Descargar (1496Kb) - Universidad de El Salvador
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y <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>rechos, artículo 2 <strong>de</strong> la Constitución <strong>de</strong> la República, lo<br />
cual se concreta en la creación <strong>de</strong> mecanismos jurisdiccionales, así como<br />
órganos con características similares.<br />
<strong>El</strong> órgano judicial y el proceso son en su or<strong>de</strong>n un mecanismo<br />
establecido a nivel constitucional para realizar esa labor <strong>de</strong> tutela; y la<br />
acción por su parte es concreción <strong>de</strong> ese <strong>de</strong>recho a la protección, para este<br />
caso jurisdiccional <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos.<br />
Y es que la acción no es más que la manifestación <strong>de</strong> unas posibles<br />
vertientes <strong>de</strong> ese <strong>de</strong>recho a la tutela, ya que específicamente hace referencia<br />
a accionar poner en funcionamiento a uno <strong>de</strong> los órganos encargados <strong>de</strong><br />
realizar dicha función y acce<strong>de</strong>r al mecanismo diseñado para tal efecto; sin<br />
hacer referencia a un acto y <strong>de</strong>splazamiento concreto <strong>de</strong> dicho órgano; es<br />
<strong>de</strong>cir sin eliminar el ámbito subjetivo y la actividad especifica que se requiere<br />
para realizar la protección.<br />
Con todo lo anteriormente expuesto no se pue<strong>de</strong> calificar al amparo<br />
como una simple acción ya que ello no singulariza o cualifica los elementos<br />
que la configuran concurren en todo supuesto en que se requiera la actividad<br />
jurisdiccional, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong>l tipo <strong>de</strong> proceso que se pretenda<br />
iniciar; es <strong>de</strong>cir que no se encuentran vinculados y por lo tanto concurren<br />
invariablemente con el mecanismo escogido para lograr que el ente<br />
jurisdiccional actué, ni con el ámbito concreto <strong>de</strong> tutela que se requiere.<br />
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