<br />

2.3<br />

2.4<br />

2.5<br />

Aeropuerto de embarque: Aeropuerto Berlin, Alemania.<br />

Aeropuerto de destino: Aeropuerto "Josd Marti, La Habana.<br />

Embarques parciales: No se permiten.<br />

No se permite realizartrasbordos ni escalas de los suministros objeto del presente Contrato<br />

en aeropuertos bajo la jurisdicci6n de los Estados Unidos<br />

. Asi debe quedar<br />

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3. OBI.IGACIONES DE tAS PARTES<br />

3.1 EL VENDEDOR queda obligado a:<br />

3.1.1. Entregar los suministros a que se refiere el presente Contrqto y su Anexo, en las fechas y las<br />

condiciones de entrega establecidas en el mismo.<br />

3.1.2. Responder por las garantias tecnol6gicas que se establecen en el presente Contrato y sus<br />

Anexos.<br />

3.1.3.E| VENDEDOR pagard al COMPRADOR el total de los gastos que se originen motivado por el<br />

incumplimiento de la entrega de la documentaci6n de embarque como son Guia A6rea,<br />

Factura comercial y Lista de empaque, as[ como errores en la documentaci6n si ello origina<br />

gastos para el COMPRADOR.<br />

3.2 EL COMPRADOR queda obligado a:<br />

3.2.L Pagar al VENDEDOR por los suministros recibidos, en los t6rminos y condiciones previstas en<br />

el presente Contrato.<br />

4. VALOR DEL CONTRATO, CONDTCTONES Y FORMA DE PAGO<br />

4.L El valor de los suministros objeto del presente Contrato en las condiciones de compraventa<br />

pactadas, incluyendo sus envases, embalajes y marcas asciende a la suma de: Euros 15.391,L0<br />

( Euros Diecis6is miltrescientos noventa y uno 10 / 100 )<br />

)<br />

4.2 El pago de los suministros amparados en este Contrato se efectuard en EUROS por el<br />

financista del Proyecto, mediante transferencia bancaria al Vendedor: <strong>MLW</strong> intermed<br />

H+c GmbH en el Banco: con direcci6n: Aletauderplatz 2,<br />

D.10178 Berliq, Alemania a la cuenta No: 660 700 4820 BLZ 100 500 00, BIC.code:<br />

BELADEBEXXX,IBAN: DE69 1005 0000 6607 0048 20<br />

4.2.1Un $OYo, por el valor de la factura de cada embarque a la presentacion de los<br />

documentos indicados en ac6pite 4.3.<br />

4.2.2Un 207o, por el valor restante de la factura de cada embarque, mediante Acta de<br />

Conformidad de la recepci6n en buen estado de los pi<br />

nunca posterior a los<br />

r,SQ 1d1eq Sp {e JSg$-E, qp;oada en la G u ia 46 rea.<br />

Pdgina 2 ile 17


4.3 EIVENDEDOR presentard los siguientes documentos:<br />

4.3.7 Guia adrea: en original y dos copias, "No perrnitidos transbordos ni escalas en territorio de los<br />

Estados Unidos de Amdrica o que se encuentren bajo su jurisdicci6n", consignado al<br />

COMPRADOR fechado a mds tardar en las fechas mdxima de embarque segrin el aciipite 2.1<br />

del presente Contrato, evidenciando embarque desde Aeropuerto Berlfn hasta el lugar de<br />

destino en aeropuerto de La Habana, Cuba.<br />

4.3.2 Factura comercial en cuatro (4) ejemplares debidamente firmadas y acufiadas, detallando:<br />

,<br />

n(mero de contrato, numero de la factura, fecha de emisi6n de la misma, descripci6n de las<br />

mercanclas embarcadas, sus cantidades y sus precios unitarios e irnportes totales en la<br />

moneda del contrato, evidenciando por separado el costo del flete y la prima de seguro, asi<br />

como la condici6n de compra segin contrato, el importe total CIP del embarque e indicando<br />

ademds el aeropuerto de origen de la mercancia.<br />

4.3.3 Lista de empaque o relaci6n de mercancla embarcadas en cuadruplicado indicando numero<br />

de la factura a que corresponde, n(mero de cada bulto, descripci6n y cahtidad de mercancias<br />

contenidos en cada bulto, cantidad total de bultos; asi como las dimensiones y los pesos netos<br />

y brutos de cada bulto y totales.<br />

4.3.4 CeJtificaCo..de orieen emitido por EL VENDEDOR o entidad oficial facultada para tales efectos<br />

(original).<br />

4'3'5 Certificado de calidad de las mercancias emitido por EL VENDEDOR en correspondencia con<br />

la Declaraci6n de Conformidad de acuerdo con NC: ISO: IEC 17050.<br />

4.3.6 orieinal del Certificado de la p6liza de sesuro contra todo riesgo por el LIO% delvalor Clp de<br />

las mercancias objeto del presente contrato con Cobertura A, cubriendo todos los riesgos,<br />

incluidos riesgos de guerra y huelga, hasta su entrega en el primer almac6n detCOMpRADOR<br />

en destino mostrando como beneficiario al COMPRADOR.<br />

Condiciones de Transportaci6n<br />

5.'1 Para la transportaci6n de las mercancfas, EL VENDEDOR deberd utilizar los servicios<br />

de la linea adrea disponible en el momento del embarque, en base a las tarifas cotizadas<br />

por dicha entidad y segfn las coordinaciones establecidas previamente entre EL<br />

COMPRADOR y EL VENDEDOR,<br />

5.2 EL VENDEDOR notificarii por escrito a EL COMPRADOR la disponibilidad de la carga<br />

en el avi6n con un tiempo de antelaci6n no menor de 1 dia hdbit antes de su embarque,<br />

ademdsrrincluird.,"los."datos referentes al peso<br />

kilogramos, embalaje<br />

utili-za.{o:y cgntidad de mercancia a embarcar.<br />

fuK)<br />

Pdgina 3 ile 17


SEGURO<br />

6.1<br />

6.2<br />

6.3<br />

EIVENDEDOB contratard por cuenta propia nombrando como beneficiario a EMED una<br />

p6tiza de seguro marftimo con la entidad aseguradora: BVAG Berliner Versicherung<br />

AG sobre el valor CIP de las mercanclas mas el lOTo debi6ndose incluir las siguientes<br />

cobeduras segdn el lnstituto de Aseguradores de Londrei:<br />

Cobertura A todo riesgo, cobertura de Guerra y Cobertura de Huelga.<br />

Se prohibe la concertaci6n del seguro a las mercancias con entidades aseguradoras de<br />

los Estados Unidos de Am6rica o de territorios bajo su jurisdicci6n y/o administraci6n.<br />

La duraci6n del seguro se iniciard desde que las mercancfas son entregadas al<br />

transportista en eJ aeropuerto de origen, continuando todo el trrinsito, incluyendo<br />

trasbordo si los hubiera y terminard a la entrega de las mercancias en el primer<br />

almac6n del COMPRADOR.<br />

DOCUMENTACION<br />

7.L<br />

EIVENDEDOR, a su cuenta, envia16 la documentaci6n t6cnica correspondiente a los suministros<br />

relacionados en el Anexo 1 que sean necesarios para su posterior uso, asf como cat6logos y<br />

cualesquiera otros medios de estudio o informativo que sean necesarios y posibiliten la mejor<br />

presentaci6n de dichas mercancias y faciliten su Sgil manipulaci6n por parte del cliente final.<br />

7.2<br />

La documentaci6n t6cnica ser6 en idioma espahol y /o ingles entregada en el domicilio<br />

del COMPRADOR.<br />

ENVASE; EMBAIAJE Y MARCAS<br />

8.1<br />

Las mercancias objeto de este Contrato serdn envasadas de la manera que a<br />

continuaci6n se especifica:<br />

F Tipo y forma de envase: Caja de cart6n y caja de poliuretano para los suministros.<br />

F Tipo y protecci6n del embalaje: Pallet, retractitado y flejado.<br />

8.2 Todos los envases y embalajes tales como cajas, pal , etc.de madera no<br />

manufacturada asi como su tipo y material de<br />

ser declarados<br />

expfeqqmellte en la Guia a6rea de cada<br />

pade del<br />

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8.3 Todos los envases y embalajes tales como cajas, pallets, huacales, etc, de madera no<br />

manufacturada estdn obligados a cumplir la NORMA INTERNACIONAL DE MEDIDA<br />

FITOSANITARIA No. 15 (NIMF N0.15), de acuerdo con la Resoluci6n 50/2008 del<br />

Ministerio de la Agricultura de la Repriblica de Cuba, por lo que los mismos deberdn<br />

estar marcados con las siglas seglin eltratamiento que se les realice .<br />

8.4<br />

El VENDEDOR se obliga a proveer a sus expensasel.envase y embalaje de las<br />

mercancias, garantizando en todo caso su seguridad e integridad durante eltransporte<br />

a6reo y terrestre, tiempo de travesfa, condiciones climatol6gicas y tiempo de<br />

almacenamiento de hasta 12 (doce) meses en los almacenes del COMPRADOR en la<br />

Rep0blica de Cuba, El VENDEDOR entregard al COMPRADOR las lnstrucciones de<br />

almacenamiento donde se establecen los procedimientos a seguir para su adecuada<br />

conseruaci6n.<br />

8.5<br />

El VENDEDOR se responsabilizard sobre cualquier p6rdida, dafio o disminuci6n de la<br />

calidad por un acondicionamiento defectuoso, embalaje o marcas deficientes, asi como<br />

de la no-advefiencia en los documentos de embarque de los cuidados que deban<br />

tomarse con [a mercancla.<br />

8.6<br />

El VENDEDOR se obliga a fijar en el exterior de cada envase un sobre impermeable<br />

contentivo de una lista indicativa de los suministros incluidos en dicho envase y la<br />

documentaci6n t6cnica correspondiente; catdlogos, ilustraciones, descripciones,<br />

dibujos, especificaciones, planos, diseffos, manuales etc. redactados en idioma espaffol<br />

e ingl6s de forma que a$egure el uso normal de los mismos.<br />

8.7<br />

El VENDEDOR se obliga a marcar los suministros en idioma espaffol o ingt6s con las<br />

que a continuaci6n se detallan, dibujadas con pintura indeleble en la pafie superior<br />

frontal y lateral izquierdo de sus envases y para el caso de suministros no envasados<br />

en etiquetas, sellos o ldminas de hojalatas adheridos unidos a los mismos en forma<br />

segura:<br />

r' EMEDIPROYECTO: " VLIR".<br />

r' No. de Contrato: 608071 /12<br />

r' No. De bulto / No<br />

r' Dimensiones en metros<br />

/ Volumen en metros cribicos<br />

r' Peso Neto y Bruto en Kg<br />

Pdgina 5 de 17<br />

!LF! lJ I i;.:..


8.8<br />

Si los suministros fuesen almacenados o manipulados en condiciones especiales. EI<br />

VENDEDOR deberd incluir o acompafrar las instrucciones pertinentes.<br />

CATIDAD<br />

9.1<br />

El VENDEDOR se obliga a entregar los suministros objeto de este Contrato conforme a las<br />

normas o especificaciones tdcnicas, caracteristicas de calidad, modelos y particularidades que<br />

se estipulardn con el anexo al rnismo, respondiendo al efecto por la construcci6n, materiales y<br />

manufacturas empleados en la fabricaci6n de las mismas, asi como de su correcto<br />

funcionamiento.<br />

9,2<br />

9.3<br />

El VENDEDOR entregard al COMPRADOR el Certificado de Calidad de las mercancias, emitido<br />

por la f6brica productora. El Certificado de Calidad contendrd ademds de los datos de las<br />

caracteristicas t6cnicas y especificas que usualmente incluyen, la identificaci6n de las normas y<br />

condiciones t6cnicas bajo cuyas regulaciones se ha fabricado la mercancfa, las cuales cumplirdn<br />

con lo establecido en el Sistema de Calidad tSO 9001. Estas Normas T6cnicas de fabricaci6n<br />

deber6n estar en total correspondencia con las Normas y condiciones tdcnicas de fabricaci6n<br />

para mercancias destinadas a la exportaci6n o con las normas que indicare el COMPRADOR,<br />

que dentro de las especificaciones t6cnicas delAnexo No.1 debieren de cumplir las rnercancias<br />

incluso sus tolerancias de fabricaci6n.<br />

El VENDEDOR es responsable por los defectos de calidad de las piezas asi como por los daffos y<br />

alteraciones que estos sufrieren por su negligencia, aun despu6s de traspasados sus riesgos y la<br />

propiedad del COMPRADOR.<br />

10 INSPECCI6N, PRUEBA YACEPTACI6ru OE tos SUMINISTROS<br />

10.1 El VENDEDOR, se obliga a inspeccionar y comprobar los suministros con anterioridad a su<br />

embarque, acreditando al COMPRADOR, la inspecci6n y pruebas realizadas con expresi6n de<br />

sus resultados. Asimismo el COMPRADOR tendr6 acceso a cualquier documentaci6n, informe<br />

de inspecci6n realizado en su caso por el VENDEDOR o su representante durante la fabricaci6n<br />

de los suministros y sus pruebas.<br />

10.2 El COMPRADOR se reserva el derecho de inspeccionar y rechazar- por si o mediante su agente<br />

designado, la entidad S.l.S. CUBACONTROL, S.A., los suministros antes de su embarque, a cuyo<br />

efecto Et VENDEDOR se obliga a facilitar al lnspector de EL COMPRADOR la inspecci6n en las<br />

fdbricas donde los suministros son producidos y/o en los almacenes donde son depositados. A<br />

tal efecto EL VENDEDOR se obliga a comunicar a EL COMPRADOR la oportunidad para realizar<br />

la inspecci6n El COMPRADOR se reserva el derecho de i<br />

rechazar - por si o<br />

Ll'iii-';u--'''.. , mediante su agente de los suministros avisdndole con tr<br />

ci6n el inicio<br />

y/o a aquel en que se encuentren<br />

participaci6n<br />

tu)<br />

1 ii::l. ti<br />

o'<br />

Ptigina 6 de 17


del lnspector de EL COMPRADOR en la inspecci6n y comprobaci6n de los suministros, no libera<br />

a EL VENDEDOR de sus responsabilidades por los mismos.<br />

11 GARANTIA<br />

11.1 El VENDEDOR garantiza al COMPRADOR los suministros pbjeto de este contrato por un<br />

periodo de 12 meses a partir de la entrega pero no mds tarde de 18 meses de la fecha de<br />

despacho de fdbrica, lo que ocurra primero. Esta garantla se aplica contra defectos de<br />

fabricaci6n.<br />

11.2 Si los suministros resultaran total o parcialmente defectuosas durante el periodo de garantia, el<br />

VENDEDOR a opci6n del COMPRADOR y sin costo adicional para 6ste, viene obligado a<br />

rembolsar el importe de lo pagado por ellos o a sustituirlos o repararlos.<br />

11.3 Cuando el VENDEDOR rehusare cumplir su obligaci6n o no procediere con la debida diligencia<br />

despu6s de habdrsele asi solicitado, el COMPMDOR tendrd el derecho a efectuar tas<br />

reparaciones necesarias por cuenta y riesgo de aquel. EL COMPRADOR puede reclamar al<br />

VENDEDOR por los vicios que aparezcan en el periodo de garantia hasta treinta (30) dias<br />

naturales despuds de vencido el mismo.<br />

11.4 Las piezas de repuesto o las renovadas quedan garantizadas en los mismos t€rminos y<br />

condiciones que los suministros originales y por un nuevo periodo igual al previsto para 6stas (Si<br />

procediera). Esta disposici6n no se aplicard a aquellas otras piezas de los suministros que no<br />

resulten defectuosos para los cuales el periodo de garantia se prorroga solamente por el<br />

tiempo en que los suministros hayan estado inmovilizados como consecuencia del defecto<br />

descubierto.<br />

11.5 El VENDEDOR garantiza al COMPRADOR que los suministros son nuevos, sin uso anterior y que<br />

cumplen con la calidad, integridad, durabilidad, capacidad y pardmetros operacionales,<br />

garantiza la cantidad de los suministros, la calidad de las materias primas empleadas en su<br />

fabricaci6n asi como la exacta correspondencia de las capacidades y pardmetros seg6n las<br />

especificaciones t6cnicas establecidas en el presente contrato.<br />

11.6 El VENDEDOR prorrogard por iguales periodos de tiempo los perlodos de garantia previstos 1)<br />

ante cualquier dilaci6n en el cumplimiento de sus obligaciones que incida en las fechas de<br />

entrega 2) como resultado de la reparaci6n o reemplazo de partes con defecto de fabricaci6n, o<br />

r *g r" r r,l[F upt{ F Ftps pra rd.ei {.4] iterpi f.pd" a g0 n eq I u po, i p a rte o unidad.<br />

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Pdgina 7 de 17


L2 PENAIIDADES<br />

12.1 En caso de demora en la entrega de los suministros objeto de este Contrato por causas<br />

irnputables al VENDEDOR, este se obliga con EL COMPRADOR a deducirle del precio de venta<br />

de f a parte de los suministros demorados , el O.O5/o diario durante el transcurso de los primeros<br />

treinta {30) dias naturales de demora contando a partir del piguiente a aquel en que hubiere<br />

vencido el plazo concedido para la entrega, O.08% diario durante los siguientes treinta (30) dias<br />

naturales;0.72%diarioapartirdelossesenta(60) diasnaturales.Elvalortotaldelapenalidad<br />

no podrd exceder del 10% del precio de venta de los suministros entregados con demora. La<br />

deducci6n correspondiente se deberd efectuar previo al pago de los suministros en cuesti6n<br />

reflejando en la factura a liquidar.<br />

En caso de que por causas imputables al VENDEDOR, exista demora en la entrega de la<br />

documentaci6n descrita en la cldusula 17 este se obliga con el COMPRADOR a pagar los gastos<br />

que sean ocasionados por el incumplimiento.<br />

12.2 Si la demora se prolongase por tdrmino superior a los cuatro (4) meses El COMPRADOR tiene<br />

derecho a resolver el contrato con respecto al suministro demorado y al que hubiere sido<br />

entregado si este 0ltimo no pudiere ser utilizado sin la parte no entregada, asi mismo el<br />

VENDEDOR le indemnice los dafios y perjuicios que este incumplimiento le haya causado hasta<br />

un miiximo del valor del suministro no entregado determinado sobre la base del contrato. Si<br />

conforme a lo previsto en esta cldusula, e[ COMPRADOR resolviere el contrato, deberd<br />

almacenar los suministros recibidos a cuenta y riesgo del VENDEDOR, notificdndoselo a este<br />

de inmediato. A su vez el VENDEDOR estd en la obligaci6n de rembolsarle al COMPRADOR las<br />

cantidades que hubiere recibido con cargo al propio contrato, mds el inter6s del mercado hasta<br />

el dia real del reintegro.<br />

13 PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL<br />

13.1 EL VENDEDOR declara que estd legalrnente autorizado a comercializar las marcas que<br />

distinguen los suministros que mediante este Contrato vende al COMPRADOR. En virtud de lo<br />

anterior, el COMPRADOR es y serii considerado un COMPRADOR de buena fe. En caso que<br />

terceras personas prueben que la anterior declaraci6n del VENDEDOR es inexacta, el<br />

VENDEDOR asumird a todos los efectos legales las responsabilidades morales y materiales<br />

correspondientes.<br />

re{3r-n Ef VENqEDo..l,,!,o,l,fjf en la fecha de<br />

f y ga ra ntiza qu e COMPRADOR,<br />

l-de<br />

del Contrato estd<br />

la mercancia<br />

Pdgina 8 de 17


13.3 El VENDEDOR confirma y garantiza que la confecci6n y entrega de la documentaci6n t6cnica, asi<br />

como su utitizaci6n por el COMPRADOR, no constituirdn violaci6n de patentes y otros derechos<br />

de la propiedad industrial perteneciente a terceros.<br />

13.4 En caso de surgir reclamaciones contra el COMPRADOR, el<br />

COMPRADOR, toda su ayuda y consejos para litigar dicha<br />

todos los daffos y gastos en que este pueda incurrir.<br />

.VENDEDOR se obliga a dar al<br />

reclamacidn y le indemnizard por<br />

13.5 En caso de demostrarse vdlida una reclamaci6n contra el COMPRADOR, eI VENDEDOR Ie<br />

indemnizard por todos los daffos y gastos en que 6ste pueda incurrir por raz6n de violaci6n de<br />

los derechos de propiedad industrial.<br />

14 RECTAMACIONES<br />

14.1 Las partes podrdn reclamarse mutuamente por el incumplimiento de las obligaciones contraidas<br />

en un t6rmino de 30 dfas naturales, salvo que se disponga lo contrario.<br />

14.2 Las reclamaciones serdn fundadas, exigi6ndose por los siguientes conceptos:<br />

/ El incumplimiento de una obligaci6n.<br />

,/ La reparaci6n del daffo.<br />

L4.3 Todas las reclamaciones se realizaran por escrito y ser6n presentadas via fax o en el domicilio<br />

legal del reclamado, adjuntando los documentos probatorios del incumplimiento que motiva<br />

dicha reclamaci6n. La fecha de acuse de recibo o del comprobante de envio por fax serd<br />

considerada como fecha de presentaci6n de la reclamaci6n.<br />

14.4 Las PARTES examinardn las reclamaciones, contestiindolas dentro de los 10 dfas naturales<br />

siguientes, contados a partir de la fecha de recibo de la misma, de no recibirse respuesta dentro<br />

del t6rmino exigido, la parte reclamante quedard liberada para dirimir el conflicto ante la<br />

instancia competente.<br />

14.5 El COMPRADOR presentard al VENDEDOR las reclamaciones, por calidad de los suministros, en<br />

el periodo de garantia, en un t6rmino no mayor de 30 dias naturales contados a partir de la<br />

fecha en que sea detectado el defecto, rotura o inconformidad, adjuntando copia del informe<br />

tdcnico correspond iente.<br />

al VENDEDOR las reclamaciones, por<br />

contados a partir de la<br />

cantidad,<br />

un t6rmino no<br />

el faltante,<br />

Pdgina 9 de 17


adjuntando copia del acta de inspecci6n emitido por la entidad supervisora designada por el<br />

COMPRADOR.<br />

14.7 El COMPRADOR presentard al VENDEDOR las reclamaciones por producto diferente del<br />

Contrato, en un t6rmino no mayor de 10 dlas naturales contados a partir de ]a fecha en que sea<br />

. detectado la inconformidad y dentro del mes contado desdp la llegada de las mercancias al<br />

lugar de destino, adjuntando copia del acta de inspecci6n emitido por la entidad supervisora<br />

designada por EL COMPRADOR.<br />

14.8 El COMPRADOR presentard al VENDEDOR, la reclamaci6n e incumplimiento en los planes de<br />

' entrega del suministro, en un t6rmino no mayor de 10 dfas naturales contados a partir de la<br />

fecha en que debi6 efectuarse la entrega de los mismos.<br />

15 CAUSAS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD<br />

15.1 Se considera causas eximentes de responsabilidad aquellas que surjan despuds de<br />

perfeccionado el contrato e impidan su cumplimiento a consecuencia de acontecimientos de<br />

cardcter extraordinario que previsibles o no, sus efectos resulten inevitables por Las PARTES.<br />

15.2 La PARTE que invoque las circunstancias seffaladas deberS advertir a la OTRA, por escrito y sin<br />

demora, el comienzo y probable cese de las mismas y acreditar su acaecimiento con declaraci6n<br />

certificada de la correspondiente Cdmara de Comercio de su pais. LAS PARTES realizardn todo lo<br />

posible para evitar sus efectos y conseguir la reducci6n de los daffos que pudieran producir el<br />

incumplimiento.<br />

15.3 Si estas causas, perduraran por miis de cuatro (4) meses, cada PARTE podr6 solicitar de la OTRA<br />

un nuevo plazo para el cumplimiento de sus obligaciones. Si las obligaciones contractuales no se<br />

cumplen en el nuevo plazo acordado entre las PARTES, cada parte podrd cancelar el contrato<br />

por medio de comunicaci6n escrita, sin necesidad de demandar ante ning0n tribunal o corte<br />

arbitral la resoluci6n del contrato.<br />

15.4 No serdn consideradas causas de fuerza mayor ni circunstancias modificativas de las<br />

obligaciones emergentes del presente contrato cualesquiera disposiciones, regulaciones,<br />

proclamas, 6rdenes o acciones, incluida la denegaci6n de licencias de Gobiernos extranjeros a<br />

las partes o de entidades que en cualquier forma posean, dirijan o controlen a EL VENDEDOR,<br />

que impidan o intenten impedir, total o parcialmente, el oportuno y cabal cumplimiento del<br />

presente contrato.<br />

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