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Descargar (1496Kb) - Universidad de El Salvador

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y <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>rechos, artículo 2 <strong>de</strong> la Constitución <strong>de</strong> la República, lo<br />

cual se concreta en la creación <strong>de</strong> mecanismos jurisdiccionales, así como<br />

órganos con características similares.<br />

<strong>El</strong> órgano judicial y el proceso son en su or<strong>de</strong>n un mecanismo<br />

establecido a nivel constitucional para realizar esa labor <strong>de</strong> tutela; y la<br />

acción por su parte es concreción <strong>de</strong> ese <strong>de</strong>recho a la protección, para este<br />

caso jurisdiccional <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos.<br />

Y es que la acción no es más que la manifestación <strong>de</strong> unas posibles<br />

vertientes <strong>de</strong> ese <strong>de</strong>recho a la tutela, ya que específicamente hace referencia<br />

a accionar poner en funcionamiento a uno <strong>de</strong> los órganos encargados <strong>de</strong><br />

realizar dicha función y acce<strong>de</strong>r al mecanismo diseñado para tal efecto; sin<br />

hacer referencia a un acto y <strong>de</strong>splazamiento concreto <strong>de</strong> dicho órgano; es<br />

<strong>de</strong>cir sin eliminar el ámbito subjetivo y la actividad especifica que se requiere<br />

para realizar la protección.<br />

Con todo lo anteriormente expuesto no se pue<strong>de</strong> calificar al amparo<br />

como una simple acción ya que ello no singulariza o cualifica los elementos<br />

que la configuran concurren en todo supuesto en que se requiera la actividad<br />

jurisdiccional, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong>l tipo <strong>de</strong> proceso que se pretenda<br />

iniciar; es <strong>de</strong>cir que no se encuentran vinculados y por lo tanto concurren<br />

invariablemente con el mecanismo escogido para lograr que el ente<br />

jurisdiccional actué, ni con el ámbito concreto <strong>de</strong> tutela que se requiere.<br />

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