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EL ACTO ADMINISTRATIVO.pdf - carpioabogados.com

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Las actuaciones del Procedimiento Administrativo han de realizarse precisamente dentro de<br />

los limites temporales, que reciben la denominación de Términos o Plazos, y que son<br />

señalados por la ley. Expliquemos brevemente sobre el tiempo y el hecho jurídico.<br />

<strong>EL</strong> TIEMPO<br />

El tiempo es la parte de la duración que ocupan los sucesos particulares: duración, período en<br />

cuyo interior se sitúan ciertas acciones o sucesos. La noción de tiempo ha adquirido un signo<br />

cuantitativo. De esta manera, todos tenemos la sensación del tiempo, de su transcurso y está<br />

indesligablemente vinculado a la existencia humana y, por ello, constituye un hecho jurídico de<br />

capital importancia. Es un fenómeno cuantitativamente medible y <strong>com</strong>putable por unidades<br />

convencionales, es permanente, continuo y constante. El tiempo deviene en una realidad<br />

jurídica en cuanto que el Derecho Objetivo lo reconoce <strong>com</strong>o un factor de modificación de las<br />

relaciones jurídicas y lo aprehende mediante las normas para el cómputo de su transcurso: El<br />

tiempo en su transcurso.<br />

<strong>EL</strong> TIEMPO COMO HECHO JURIDICO<br />

En lo que al Derecho Objetivo se refiere, es de destacarse el Principio de La Temporalidad de<br />

las Normas: Según el cual las normas legales entran en vigencia en un plazo determinado y a<br />

partir de entonces se hacen obligatorias hasta su derogación:<br />

TERMINOS<br />

Termino: Momento en el que vence un proceso o un plazo dado por Ley.<br />

Debe entenderse el ultimo día hábil del plazo, aunque hay quien cree que es el primero y el<br />

último día del plazo.<br />

Los términos son obligatorios tanto para la Administración Publica <strong>com</strong>o para los sujetos<br />

particulares que intervienen en el Procedimiento Administrativo.<br />

A la Administración Publica le corresponde cumplir los términos que le son impuestos, y hacer<br />

cumplir los que rigen para los intervinientes en el Procedimiento. Los administrados están<br />

obligados a observar los Plazos y Términos que los <strong>com</strong>prenden, debiendo sufrir las<br />

consecuencias legalmente previstas para su inobservancia.<br />

La Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos norma sobre los Términos:<br />

TERMINOS<br />

De la distancia<br />

De subsanación<br />

Perentorio<br />

Resolución de queja<br />

T.U.O.DS.Nº 02-JUS-94<br />

Art. 50º<br />

Art. 64º<br />

Art. 64º<br />

Art. 107º<br />

COMPUTO PROCEDIMENTAL<br />

Hemos visto que en el procedimiento administrativo el plazo o el termino alude esencialmente<br />

al lapso en el cual deben cumplimentarse las distintas etapas o fases del procedimiento<br />

Todo término o plazo debe ser <strong>com</strong>putado, es decir debe ser encontrado, y para ello es<br />

menester tener en cuenta ciertas reglas que permitan establecer con certeza cuándo<br />

<strong>com</strong>ienza un plazo y cuándo termina.<br />

Idea base: cómputo: El plazo se <strong>com</strong>puta de acuerdo al calendario gregoriano y se dan las<br />

siguientes reglas:<br />

* Primera Regla:<br />

La unidad de medida del Tiempo Procedimental y Procesal es el día. Así todo plazo se reduce

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