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Informe Especial sobre secuestro<br />
de migrantes en México<br />
V. OBSERVACIONES Y CONCLUSIONES<br />
Febrero <strong>2011</strong><br />
Todo ser humano tiene derecho a vivir libre de temor x . La seguridad pública es un<br />
derecho universal exigible ante el Estado, por lo que su garantía debe incluir<br />
políticas de prevención, investigación y sanción del delito, así como de atención a<br />
las víctimas.<br />
La CNDH, con base en lo que ha quedado documentado en los capítulos<br />
precedentes de este Informe, advierte que la situación actual del secuestro de<br />
migrantes en México refleja que hacen falta acciones de coordinación entre las<br />
instituciones encargadas de prevenir y combatir el delito a nivel federal, estatal y<br />
municipal, así como mecanismos y acciones suficientes para garantizar al<br />
migrante sus derechos a la seguridad pública, libertad, legalidad, seguridad<br />
jurídica, integridad, seguridad personal y trato digno.<br />
Si bien es cierto que el Estado mexicano ha sido de los principales impulsores<br />
de instrumentos internacionales y regionales de protección a los derechos<br />
humanos de los migrantes, también lo es que en la operación de sus programas<br />
específicos no presenta resultados claros que indiquen una verdadera<br />
armonización con los compromisos internacionales adquiridos en esta materia.<br />
A continuación, se señalan las observaciones que realiza este Organismo<br />
Nacional respecto de la información recibida por las autoridades competentes en<br />
la materia, con el objetivo de evaluar las políticas públicas implementadas hasta<br />
el momento por el Estado mexicano y formular las propuestas correspondientes<br />
en el apartado VI.<br />
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