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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DEL ... - Adif

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<strong>PLIEGO</strong> <strong>DE</strong> <strong>CONDICIONES</strong> <strong>PARTICULARES</strong> <strong>DE</strong>L CONCURSOPARA LA CONTRATACI~N<strong>DE</strong> LA GESTI~N <strong>DE</strong> SERVICIOS Y COMERCIALIZACI~N EN EL CENTRO LOG~STICOFERROVIARIO <strong>DE</strong>MURCIA NONDUERMASN! EXPEDIENTE20121041001ADMINISíRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCTüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


D.6. <strong>DE</strong> SERVICIOS A CLIENTES Y PATUIMOHIOSubdirecridn Adjunt, de Asesorla JurldicaDISPOSICIONES GENERALES1. OBJETO2. VIGENCIA Y DURACI~N <strong>DE</strong>L CONTRATO3. PRESTACI~N <strong>DE</strong> LOS SERVICIOS4. PRESUPUESTO <strong>DE</strong>L CONTRATOPROCEDIMIENTO Y FORMAREQUISITOS Y CAPACIDAD <strong>DE</strong> LOS LICITADORESPROPOSICIONES <strong>DE</strong> LOS LICITADORES<strong>CONDICIONES</strong> ECON~M~CAS <strong>DE</strong>L CONTRATO <strong>DE</strong> DISPONIBILIDADHORARIOS <strong>DE</strong> PRESTACION <strong>DE</strong>L SERVICIO <strong>DE</strong> MANIPULACI~N <strong>DE</strong> UTlSINVERSIONES LIGADAS A LA ADJUDICACIONCOMPROMISOS MlNlMOS <strong>DE</strong> RENTAOTROS SERVICIOS A CONTRATAR CON <strong>Adif</strong>1. CRITERIOS <strong>DE</strong> ADJUDICACI~N2. ADJUDICACI~N <strong>DE</strong> LA LICITACI~N3. GARANT~AS4. FORMALIZACI~N5. RÉGIMEN JUR~DICO <strong>DE</strong>L CONTRATOIV.EJECUCIÓN <strong>DE</strong>L CONTRATO1. FACTURACI~N Y FORMA <strong>DE</strong> PAGO2. M~NIMOS <strong>DE</strong> ACTIVIDAD3. SEGUROS4. PUBLICIDAD5. INSPECCI~N6. OBRAS <strong>DE</strong> PRIMER ESTABLECIMIENTO Y AMORTIZACI~N <strong>DE</strong> INVERSIONES7. REFORMAS, CONSERVACI~N, <strong>DE</strong>STINO8. CAUSAS <strong>DE</strong> RESOLUC~~N Y EXTINCI~N <strong>DE</strong>L CONTRATO9. EFECTOS<strong>DE</strong>LARESOLUC~~NYEXTINCI~N<strong>DE</strong>LCONTRATOADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCiüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


ANEXOSsubdirección Adjunta de Asesoría luridicaQdi? j1. <strong>PLIEGO</strong> <strong>DE</strong> <strong>CONDICIONES</strong> GENERALES2. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS <strong>DE</strong> PREVENCI~N N2 12, 16 Y 173. MO<strong>DE</strong>LOS <strong>DE</strong> FIANZA3.1 MO<strong>DE</strong>LO <strong>DE</strong> FIANZA PROVISIONAL3.2 MO<strong>DE</strong>LO <strong>DE</strong> FIANZA <strong>DE</strong>FINITIVA4. MO<strong>DE</strong>LOS <strong>DE</strong> OFERTA4.1 ECON~MICA4.2 TÉCNICA5. PLANO <strong>DE</strong> LOS INMUEBLE5 E INSTALACIONES6. BORRADOR <strong>DE</strong> CONTRATO CONTROL <strong>DE</strong> PUERTAS Y COORDINAC~~N OPERATIVA (SCP)7. BORRADOR <strong>DE</strong> CONTRATO <strong>DE</strong> MANIPULACION <strong>DE</strong> UTlS (SMU).8. MO<strong>DE</strong>LO <strong>DE</strong> PLAN ECON6MlCO FINANCIERO.9. BORRADOR <strong>DE</strong> CONTRATO <strong>DE</strong> AMPLIACI~N <strong>DE</strong> SERVICIOS <strong>DE</strong> MAN~PULAC~~N ( ACM)10. BORRADOR <strong>DE</strong> CONTRATO <strong>DE</strong> AMPLIACI~N <strong>DE</strong>L SERVICIO <strong>DE</strong> CONTROL <strong>DE</strong> PUERTAS Y COORDINAC~~N OPERATIVA(ACNP).11. BORRADOR <strong>DE</strong> CONTRATO ALQUILER <strong>DE</strong> GRUAS M~VILES <strong>DE</strong> MANIPULACI~N SIN MANTENIMIENTO (AM)ADMINISIWDOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCIüRA.5 FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


I0.6- ~ f E 5 ~ I C I O ~ ~ U T ~ ~5ubdir~i6, Adjunta de Asesorla Juddicaadi~<strong>PLIEGO</strong> <strong>DE</strong> <strong>CONDICIONES</strong> <strong>PARTICULARES</strong> <strong>DE</strong>L CONCURSO PARA LA CONTRATACI~N <strong>DE</strong>LA GESTI~N <strong>DE</strong> SERVICIOS Y COMERCIALIZACI~N EN EL CENTRO LOG~ST~COFERROVIARIO <strong>DE</strong> MURCIA NONDUERMASl. DISPOSICIONES GENERALES1. OBJETOEl presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCP) establece las condiciones para laadjudicación de la GESTI~N <strong>DE</strong> SERVICIOS Y COMERC~AL~ZAC~~N del Centro Logística ferroviario de MurciaNonduermas, por el que el adjudicatario resultante, gestionará y comercializará los espacios, instalaciones ymedios que se ponen a su disposición descritos en este Pliego, conforme al siguiente esquema:a) Prestación obligatoria, a las empresas ferroviarias y otros candidatos que lo soliciten, del servicio deMAN~PULAC~~N <strong>DE</strong> UNIDA<strong>DE</strong>S <strong>DE</strong> TRANSPORTE INTERMODAL (UTIS), conforme a las condiciones y tarifasmáximas de la Declaración sobre la Red vigente, o documento equivalente, publicado por <strong>Adif</strong>.b) Prestación de otros servicios asociados a la logística de mercancías que, con carácter comercial, lepuedan ser solicitados por empresas ferroviarias, candidatos o terceros, conforme a las condiciones yprecios que se acuerden entre las partes y siempre que no contravengan lo dispuesto en este Pliego.Los servicios asociados a la logística de mercancías que, a título orientativo y no limitativo puedenser objeto de comercialización por parte del Adjudicatario son: los de almacenamiento y depósito deUTIS, limpieza y reparación, servicios aduaneros, gestión y10 contratación de acarreos, OTROS ligadosa la logística de las Utis y su distribución.La prestación y comercialización de estos servicios los realizará el Adjudicatario a su entero riesgo y venturaen los espacios e instalaciones descritos en el Anexo no 5 de este Pliego, comprometiéndose <strong>Adif</strong> aaumentar dicha superficie, en los términos que se acordasen entre las partes, cuando la implantación denuevas actividades así lo requiriese, o bien el volumen de la propia actividad así lo precisara.En el caso de que el Licitador proponga la implantación de alguna figura aduanera, deberá tener en cuentaque deberá acordar previamente con <strong>Adif</strong> la titularidad de la misma, prevaleciendo el que sea esta entidadpública quien la ostente.El licitador no podrá prestar los siguientes de:a) Maniobras de posicionamiento de trenes, dentro del espacio asignado y entre éste y las instalacionestécnicas del centro logístico, que seguirán siendo realizadas por <strong>Adif</strong>.b) Aparcamiento de vehículos dentro del espacio asignado, que deberá realizarse en los espaciosreservados dentro del centro logístico y que son gestionados directamente por <strong>Adif</strong>.c) Facturación comercial de Cartas de porte, ligadas a la mercancía que se transporta desde lainstalación.El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y sus Anexos, revestirán carácter CONTRACTUAL, por loque deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el Adjudicatario en el acto mismo de la formalizacióndel contrato.2. VIGENCIA Y DURAC~~N <strong>DE</strong>L CONTRATOLa duración del contrato será de CINCO AROS, desde la fecha de entrega del espacio, que quedará formalizadamediante la firma, por ambas partes, del acta de ocupación.Una vez finalizado este plazo de duración del contrato podrá ser prorrogado, por periodos anuales, hasta unmáximo de TRES AROS. Tres meses antes de la terminación del contrato, el Adjudicatario deberá comunicar porADMINISiRADOR <strong>DE</strong> INFRAESíRUCllJRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


escrito a <strong>Adif</strong> su deseo de prorrogar o de dar por terminado el contrato. Un mepodrá contestar aceptando o denegando la misma.Subdirección Adjunt8 de AssroÁi luiiditilk,6zdiNo obstante, si el Adjudicatario realizase inversiones, superiores a 150.000 euros, que deberán ser aprobadaspreviamente por <strong>Adif</strong>, la duración total del contrato, podrá ser de hasta DIEZ AROS, con una prórroga máxima deCINCO AÑOS MAS, por periodos anuales.Este aumento del plazo del contrato se realizará a razón de un año adicional por cada 10.000 € de inversiónque exceda de 150.000 €, una vez se hayan verificado las inversiones efectivamente realizadas yformalizándose dicha ampliación del plazo de vigencia del contrato mediante el correspondiente ProtocoloAdicional al documento contractual suscrito.3. PRESTACI~N <strong>DE</strong> LOS SERVICIOSEl Adjudicatario será el único titular de la prestación de servicios que realice en el espacio asignado y por lotanto único responsable frente a sus clientes, con quienes mantendrá la interlocución directa en su relacióncomercial.La prestación de los servicios en el espacio asignado se realizará a riesgo y ventura del Adjudicatario deconformidad con el régimen previsto en el artículo 40 de la ley 39/2003, de 17 de noviembre, del SectorFerroviario, según se recoge en el artículo 24 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación dediversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y en laDisposición final vigésima tercera de la ley2/2011, de 4 de marzo, de Economia Sostenible.La actuación del Adjudicatario se regirá por los principios de igualdad de trato, transparencia y nodiscriminación, en la prestación de los servicios que se soliciten.El régimen aplicable a la prestación de los servicios será el recogido en los artículos 41, 78 y el apartado 1 del 79de la ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, según se recoge en el artículo 24 de la ley25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre accesoa las actividades de servicios y su ejercicio.La prestación del Servicio de Manipulación de UTIS, en tanto tenga la consideración de servicio complementario,estará sujeta al pago de tarifas, que serán las publicadas en la Declaración sobre la Red o documentoequivalente y tendrán la consideración de máximas y de precio privado. El Adjudicatario tendrá por lo tantoplena libertad comercial para establecer rebajas o descuentos sobre las mismas siempre que se establezcan concriterios objetivos, sean conocidas, accesibles y públicas para los clientes y usuarios de la instalación conforme alo establecido en el articulo 79 de la Ley del Sector Ferroviario.El personal que preste servicios en el espacio asignado deberá cumplir con las disposiciones que se le sean dea p l icación en la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para laobtención de los tl'fulos habilitantes que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviariorelacionadas con la seguridad en la circulación, asícomo el régimen de los centros homologados de formación yde los de reconocimiento médico de dicho personal.En todo caso, el personal que maneje las grúas móviles autopropulsadas deberá contar con el preceptivo carnéde operador de grúa, según lo establecido en la ITC MIE-AEM-4 del Reglamento de Aparatos de Elevación ymanutención de grúas móviles, aprobado según RD 83712003.4. PRESUPUESTO <strong>DE</strong>L CONTRATOEl presupuesto mínimo del contrato para los 60 meses inicialmente contemplados, asciende a 402.875,55 E (IVANO incluido)1. PROCEDIMIENTO Y FORMA <strong>DE</strong> ADJUDICACIÓNLa contratación se llevará a cabo mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación.2. REQUISITOS Y CAPACIDAD <strong>DE</strong> LOS LICITADORESPara poder contratar con <strong>Adif</strong> estarán facultadas las empresas que cumplan los requisitos enumerados en elapartado 3.3.1 relativo al Sobre A de Documentación Administrativa.ADMINISiRADOR <strong>DE</strong> INFRAE5íRUCTüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


Subdirtccidn Adjunta da Au~~ffiJuridio3. PROPOSICIONES3.1. CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRESENTACIÓN <strong>DE</strong> PROPOSICIONESLos licitadores podrán solicitar aclaraciones sobre cuantas dudas surjan en la interpretación de las condicionesexigidas en el presente pliego y en el resto de la documentación aplicable hasta 5 días hábiles antes de la fechade presentación de ofertas. <strong>Adif</strong>, a su criterio, podrá divulgar al resto de los licitadores aquellas cuestionessuscitadas que, sin desvelar asuntos de carácter reservado relativas a los consultantes, permitan una mayorhomogeneidad para la mejor comparación de las ofertas, todo ello dentro de la mayor transparencia delproceso.Podrán formular las consultas relacionadas con la licitación y presentación de ofertas a las siguientesdirecciones:Consultas administrativas:Jefatura de Gabinete de Desarrollo Comercial de la Dirección de Servicios Logísticos28036 - C1 Agustín de Foxá, s/n, Estación de Chamartín, Edificio Comercial, 3? planta.Teléfono 91-300-73-80 E-mail: flruiz0adif.e~Consultas técnicas:Gerencia de Area de Servicios Logísticos EsteC1 Bailen no 3. Estación del Norte.46007- ValenciaTeléfono 963537278 E-mail: juancano(t3adif.e~Los licitadores deberán presentar su oferta dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación en:Presentación de ofertas:Gerencia de Área de Servicios Logísticos EsteCI Bailen no 3. Estación del Norte.46007- ValenciaLas proposiciones se ajustarán a lo establecido en este Pliego de Condiciones Particulares. Su presentaciónsupone por parte del Licitador, la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaraciónresponsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con <strong>Adif</strong>.Ningún Licitador podrá suscribir proposición en unión temporal con otros licitadores si lo ha hechoindividualmente, ni figurar en más de una unión temporal.3.2. SOBRES Y DOCUMENTOS A PRESENTARLas proposiciones se presentarán, en la fecha indicada en el anuncio de licitación, en mano y en sobres cerradosy sellados o lacrados, de forma que se garantice su integridad e inviolabilidad, haciendo constar en el mismo elnúmero de expediente y el objeto de la licitación que aparece en la portada de este pliego y la fecha.Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme ala legislación vigente y las ofertas se presentarán redactadas en lengua castellana. En caso de que sepresentasen en otra lengua distinta, deberán acompañarse de una traducción completa a lengua castellana,primando esta última en caso de duda o discrepancia. Asimismo deberán llevar la identificación de la empresa.La oferta será válida por un período de TRES MESES.3.3. CONTENIDO <strong>DE</strong> LAS PROPOSICIONESLa oferta contendrá un total de tres (3) sobres cerrados y sellados o lacrados, señalados con las letras A, B, C. yconteniendo cada uno de ellos, la siguiente documentación:ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAmUClüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


3.3.1. Sobre A: Documentación administrativaREOUISITOS COMUNES A TODOS LOS LICITADORESEn forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:1 SOBRE A: DOCUMENTACI~N ADMINISTRATIVAI1 Objeto del Contrato:1 Licitador1 Fechay Firma:IEn él se incluirán:3.3.1.1. Documentos acreditativos de la capacidad de obrarLa capacidad de obrar de los empresarios españoles se acreditará mediante escritura, documentos deconstitución, estatutos o acto fundacional en el que constarán las normas por las que se regula su actividad,inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.En sustitución de la documentación exigida, podrá acreditarse la capacidad de obrar de las empresas mediantela aportación de la certificación expedida por el Registro Voluntario de licitadores del Ministerio de Fomento(O.M. 178712002, de 2 de julio). En el caso de resultar Adjudicatario deberá presentar los documentosacreditativos de la capacidad de obrar previamente a la adjudicación.3.3.1.2. Documentos aue acrediten, en su caso, la representación.Los que comparezcan, o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto, yfotocopia legitimada notarialmente de su D.N.I. o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. El poderdeberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto, no es necesaria lainscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el arto. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.3.3.1.3. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Em~resas (U.T.E.), en su caso.Cuando dos o más empresas acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de losempresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, acumulándose a efectos de ladeterminación de la solvencia de la Unión Temporal las características acreditadas para cada uno de losintegrantes de la misma.Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la Unión Temporal será necesario que los empresarios quedeseen concurrir integrados en ella indiquen, en documento privado, los nombres y circunstancias de losempresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante lavigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a <strong>Adif</strong>.El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes dela unión.3.3.1.4. Compromiso de obtención del titulo habilitante.Mediante documento escrito, ,debidamente firmado, el oferente se compromete a la solicitud y obtención deltitulo habilitante preceptivo, de acuerdo a los requerimientos que el Ministerio de Fomento establezca en elmomento de su regulación, y dentro del plazo mínimo indispensable.3.3.1.5. Declaración responsable sobre la legislación especifica de Transportes.Declaración responsable de no haber sido sancionada por infracciones muy graves en el ámbito de lalegislación específica de los transportes.3.3.1.6. Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones paracontratar.La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia dehallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuestas por lasdisposiciones vigentes.La justificación acreditativa de tal requisito se exigirá antes de la firma del contrato a la empresa o UniónTemporal de Empresas, concediéndole un plazo máximo de cinco días hábiles desde su requerimiento para supresentación.ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAMRUCIIJRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


Obligaciones tributarias:Se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias,cuando, en su caso, concurran las siguientes circunstancias:a) Estar dadas de alta en el lmpuesto sobre Actividades Económicas, siempre que ejerzanactividades sujetas a este impuesto, en relación con las actividades que vengan realizando ala fecha de presentación de las proposiciones o de las solicitudes de participación en losprocedimientos restringidos, que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en quelas ejercen.b) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones por el lmpuesto de Sociedades,así como las correspondientes declaraciones por pagos fraccionados, ingresos a cuenta yretenciones que en cada caso procedan.c) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones periódicas por el lmpuestosobre el Valor Añadido, así como, la declaración resumen anual.d) No tener deudas con el Estado de naturaleza tributaria en período ejecutivo, o, en el casode contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas noatendidas en período voluntario.A efectos de la expedición de las certificaciones acreditativas de dichas circunstancias, se considerará que lasempresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cuando las deudasestén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de lascorrespondientes liquidaciones.Las circunstancias indicadas en los párrafos b) y c) anteriores, se refieren a declaraciones cuyo plazoreglamentario de presentación hubiese vencido en los doce meses precedentes al mes inmediatamente anteriora la fecha de solicitud de la certificación.Obligaciones de Seguridad Social.Se considerará que las empresas se encuentran al corriente, en el cumplimiento de sus obligaciones con laSeguridad Social, cuando, estén inscritas y, en su caso, concurran las siguientes circunstancias:a) Haber afiliado, en su caso, y haber dado de alta a los trabajadores que presten servicios alas mismas.b) Haber presentado los documentos de cotización correspondientes a las cuotas de SeguridadSocial y, si procediese, de los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así comode las asimiladas a aquéllas, a efectos recaudatorios, correspondientes a los doce meses,anteriores a la fecha de solicitud de la certificación.c) Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.A efectos de la expedición de las certificaciones, se considerará que las empresas se encuentran al corriente, enel cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas ose hubiera acordado su suspensión, con ocasión de la impugnación de tales deudas.3.3.1.7. Garantía provisionalLa contemplada en el punto 3.1. del Apartado III de este PCP.3.3.1.8. Declaración del grupo empresarial al que pertenezcan las empresas conindicación de las empresas que lo componen.Empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezca el Licitador individual o cualquiera de lasempresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica lavinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmentemediante declaración responsable. Estas declaraciones se tendrán en cuenta a los efectos establecidos en laCláusula 14 (cálculo de ofertas con valores anormales o desproporcionados).ESPECIALIDA<strong>DE</strong>S EN LA DOCUMENTACIÓN<strong>DE</strong> LAS EMPRESAS EXTRANJERAS.Además de la documentación común expresada en el punto anterior, estos empresarios deberán presentardocumentos justificativos de los siguientes apartados:3.3.1.9. Capacidad de obrarLa capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea o signatarios delAcuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros oADMINISIRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCWRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo no 1 del Reglamento General de la Ley deContratos de las Administraciones Públicas.La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por laMisión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio dela empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el RegistroLocal Profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en elámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además deberáacompaiiarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de ComercioExterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre ContrataciónPública de la Organización Mundial del Comercio, o, en caso contrario, el informe de reciprocidad en el que seacredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresasespañolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga.3.3.1.10. Sumisión a la jurisdicción españolaLas empresas extranjeras deberán acompañar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados yTribunales españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieransurgir del contrato; declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudieracorresponder al Licitador.3.3.2. Sobre B: Documentación técnicaEl Licitador presentará escrito original y copia de la oferta técnica completa con la documentación que se estimenecesaria para su evaluación. Asimismo incluirá toda la documentación presentada en formato digital CD.A modo de resumen se rellenará el modelo de oferta técnica que se adjunta como Anexo no 4.2, firmado ysellado.En forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el mismo, se consignará lo siguiente:SOBRE B: DOCUMENTACI~NTÉCNICAObjeto del Contrato:.................................................l icitadoc.................................................................Fecha y Firma:.........................................................La documentación a incluir será la siguiente:Plan de Negocio y memoria de las actividades a desarrollar.Rango horario ofertado.Organigrama y composición del equipo humanoMedios destinados al contrato y sistema de información al Cliente.Documentación técnica adicional que el Licitador considere interesante aportar para una mejorvaloración de la oferta.Justificante o declaración escrita de haber visitado y conocer el inmueble objeto de la presentelicitación.3.3.3. Sobre C: Proposición económicaEn forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el mismo, se consignará lo siguiente:ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESIRUCIIJRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


D.G. <strong>DE</strong> SERVIQM A CLIEHTZS V PJiiR[HONIOSubdirrcclán AdjunUIde Asatotii luridicaISOBRE C:PROPOSICI~N ECONÓMICAObjeto del Contrato:1 licitador:1 Fechay Firma:Cada Licitador formulará su proposición económica, en soporte papel, utilizando para ello el Impreso para laproposición económica que se adjunta como Anexo no 4.1.Así mismo acompañará un PLAN ECON~M~CO FINANCIERO, que respalde frente a <strong>Adif</strong> su propuesta, desde el puntode vista de un PROYECTO autónomo y sostenible económicamente.Este Plan tendrá su resumen en el Anexo no 8 de este Pliego y considerará como básicos los siguientes aspectos:- Cuenta de resultados.- Flujodecaja.Balance.- CuadrodeHipótesisprevista.El Anexo no 8 contiene aquellas hipótesis que son fijas en el modelo, sobre la que tendrán que establecer losresultados y que ningún Licitador podrá incumplir en la presentación del Plan.El Licitador deberá cumplimentar el impreso sin introducir cambios ni modificaciones en el mismo, debiendocontemplar obligatoriamente todos los aspectos considerados, siendo desestimadas aquellas ofertas que nocontemplen la totalidad de los aspectos indicados en la proposición económica.No se aceptarán aquéllas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocerclaramente todo aquello que <strong>Adif</strong> estime fundamental para considerar la oferta, así como aquellas propuestasque presenten ofertas inferiores al mínimo fijado.En los precios ofertados estará excluido el I.V.A. o el impuesto que legalmente corresponda. La oferta irá fechaday firmada por la persona que ostente poder suficiente para suscribirla, de acuerdo con la documentaciónpresentada.El Licitador solo podrá presentar una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición conjunta conotros licitadores si lo ha hecho individualmente. La contravención de estos principios producirá la desestimaciónde todas las proposiciones presentadas por el Licitador.La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores devaloración de gastos, impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen en razón del contrato, a excepcióndel I.V.A.4. <strong>CONDICIONES</strong> ECON~MICAS <strong>DE</strong>L CONTRATO <strong>DE</strong> DISPONIBILIDAD4.1. RENTA FIJA MENSUALLa Renta Fija Mensual (RFM) que abonará el Adjudicatario a <strong>Adif</strong> será la que figure en su oferta, sobre un mínimode 4.500 flmes (IVA no incluido).Esta renta podrá contar con bonificaciones mensuales sobre esta cantidad, en base a que el Adjudicatarioestablezca con <strong>Adif</strong> los contratos de prestación de servicios que, incluidos como borradores de contrato, seanexan a este Pliego y que se identifican con los siguientes servicios:CONTRATO CONTROL <strong>DE</strong> PUERTAS Y COORDINACI~N OPERATIVA (SCP).CONTRATO <strong>DE</strong> MANIPULACI~N <strong>DE</strong> UTlS (SMU).CONTRATO <strong>DE</strong> AMPLIACI~N <strong>DE</strong> SERVICIOS <strong>DE</strong> MANIPULAC~~N.(ACM)CONTRATO <strong>DE</strong> AMPLIAC~~N <strong>DE</strong>L SERVICIO <strong>DE</strong> CONTROL <strong>DE</strong> PUERTAS Y COORDINACI~N OPERATIVA(ACCP)El importe de la bonificación se establece en base al siguiente cuadro:ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAMRUULIRAS FERROVIARIASDirección General de Senricios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


Servicios contratadosControl de puertas (SCP) O Manipulación de utis ( SMU)r-lD.G. <strong>DE</strong> SERvIClOí 4 4Iam u MfaiHoNloSubdireccidn ldjunt# da Airtotfi~ luddicamdiFmI750 eurosControl de puertas (SCP) Y Manipulación de utis ( SMU)oControl de puertas (SCP ) MAS el servicio de Ampliación de Control de puertas(ACCP)OManipulación de utis (SMU) MAS el servicio de Ampliación de manipulación(ACM)Control de puertas (SCP) Y Manipulación de utis ( SMU)MASUN servicio de Ampliación de servicio ( Manipulación o Control de puerta)Contratación de TODOS los servicios1.000 euros1.125 euros1.250 euros4.2. RENTA VARIABLE MENSUALLa renta variable mensual que abonará el Adjudicatario a <strong>Adif</strong> será la que resulte de multiplicar las UTlSmanipuladas por el Precio Variable por uso de los espacios, instalaciones y medios (PRV) que figure en su oferta yque no podrá ser inferior a 2,23 €IUTI manipulada (IVA no incluido)4.3. REVISI~N <strong>DE</strong> RENTAS Y PRECIOSLa Renta Fija Mensual (RFM) y el Precio Variable (PRV) no serán objeto de revisión durante los CINCO primerosaños de vigencia del contrato.A partir del quinto año, y en caso de prorrogar el contrato, será de aplicación el IPC general anual referido alúltimo 31 de Diciembre.4.4. GASTOS COMUNESEl Adjudicatario asumirá la facturación trimestral de los gastos comunes derivados de la ocupación delinmueble, y que a título meramente informativo, son los siguientes:- Mantenimiento y consumos de zona comunes (agua de zonas comunes, viales de acceso,iluminación de zonas comunes, red contraincendios, ...)- Seguridad y vigilancia general de la instalación.El importe final será regularizado al final de cada año natural, conforme al importe del reparto que resulte yque referidos al año 2012 se han estimado en 5.500 €y 6.135 € respectivamente.El coeficiente de reparto de gastos comunes de distribución es de 30,80 %, resultante de dividir los 15.000metros cuadros objeto de licitación entre los 48.700 metros cuadrados de la zona operativa de MurciaNonduermas. En el caso de contratación de la zona de carga y descarga anexa a la tercera vía, el coeficiente seráde 35,93 O/O.4.5. OTROS GASTOS Y CONSUMOSNo están incluidos en el reparto de gastos comunes, los suministros y consumos de energía que se realicen en elpropio recinto adjudicado como pueden ser los de agua, de electricidad o cualquier otro suministro, los cualesdeberán ser contratados directamente a las empresas suministradoras o bien, instalando equipos de medidaADMINISIRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCilJRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


que determinen los consumos, especialmente en el consumo de energía eléctrica relacionado con las grúaspórtico, si las hubiere y las torres de iluminación que iluminan el espacio alquilado.De igual forma no se consideran incluidos dentro de los gastos comunes, los gastos asociados a la vigilanciaespecífica, que deberá ser contratado con las empresas o entidades oportunas, si el Adjudicatario lo estimaoportuno.La utilización de espacios dedicados al aparcamiento de vehículos, deberá ser contratada con <strong>Adif</strong> de formaindependiente.5. HORARIOS <strong>DE</strong> PRESTACI~N <strong>DE</strong>L SERVICIO <strong>DE</strong> MANIPULACI~N <strong>DE</strong> UTlSEl horario de prestación del servicio de Manipulación de UTlS será, como mínimo, el que se recoge en la tablaadjunta, pudiendo el Licitador ofertar una mayor amplitud horaria dentro del proyecto y plan de negocio quepresente en la documentación técnica.ServicioManipulaciónL08:OO20:ooM08:OO20:ooX08:OO20:ooJ08:OO20:ooV08:OO20:ooS-D-Festivos-La prestación de servicios por parte del Adjudicatario fuera de los horarios establecidos para la instalacióndeberá contar con la autorización expresa de la Gerencia de Area de Servicios Logísticos Este.6. INVERSIONES LIGADAS A LA EXPLOTAC~~NSerá necesario instalar aparatos de control que permita la medición de consumos eléctricos asociados a cadauna de las partes diferenciadas de la operatíva en la instalación. ( Zonas comunes, Playa de Carga y descarga,zona logística operativa, grúas, etc.)7. COMPROMISOS M~NIMOS <strong>DE</strong> RENTAEl Adjudicatario vendrá obligado a satisfacer los mínimos de renta anuales contenidos en la siguiente tabla,considerando la suma de la RENTA FIJA y la RENTA VARIABLE, en concepto de disponibilidad y uso de los espacios,instalaciones y medios asignados para la prestación de los servicios.ANO 1ANO 2ARO 3AÑO <strong>DE</strong> UECUCI~N <strong>DE</strong> CONTRATOANO 4ANO 5 y siguientes:TOTAL <strong>DE</strong> RENTA M~NIMA PORDISPONIBILIDAD Y USO(DURACI~N EL CONTRATO de 5 años)IMPORTE M~NIMO <strong>DE</strong>RENTA(SI N IVA)74.351,7677.288,6580.673,8983.723,3686.837,89402.875,55El importe del TOTAL <strong>DE</strong> RENTA M~NIMA POR DISPONIBILIDAD Y USO (~uración mínima del contrato) contemplado enla tabla anterior, determina el importe mínimo de licitación del contrato recogido en el punto 3 del Apartado l.En el caso de que el Adjudicatario tenga derecho al beneficio de las bonificaciones contempladas en el punto4.1 de este Apartado, las mismas serán descontadas a efectos de la evaluación del compromiso de renta mínimaanual recogida en la tabla anterior.ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAE!TRUCillRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


Subdireccibn Adjunta da bmiorla Iuridica8. OTROS SERVICIOS A CONTRATAR CON <strong>Adif</strong>8.1. SERVICIOS VALORABLES EN LA LICITACI~N8.1.1. Control de Puertas y Coordinación Operativa (SCP)El Licitador podrá proponer, en su oferta económica, la contratación a <strong>Adif</strong> de este servicio dentro de loshorarios contemplados en el punto 5 de este Apartado, y por un periodo máximo de 8 horasldía.La contratación de este servicio se regirá por un contrato independiente, cuyo borrador se adjunta en el Anexon!? 6 de este PCP.El importe mínimo de licitación de este servicio para, un módulo de 8 horas, será de 2.910 €/mes, sin IVA.En tanto que el Adjudicatario tenga contratado este servicio, <strong>Adif</strong> aplicará la bonificación que corresponda sobreel importe de la Renta Fija Mensual contemplada en el punto 4.1 de este Apartado.La demanda de este servicio en la oferta de la licitación supondrá el compromiso de la contratación mínima porun periodo de 2 años desde la fecha de inicio del contrato, No obstante, el oferente puede contemplar en suoferta un periodo de contrato mayor, siendo éste uno de los aspectos valorados de la oferta.8.1.2. Manipulación de Utis (SMU)El Licitador podrá proponer, en su oferta económica, la contratación a <strong>Adif</strong> de este servicio dentro de loshorarios contemplados en el punto 5 de este Apartado y por un periodo máximo de 8 horasldía.La contratación de este servicio se regirá por un contrato independiente, cuyo borrador se adjunta en el Anexon!? 7 de este PCP.El importe mínimo de licitación de este servicio para, un módulo de 8 horas, será de 3.055 €/mes, sin IVA.En tanto que el Adjudicatario tenga contratado este servicio, <strong>Adif</strong> aplicará la bonificación que corresponda sobreel importe de la Renta Fija Mensual contemplada en el punto 4.1 de este Apartado.La demanda de este servicio en la oferta de la licitación supondrá el compromiso de la contratación mínima porun periodo de 2 años desde la fecha de inicio del contrato. No obstante, el oferente puede contemplar en suoferta un periodo de contrato mayor, siendo éste uno de los aspectos valorados de la oferta.8.1.3. Ampliación de servicios de ManipulaciÓn.(ACM)El Licitador podrá proponer, en su oferta económica, la contratación a <strong>Adif</strong> de este servicio considerando unaampliación de 4 horas Idía para el servicio de Manipulación, dentro del horario recogido en el apartado 5 deeste epígrafe.La contratación de este servicio se regirá por un contrato independiente, cuyo borrador se adjunta en el AnexonS! 9 de este PCP.El importe mínimo de licitación de este servicio asciende, sin IVA, a 1.500 €/mes.En tanto que el Adjudicatario tenga contratado este servicio, <strong>Adif</strong> aplicará la bonificación que corresponda sobreel importe de la Renta Fija Mensual contemplada en el punto 4.1 de este Apartado.La demanda de este servicio en la oferta de la licitación supondrá el compromiso de la contratación mínima porun periodo de 2 años desde la fecha de inicio del contrato, no obstante el oferente puede contemplar en suoferta un periodo de contrato mayor, siendo éste uno de los aspectos valorados de la oferta.8.1.4. Ampliación de servicios de Control de Puertas.(ACCP)El Licitador podrá proponer, en su oferta económica, la contratación a <strong>Adif</strong> de este servicio considerando unaampliación de 4 horasldía para el servicio de CONTROL <strong>DE</strong> PUERTAS, dentro del horario recogido en el apartado 5de este epígrafe.La contratación de este servicio se regirá por un contrato independiente, cuyo borrador se adjunta en el AnexonS! 10 de este PCP.El importe mínimo de licitación de este servicio asciende, sin IVA, a 1.500 €/mes.En tanto que el Adjudicatario tenga contratado este servicio, <strong>Adif</strong> aplicará la bonificación que corresponda sobreel importe de la Renta Fija Mensual contemplada en el punto 4.1 de este Apartado.La demanda de este servicio en la oferta de la licitación supondrá el compromiso de la contratación mínima porun periodo de 2 años desde la fecha de inicio del contrato, no obstante el oferente puede contemplar en suoferta un periodo de contrato mayor, siendo éste uno de los aspectos valorados de la oferta.ADMINISíRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUClüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


D.G. <strong>DE</strong> SERVICIOS A CLIENTES Y PATRIMONIOSubdireccidn Adjunta de Asesoría JurídicaI8.1.5. Compromiso para la utilización de la zona de carga 1 descarga sobre la TERCERA vía(CD3V).El Licitador podrá proponer, en su oferta económica, la contratación a <strong>Adif</strong> de la utilización de la TERCERA VIA dela zona de carga y descarga.La contratación de este servicio se regirá por un contrato independiente.El importe mínimo de licitación de este servicio asciende, sin IVA, será de 915 flmes.La demanda de este servicio en la oferta de la licitación supondrá el compromiso de la contratación por elmismo periodo del contrato principal.Cuando por razones operativas para la carga I descarga de mercancía convencional, fuese necesaria lautilización de esta vía y su zona Anexa, <strong>Adif</strong>, establecerá una bonificación en el precio a razón de 130 f porcada tren que utilice dicha instalación.8.1.6. Alquiler de Grúas Móviles de Manipulación sin Mantenimiento (AM)El Licitador podrá proponer, en su oferta económica, la contratación a <strong>Adif</strong> de este servicio que, por el que <strong>Adif</strong>pone a su disposición 2 grúas móviles operativas en el momento de su puesta a disposición.La demanda de este servicio en la oferta de la licitación supondrá el compromiso de la contratación mínima porun periodo de 2 años desde la fecha de inicio del contrato, no obstante el oferente puede contemplar en suoferta un periodo de contrato mayor, siendo éste uno de los aspectos valorados de la oferta.El importe mínimo de licitación de este servicio asciende, sin IVA, a 5.500 €/mes.La contratación de este servicio se regirá por un contrato independiente, cuyo borrador se adjunta en el Anexono 11 de este PCP, en donde se recogen igualmente las características de las grúas móviles de <strong>Adif</strong>.8.2. SERVICIOS NO VALORABLES EN LA LICITAC~~N.El Adjudicatario coordinará con sus clientes las operaciones de carga y descarga de mercancías de los trenes,indicando a <strong>Adif</strong>, con la debida antelación, las horas a las que deben efectuarse las entregas y recogidas delmaterial ferroviario en su espacio asignado. Este movimiento de posicionamiento del material a la carga ydescarga será facturado a las empresas ferroviarias por <strong>Adif</strong>, tal y como se recoge en la Declaración sobre la Redactualmente vigente.Sin embargo, cuando el Adjudicatario demande al <strong>Adif</strong>, por sus necesidades operativas (inutilidad de medios demanipulación, inadecuación del material para la carga o descarga, cambios de la programación de horarios decarga o descarga una vez que el material haya sido posicionado, ...) movimientos de maniobras adicionales alos anteriormente descritos, se facturará al demandante del servicio un importe de 145 flhora (sin IVA) por estasoperaciones efectuadas con el personal y tractor de maniobras asignado al centro logística. El importe mínimo afacturar por este concepto será de 1 hora.Estos servicios se recogerán en contrato independiente bajo el concepto de servicio auxiliar SX-104-00(Movimiento de Material Ferroviario con Tractor).1. CRITERIOS <strong>DE</strong> ADJUDICAC~~NLos criterios de adjudicación del contrato y la valoración global de las ofertas se realizarán, sobre un máximo de100 puntos de la siguiente forma:1.1. VALORACI~N ECON~MICA (v.E.)Con una puntuación máxima de 75 puntos que se obtendrá de la suma de los siguientes criterios:1.1.1. Renta Fija Mensual (RFM) por disponibilidad del espacio, instalaciones y medios (v.E.,)El Licitador deberá obligatoriamente presentar una oferta por este concepto, cuya valoración queda recogidaen la siguiente fórmula:ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCiü RAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


V.E.,= 20xRenta Fija Mensual de la oferta que se valora (é)Renta Fija Mensual MAS ALTA de las ofertas presentadas (e)1.1.2. Precio Variable por uso de los espacios, instalaciones y medios (PRV) (V.E.,)El Licitador deberá obligatoriamente presentar una oferta por este concepto, cuya valoración queda recogidaen la siguiente fórmula:V.E.,= 5 xPrecio Variable de la oferta que se valora (€IUTI)Precio Variable MAS ALTO de las ofertas presentadas (éIUTI)1.1.3. Servicio Control de Puertas y Coordinación Operativa (SCP) (V.E.,)El Licitador podrá, opcionalmente, presentar una oferta por este concepto.La valoración de este apartado se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:V.E., = 12 x Importe TOTAL ofertado de la oferta que se valora (€1Mayor importe TOTAL de las ofertas presentadas (e)El importe TOTAL se calcula considerando el IMPORTE MES * n! de meses del contrato propuesto en la oferta.1.1.4. Servicio de Manipulación de UTlS (SMU) (V.E.,)El Licitador podrá, opcionalmente, presentar una oferta por este concepto.La valoración de este apartado se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:V.E., = 12 x Importe TOTAL ofertado de la oferta que se valora (e)Mayor importe TOTAL de las ofertas presentadas (e)El importe TOTAL se calcula considerando el IMPORTE MES * n! de meses del contrato propuesto en la oferta.1.1.5. Ampliación de servicios de Manipulación (ACM) (V.E.,)El Licitador podrá, opcionalmente, presentar una oferta por este concepto.La valoración de este apartado se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:V.E., = 4,5 x lmporte TOTAL ofertado de la oferta que se valora (e)Mayor importe TOTAL de las ofertas presentadas (e)El importe TOTAL se calcula considerando el IMPORTE MES * n! de meses del contrato propuesto en la oferta.ADMINISíRADOR <strong>DE</strong> INFRAElRUCilJRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


1.1.6. Ampliación de servicios de Control de Puertas (ACCP) (V.E.,)El Licitador podrá, opcionalmente, presentar una oferta por este concepto.La valoración de este apartado se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:lmporte TOTAL ofertado de la oferta que se valora (€)Mayor importe TOTAL de las ofertas presentadas (e)El importe TOTAL se calcula considerando el IMPORTE MES * n!? de meses del contrato propuesto en la oferta.1.1.7. Compromiso de contratación de la zona para la carga 1 descarga sobre la TERCERAVIA. (CD3V)(V.E.7)El Licitador podrá, opcionalmente, presentar una oferta por este concepto.La valoración de este apartado se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:lmporte mensual ofertado en la oferta que se valora (e)Mayor importe MENSUAL de las ofertas presentadas (e)1.1.8. Alquiler de Grúas Móviles de Manipulación sin Mantenimiento (AM) (V.E.,)El Licitador podrá, opcionalmente, presentar una oferta por este concepto.La valoración de este apartado se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:V.E.,= 10 xImporte TOTAL de la oferta que se valora (é)Mayor importe TOTAL de las ofertas presentadas (e)El importe TOTAL se calcula considerando la RENTA MENSUAL POR ALQUILER <strong>DE</strong> MEDIOS * no de meses del contratopropuesto en la oferta.El total de puntos de la valoración ECON~MICA de la oferta será el resultado de la suma de los puntos obtenidosen cada uno de los criterios anteriores, redondeados al segundo decimal.Con una puntuación máxima de 25 puntos que se obtendrá aplicando el siguiente baremo, redondeando alsegundo decimal.1.2.1. Rango horario ofertado para el Servicio de Manipulación de UTIS (V.T.,)Se otorgará un máximo de 4 puntos a la oferta horaria presentada por el Licitador que se dividirá en:a) Amplitud del rango horario para el Servicio de Manipulación de UTIS de lunes a viernes (laborables)El Licitador deberá obligatoriamente presentar una oferta por este concepto, que podrá limitarse a la que serealiza actualmente en el centro logistico y que se encuentra recogido en el punto 5 del apartado II.ADMlNlrmADOR <strong>DE</strong> INFRAE!3RUCiüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


Se otorgará un máximo de 2 puntos al mayor rango horario semanal ofertado por el Licitador sobre el actual delunes a viernes, laborables.Para determinar la oferta horaria semanal presentada, se sumará el total de horas ofertadas de lunes a viernesy se comparará con la realizada por los otros oferentes.V.T.,= 2 xOferta horaria semanal presentada de lunes a viernes (horas)Oferta horaria más alta (horas)b) Compromiso de prolongación de jornadas sobre los horarios ofertados (V.T.,)El Licitador podrá opcionalmente presentar una oferta por este concepto.Se considerará prolongación de jornada la prestación del Servicio de Manipulación de UTIS por encima de las 2horas ofertadas por el Licitador como hora de cierre.Se otorgará un máximo de 2 puntos a la oferta presentada por este concepto, siendo objeto de valoración lossiguientes atributos:Atributos compromiso prolongación de jornadaMáximo de Puntos otorgadosTiempo de antelación permitido para atender la solicitud del cliente (horas) 1,25Recargo de aplicación sobre manipulación atendida en prolongación dejornada (fIUTI)Mínimo de UTlS requeridas para atender la prolongación de jornada (UTIS) 0,250,50Cada uno de esos atributos será objeto de comparación entre los licitadores que presenten una propuesta,distribuyéndose los puntos de manera proporcional a la mejor oferta presentada en cada uno de los mismos.La presentación de propuesta por este concepto supondrá el mantenimiento de esta oferta por un mínimo de 2años.La prestación de este servicio figurará en la oferta de este servicio en la página web del Adjudicatario y deberáser comunicada por escrito al inicio del servicio, al menos a todas las empresas ferroviarias con certificado deseguridad en vigor.En el supuesto de que el Adjudicatario dejase de prestar esta mejora de la oferta del Servicio de Manipulaciónde UTIS, dentro del tiempo mínimo establecido, <strong>Adif</strong> podrá aplicar una penalización proporcional al tiempo quereste de compromiso por un máximo de 15.000 f.No obstante lo anterior, se existiesen causas justificadas y objetivas para REDUCIR o SUPRIMIR TEMPORALMENTE elcompromiso asumido con <strong>Adif</strong> y con los Clientes del centro logística, se podrá acordar no aplicar penalizaciónalguna por este concepto.1.2.2. Posición en relación a la cadena de transporte ferroviario (vT,)El Licitador podrá opcionalmente presentar en su oferta el compromiso de que ocupa, o se compromete aocupar, la posición de cargador, para contratar con una empresa ferroviaria el transporte de sus propiasmercancías o bien las mercancías de terceros siempre que, en este Último caso, estén legalmente autorizadospara intermediar en la contratación de estos transportes.El total de puntos asignados a este apartado es de 15 puntos.Este compromiso se verificará cada año del servicio y se deberá acreditar mediante la exhibición ante <strong>Adif</strong> delas cartas de porte, o documento equivalente, en las que figure el Adjudicatario como cargador del transporteferroviario, con origenldestino Murcia Nonduermas.El volumen mínimo anual a justificar se fija en un mínimo de 1.000 UTISIAño.El incumplimiento de este compromiso por parte del Adjudicatario supondrá la aplicación por <strong>Adif</strong> de unafacturación complementaria de 10.000 f.ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCíüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


1.2.3. Sistemas de información al cliente (vT,)El Licitador deberá contar con un Sistema de Información al Cliente destinado a la gestión de los servicios en lainstalación.Así mismo, el Licitador deberá contar con un sitio web específico, como mínimo en castellano e inglés, en elque se indiquen los compromisos de oferta comprometidos en la prestación del servicio licitado.La valoración de este apartado ser realizará sobre un máximo de 2 puntos y los atributos que serán objeto devaloración son los que se recogen a continuación, debiendo acompañar el oferente en su oferta la informaciónsuficiente que permita a <strong>Adif</strong> su adecuada evaluación.- La disponibilidad de información online de las UTlS que trate el prestador de los servicios,prestando especial atención a la información disponible sobre gestión de listas decargaldescarga del tren, información sobre gestión del equipo en la terminal con indicacióndel estatus en el que se encuentra, gestión de peticiones de AdmítanselEntreguense porpuertas, ... (1 punto).- Servicios de atención telefónica. (1 punto)1.2.4. Propuesta de implantación de procesos innovadores en la logística ferroviaria para lacaptación de nuevos tráficos. (VT,)El Licitador podrá opcionalmente presentar en su oferta un PLAN de implantación de procesos innovadores quele permita captar nuevos tráficos.La valoración de este apartado ser realizará sobre un máximo de 4 puntos y su apreciación se realizaráobjetivamente, en base a la propuesta de implantación de nuevos procesos que realice el oferente. Elcompromiso que adquiere el oferente será recogido en el contrato final que resulte de ser elegido comoadjudicatario de la licitación.El total de puntos de la valoración T~CNICA de la oferta será el resultado de la suma de los puntos obtenidos encada uno de los criterios anteriores, redondeados al segundo decimal.1.3. VALORACI~N GLOBALSerá la cifra que resulte, calculada en base a los criterios anteriormente indicados mediante la siguienteexpresión, redondeada a dos decimales:V.G. = V.E. + V.T.La Comisión de Valoración de <strong>Adif</strong> procederá a la apertura y análisis de la documentación de los sobres A, y B,con exclusión del relativo a la proposición económica sobre C, procediéndose a la calificación de ladocumentación técnica, con anterioridad a la apertura de las ofertas económicas.En caso de detectarse defectos materiales, errores u omisiones en dicha documentación técnica, se acordará lasubsanación de los mismos, en un plazo de tres días, procediendo a determinar las empresas admitidas a lalicitación, las rechazadas y las causas del rechazo.La apertura de las proposiciones económicas presentadas por los licitadores se llevará a cabo en el lugar, fecha yhora indicado en el anuncio de licitación.La Comisión de Valoración tras la valoración global de las ofertas presentadas elevará la propuesta deadjudicación que estime pertinente al órgano de contratación.Los eventuales empates se resolverán en primer lugar a favor de la mejor oferta económica de las incursas enigualdad de puntuación.De persistir el empate, se aplicarán por orden de importancia en cuanto a la mayor ponderación asignada en elconcurso, los criterios de valoración establecidos en el mismo.En último caso, la adjudicación se realizará por sorteo, entre las ofertas que hayan obtenido la mismapuntuación, una vez realizados los sistemas de desempate establecidos anteriormente.ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCiüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


" lireccibn Adjunta de Asaarfi Jut(di~<strong>Adif</strong> podrá declarar desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios deadjudicación que figuran en el pliego, o a otras causas que fuesen fundadas.Deberán constituirse las siguientes garantías:3.1. GARANT~A PROVISIONALSerá requisito necesario para acudir a la licitación el acreditar la constitución previa de una garantía provisionalequivalente a 6.525 f.La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de laadjudicación del contrato.Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta laadjudicación y de la proposición del Adjudicatario hasta la formalización del contrato.3.2. GARANT~A <strong>DE</strong>FINITIVAEn el momento de la firma del contrato, el Adjudicatario deberá acreditar ante <strong>Adif</strong>, mediante entrega deldocumento correspondiente, la presentación y depósito de una garantía definitiva de 80.575,OO €.Todas estas garantías, se constituirán mediante aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas deCrédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía Recíproca autorizados a operar enEspaña o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamenteestablecidas, de conformidad en el modelo normalizado que se acompañan en el Anexo no 3. No obstante, encualquier caso y en el supuesto de que el oferente decidiese no utilizar los modelos citados anteriormente,podrá depositarla en metálico o mediante cheque bancario favor de <strong>Adif</strong> por los importes señalados.El contrato se formalizará en documento administrativo. No obstante, podrá elevarse a ESCRITURA PUBLICAcuando así lo solicite el Adjudicatario, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso,el Adjudicatario se compromete a entregar a <strong>Adif</strong> dos (2) copias autorizadas y dos (2) copias simples de dichaescritura, dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha del otorgamiento.El Adjudicatario deberá presentar los justificantes de la garantía definitiva y del abono de los gastos del anunciode licitación, antes de la firma del contrato.En caso de ser adjudicataria una Unión Temporal de Empresas, deberá presentar toda la documentaciónadministrativa de la formalización de dicha Unión, antes de la firma del contrato.5. REGIMEN JUR(DICO <strong>DE</strong>L CONTRATOConforme a lo previsto en la Ley 3312003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas, lapreparación y adjudicación de este contrato se regirá por lo establecido en la Ley 3912003 de 17 de noviembredel Sector Ferroviario, en su Reglamento y en el Estatuto de <strong>Adif</strong>, aprobado por Real Decreto 239512004. Susefectos y extinción se regirán por el ordenamiento jurídico privado, las condiciones Particulares del Pliego y, enlo que no se oponga a lo dispuesto en el presente contrato, por el Pliego de Condiciones Generales de losArrendamientos de Edificación para Uso Distinto del de Vivienda, supletoriamente se aplicarán las normas delCódigo Civil.Para la resolución de cuantas cuestiones puedan derivarse de la preparación y adjudicación del contrato seráncompetentes los órganos del Orden Jurisdiccional contencioso-Administrativo. Las cuestiones derivadas de susefectos y extinción se atribuirán a los órganos del Orden Jurisdiccional Civil que resulten competentes conformeal fuero establecido en el Artículo 15 de la Ley 5211997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado deInstituciones Públicas.ADMINI~DOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCiüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


ubd~t~ccibn Adjunta de Asesoda JuridicaIV. EJECUCI~N <strong>DE</strong>L CONTRATO1. PERIODO TRANSITORIO PARA EL INICIO <strong>DE</strong>L SERVICIODadas las características del servicio que se licita, desde la Adjudicación de la licitación, hasta el inicio de laprestación del servicio, no podrá pasar un tiempo superior a DOS meses.Este periodo de tiempo se considerará nulo a efectos de facturación de RENTA FIJA MENSUAL, siendo de especialimportancia para conseguir la homologación del personal, si fuese necesario, así como la formación que serequiriese para el manejo de nuevas grúas móviles.2. FACTURACIÓN Y FORMA <strong>DE</strong> PAGOEl importe por cada uno de los conceptos contemplados se facturará mensualmente de acuerdo con lossiguientes criterios:a) Por disponibilidad del espacio, medios e instalaciones adjudicadosEn función de la Renta Fija Mensual ofertada, tomando en consideración las bonificaciones que pudieran ser deaplicación.b) Por uso del espacio, medios e instalaciones adjudicadosEn función del Precio Variable ofertado y de las UTlS efectivamente manipuladas por el Adjudicatario.Las UTlS manipuladas será el resultado de la suma de:- UTlS cargadas en los trenes que se vayan a expedir desde el Centro Logístico- UTlS descargadas en los trenes recibidos en el Centro LogísticoEl Adjudicatario entregará mensualmente al <strong>Adif</strong> el total de las UTlS manipuladas, dentro de los 3 primeros díasposteriores a la finalización del mes objeto de evaluación, indicando el modo de transporte de entrada y salidadel espacio gestionado por el Adjudicatario.En caso de que el Adjudicatario no realice la entrega del dato anterior, <strong>Adif</strong> podrá tomar el que haya controladopor sus propios medios o el del mes anterior facturado incrementado en un 20 O/O.Al final de cada año de ejecución se sumarán el total de rentas facturadas por <strong>Adif</strong> y se comparará con la RENTAM~NIMA indicada en la oferta. Si el importe resultante es inferior a la RENTA M~NIMA OFERTADA, se emitirá unafactura complementaria por este concepto.La forma de pago será mediante transferencia bancaria a treinta días desde la fecha de factura emitida.3. SEGUROSEl Adjudicatario se obliga a tener contratada con una Compañía de seguros de reconocida solvencia y concarácter previo a la firma del contrato, una póliza de seguros de daños y responsabilidad civil, en cuantíasuficiente y cuya cobertura ascenderá al menos a un 1.500.000 €, para cubrir los daños y responsabilidades quepuedan derivarse del objeto del presente Pliego, inclusive el daño ecológico y medioambiental que pudieraproducirse.Dicha póliza deberá estar vigente hasta la finalización del contrato pudiendo exigir el <strong>Adif</strong> en cualquiermomento la exhibición de los documentos que acrediten que el Adjudicatario se encuentra al corriente de pagode las primas de estos seguros.4. PUBLICIDA<strong>DE</strong>l importe de los gastos derivados de la publicidad de esta licitación deberá ser satisfecho por el Adjudicatarioantes de la firma del contrato.<strong>Adif</strong> se reserva las más amplias facultades de inspección respecto de los espacios, instalaciones y mediosarrendados. Dicha inspección se realizará por el personal que <strong>Adif</strong> designe al efecto, debiendo la empresa queresulte adjudicataria facilitar y10 aportar cuantos datos y10 documentos, que relacionados con el objeto delADMlNlSiRADOR <strong>DE</strong> INFRAE!7RUClüRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


-D.G. <strong>DE</strong> SEiw(gl8r 4 €{l#RrfsY PA~IMONIOSubdireccidn Adjuntr da Atesoda Jurídica1 Aadifpresente Pliego, le sean requeridos, permitiendo, en todo caso, el acceso del personal de I a ic asinstalaciones, y sin que ello genere responsabilidad alguna para <strong>Adif</strong>.La actividad a desarrollar por parte del Adjudicatario en el Centro Logística se adecuará al horario que hubierapresentado en su oferta para el Servicio de Manipulación de UTIS.El Adjudicatario deberá contratar el personal preciso para atender sus obligaciones. Dicho personal dependeráexclusivamente del Adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidadde empresario y deberá cumplir las disposiciones en material laboral, de Seguridad Social y prevención deriesgos laborales en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarsederecho alguno por dicho personal en relación con el <strong>Adif</strong>, ni exigirse a éste responsabilidades de cualquierclase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el Adjudicatario y sus empleados, aún en elsupuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolucióndel contrato.En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 17112004, de 30 de enero, por el que se desarrolla elartículo 24 de la Ley 3111995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia decoordinación de actividades empresariales, el Adjudicatario deberá establecer contacto con la personalsresponsablels de la Prevención de Riesgos Laborales del centro o centros en los que va a realizar el objeto delcontrato.Serán de aplicación los procedimientos operativos de coordinación de actividades empresariales P.O.P. 12, P.0.P16 y P.O.P. 17, en todo lo que no contradiga el presente pliego. (Anexo no 11).Si durante la vigencia del contrato fuera preciso, para la realización de la actividad, contar con una habilitaciónadministrativa, quien resulte Adjudicatario se obliga a su exclusivo cargo a obtener la habilitación que resultepreceptiva. Igualmente se obliga a que el personal o medios que vayan a prestar sus servicios en el ámbitoferroviario cuenten con la capacitación y habilitación, que resulten preceptivas según la normativa del sectorque resulte de aplicación, que les permitan la realización de sus funciones con las debidas garantías deseguridad y eficiencia.6. OBRAS <strong>DE</strong> PRIMER ESTABLECIMIENTO Y AMORTIZACI~N <strong>DE</strong> INVERSIONESLas Únicas inversiones obligatorias recogidas en la licitación, son las recogidas en el punto 6, apartado IILICITACI~N de este Pliego. No obstante lo anterior, cualquier inversión que se realizara correrá a cargo delAdjudicatario. Su amortización estará incluida en el precio ofertado y ésta se hará, de acuerdo con lo indicadoen el proyecto técnico, que deberá ser aprobado expresamente por <strong>Adif</strong>.En caso de ser aprobado el proyecto se realizará el protocolo correspondiente una vez que se haya verificado suejecución, donde se indicará el plazo de amortización previsto con garantías y que en ningún caso podrá sersuperior a la duración máxima prevista de DIEZ AÑOS en el contrato. La cuantía de inversión garantizada,determinada en función de la ejecutada, no excederá la de la inversión aprobada antes de la ejecución delproyecto.Si adicionalmente, la inversión aprobada por <strong>Adif</strong> y ejecutada por el Adjudicatario es superior a la cuantíaindicada en el punto 2 del Apartado 1, el Protocolo Adicional recogerá el plazo de amortización en función delcriterio de ampliación previsto en el mismo.El Arrendatario llevará a cabo las obras necesarias para la puesta en funcionamiento de la actividad a que sevaya a destinar la parcela arrendada, por su cuenta y a su exclusivo cargo, procediendo, además, alequipamiento del inmueble con cuantas instalaciones se precisen (suministro de energía eléctrica, agua, gas,etc.).Cuando el Arrendatario, previa autorización de <strong>Adif</strong>, realice por su cuenta y cargo obras que supusieraninversiones, ligadas al inmueble, tendrá derecho a ver garantizada la amortización que corresponda de acuerdocon las siguientes normas:- En el supuesto de que el contrato se resolviera o extinguiera anticipadamente por voluntad de<strong>Adif</strong>, y siempre que dicha extinción o resolución no sea por causas imputables al Arrendatario ose refieran a la causa de extinción establecida en la estipulación vigésima, apartado C, del Anexono 1 (pliego de Condiciones en era les) del presente pliego, éste tendrá derecho a percibir de<strong>Adif</strong> una indemnización. Esta se pacta como cantidad prefijada por la inversión realizada y losdaños y perjuicios que por dicha circunstancia se le pudieran ocasionar al Adjudicatario tendrácomo resultado el importe que resulte al aplicar al total de las inversiones fijas, ligadas alinmueble, no a la actividad y no desmontables la fórmula siguiente:ADMINISIRADOR <strong>DE</strong> INFRAE!TRUCiüRAS FERROVIARIASDirección General de Senricios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


Donde: Id, es el importe de la indemnizaciónIv, es el importe de las inversiones realizadas aprobadas por <strong>Adif</strong>.Mp, es el no de meses pendientes de transcurrir hasta el final de la amortización, deacuerdo con el plan de amortización autorizado por <strong>Adif</strong>.Du, es el plazo total en meses que dura la amortización, de acuerdo con el plan deamortización autorizado por <strong>Adif</strong>, recogido en el protocolo que se establezca, y que enningún caso será superior a 10 añosSi el tiempo transcurrido desde que se hizo la inversión es superior a la duración del contratoprevista, el importe de la indemnización será cero.- El Adjudicatario no podrá reclamar ningún otro tipo de indemnización.Para el cálculo de la indemnización será necesario que, a la terminación de la ejecución de la inversión, elArrendatario facilite a <strong>Adif</strong> las oportunas certificaciones de obra, facturas o documentos que acrediten de formasuficiente, a juicio de <strong>Adif</strong>, el coste total de la misma, desglosando el importe de las instalaciones móviles.En el caso de que el contrato se rescindiera por causas imputables al Arrendatario, éste no tendrá derecho alabono de cantidad alguna en concepto de indemnización por las inversiones realizadas, quedando las obrasrealizadas en beneficio de <strong>Adif</strong>.No obstante, en este caso el Adjudicatario podrá retirar del inmueble las instalaciones móviles y desmontablesen los 60 días siguientes a la comunicación de rescisión, renunciando a reclamar por este motivo, cualquierindemnización en concepto de daños y perjuicios.Ahora bien, una vez finalizada la duración del contrato, si las referidas obras interesasen a <strong>Adif</strong>, quedarán en subeneficio, sin que tenga que abonar por este motivo cantidad alguna en concepto de indemnización, pudiendoel Arrendatario retirar todas aquellas instalaciones desmontables de su propiedad.Si por necesidades de <strong>Adif</strong> para la realización de infraestructuras ferroviarias fuera necesario el inmueble hoyobjeto de la presente licitación, el Adjudicatario lo desalojará previa comunicación de 6 meses de antelación ala fecha de necesidad. Si se produjera este supuesto, <strong>Adif</strong> correrá con la amortización que quedase pendiente,de acuerdo con lo indicado en los párrafos anteriores.Las obras o instalaciones que el Arrendatario haya de realizar, quedarán siempre en beneficio del inmueble de<strong>Adif</strong> una vez extinguido el contrato, sin derecho alguno por parte del Arrendatario a contraprestación de ningúntipo; de igual forma, las obras e instalaciones llevadas a cabo por el Arrendatario no podrán ser aplicadas a lacompensación de cualquier desperfecto o deterioro que haya podido producirse en el inmueble y que se detectea la finalización del contrato.6.1. OTRAS OBRAS AUTORIZADASCuantas obras y10 instalaciones pretenda realizar el Arrendatario en el inmueble cedido deberán contarpreviamente con la aprobación por escrito de <strong>Adif</strong>, suscribiendo las partes, una vez aprobadas el oportunoprotocolo, aportando cuanta documentación sea precisa para la valoración de la misma.En el supuesto de solicitar la realización de obras, el Arrendatario se compromete a realizar por su cuenta y a suexclusivo cargo el proyecto constructivo, que deberá entregar a <strong>Adif</strong> para su aprobación en el plazo de un (1)mes a partir de la fecha de firma del contrato, quedando por tanto condicionada la validez y eficacia delcontrato, a la entrega por parte del Arrendatario a <strong>Adif</strong> del proyecto constructivo debidamente visado, y a laaprobación del mismo, por parte de los servicios técnicos de <strong>Adif</strong>.Dichas obras, en caso de ser aprobadas, será realizadas por cuenta y a cargo exclusivo del Arrendatario, enconsecuencia, éste será el responsable único de cuantos pagos de cualquier naturaleza, sean inherentes a laejecución de dicha obra, así como de la obtención y pago de todas la licencias, permisos y tasas que seanpreceptivos para la realización de dichas obras por parte de la Administración Local, Autonómica o Estatal y decuantas indemnizaciones se puedan derivar del incumplimiento de las disposiciones generales o particularesrelativas a la Seguridad Social, salud laboral, respecto de los operarios que destine a la ejecución de tal obra, yde todos los perjuicios y daños que se produzcan a terceras personas derivados de la ejecución de las referidasobras, debiendo igualmente cumplir todas las prescripciones relativas a la normativa de prevención de riesgoslaborales vigente.ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCllJRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


0.6. <strong>DE</strong> SERVI~IOS A CLIENTES Y PAllllMOHIOSubdirrccldn Adjunta de Asetorlr Jurídica6.2. PLAZO <strong>DE</strong> EJECUCI~N <strong>DE</strong> LAS OBRAS E INSTALACIONESLa ejecución de las obras descritas en los puntos anteriores deberá de comenzar en el plazo que se pacte.Si transcurrido el plazo citado en el párrafo anterior de inicio de las obras, éstas no se hubieran iniciado porcausas no justificadas a juicio de <strong>Adif</strong>, éste podrá resolver el contrato, quedando a su favor la garantía enconcepto de indemnización.El Arrendatario podrá solicitar la prórroga de los plazos establecidos para el inicio y finalización de las obras, queserá concedida por <strong>Adif</strong> en el supuesto que existan razones que justifiquen la demora en el comienzo de lasmismas, <strong>Adif</strong> podrá inspeccionar en todo momento la ejecución de las obras, para comprobar que las mismas seajustan al proyecto autorizado, sin que por dicha inspección o control pueda derivarse responsabilidad algunapara <strong>Adif</strong>. Terminadas las obras se levantará un acta donde se recogerán las instalaciones que se han realizado,la cual formará parte del presente contrato.6.3. MANTENIMIENTO Y CONSERVACI~N <strong>DE</strong> LAS INSTALACIONESEl Arrendatario queda obligado a realizar de su cuenta y a su cargo todos los gastos necesarios para elmantenimiento y conservación de las obras e instalaciones necesarias para la correcta prestación de losservicios, siendo causa expresa de resolución del contrato la dejación o negligencia en la ejecución de estasactividades.6. REFORMAS, CONSERVAC~~N, <strong>DE</strong>STINO.Se estará a lo establecido en el pliego de condiciones generales (Anexo no 1) y lo establecido en el presentepliego.7. CAUSAS <strong>DE</strong> RESOLUCI~N Y EXTINCI~N.El contrato que a tal fin se establezca, recogerá, al menos las siguientes condiciones que podrán ser causa deresolución del mismo.a) Por necesidades del servicio ferroviario o cuando resulte necesaria dicha parcela para poder cumplir conuna disposición gubernativa o de cualquier autoridad de la Administración Pública en base a ladeclaración de utilidad pública, o de interés general, o en caso, de que pueda verse afectada la parcelacomo consecuencia del cambio de uso que pueda producirse por modificación del Plan de General deUrbanismo.En estos casos, <strong>Adif</strong> comunicará al Adjudicatario por escrito la extinción del contrato con una antelaciónde seis meses respecto de la fecha en que debe producirse dicha extinción, comprometiéndose elAdjudicatario, en este supuesto, a dejar libre y expedita a favor de <strong>Adif</strong> dicha instalación dentro de esteplazo, sin que por ello le corresponda indemnización alguna, salvo las especificamente recogidas en elpunto 5 del Apartado IV.b) Por destinar el inmueble a actividades distintas a las contempladas en el presente contrato y noautorizadas previamente por <strong>Adif</strong>.c) Por que el Adjudicatario estuviera al descubierto en el pago de la renta o de cualquiera de lascantidades cuyo pago hubiera asumido o correspondiera al Adjudicatario.d) Por la realización en la instalación cedida de obras no autorizadas, o en el caso de que hubieran sidoautorizadas por escrito por <strong>Adif</strong>, una vez ejecutadas no se ajustarán al proyecto autorizado, o por laubicación de nuevas instalaciones sin contar con la preceptiva autorización por escrito de <strong>Adif</strong>, o elproyecto constructivo no se entregue en el plazo acordado, o las instalaciones no se comiencen arealizar, o no se finalicen en los plazos acordados en el presente contrato.e) Por no suscribir y10 estar al descubierto en el pago de los seguros previstos en el presente contrato, oinfringir o no observar estrictamente la normativa sobre funcionamiento y seguridad en el inmueblecedido.f) Por no encontrarse en posesión de las autorizaciones y licencias necesarias, para el ejercicio de laactividad, o estas fueran denegadas, suspendidas o retiradas. Por la imposición de una sanciónadministrativa grave en relación con el ejercicio de la industria o actividad que lleva a cabo elAdjudicatario.g) Por ceder, traspasar, subrogar y subcontratar sin contar con la correspondiente autorización de <strong>Adif</strong> porescrito.ADMINISIRADOR <strong>DE</strong> INFRAESIRUCIURAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


I0.6, <strong>DE</strong> SRRVIClOS A CLltllt# Y PAtRlMOYlOSui~dinccidn Adjunta dr Awrorlr lurldiuIk* 1h) Por la falta de prestación del importe de la garantía, y, en su caso, la falta ae reposición de la misma.i) Por la falta de calidad reiterada en la prestación de los servicios, evidenciada por los clientes por susquejas o reclamaciones.j) Por incumplimiento de la prestación de servicios en condiciones de objetividad, transparencia y nodiscriminación a los clientes.Por la falta de confidencialidad, en los referente a los servicios prestados a las empresas, obligándose amantener dicha confidencialidad, tanto durante el plazo de vigencia del contrato como después de suexpiración, salvo en aquellos aspectos que hubieran pasado al dominio público o fuere notoria pormedios ajenos a las partes. La obligación de confidencialidad alcanza no solo a los empleados, sino alos colaboradores que participen en la actividad.1) Por la falta de un mínimo de actividad ferroviaria de 5.000 UTISlaño, si se produjese durante dos añosconsecutivos.En todos los supuestos contemplados, excepto cuando se haya previsto de forma expresa en el PCP un plazodiferente, <strong>Adif</strong> notificará al Adjudicatario la necesidad de corregir las causas de posible resolución en un plazode tiempo de 30 días.Serán causa expresa de extinción las siguientes:a) La subcontratación del servicio, sin autorización previa de <strong>Adif</strong>.b) Por acuerdo de ambas partes, que deberán, manifestar por escrito alegando causa justificada ycon una antelación no inferior a 6 meses respecto de la fecha en que deba producirse susefectos. En este caso, se establecerá escrito de extinción donde se recogerán, además de lascausas que lo justifican las condiciones económicas de dicha extinción.c) Por petición expresa del Adjudicatario, antes de la finalización del contrato. En este caso, elAdjudicatario se verá obligado al abono a <strong>Adif</strong> del importe de SEIS MENSUALIDA<strong>DE</strong>S <strong>DE</strong> RENTA, enconcepto de penalización por abandono anticipado del contrato.8. EFECTOS <strong>DE</strong> LA RESOLUCI~N Y UCTINCI~N.A la finalización del contrato, cualquiera que sea la causa de su extinción tanto por finalización del plazo comopor resolución anticipada, el Adjudicatario deberá dejar el espacio y las instalaciones del centro logístico libre yexpedito, a disposición de <strong>Adif</strong> y en las mismas condiciones en que le fueron entregadas.Los gastos que se originen por el levantamiento de las obras o instalaciones correrán a cargo del Adjudicatario,pudiendo <strong>Adif</strong> ejecutar subsidiariamente los trabajos que no haya efectuado el titular con cargo a éste. El meroretraso en el abandono de las instalaciones conllevará una penalización por la cantidad de 600 e por cada díade retraso a contar a partir de la fecha de finalización del contrato, pudiendo ejecutar <strong>Adif</strong> la garantíaestablecida al efecto.No obstante lo anterior las partes podrán acordar, con una antelación mínima de SEIS meses a la terminacióndel contrato y mediante un acta de reconocimiento, el mantenimiento de ciertas obras, materiales, equipos einstalaciones tanto desmontables como no desmontables; elementos que revertirán gratuitamente y libre decargas a <strong>Adif</strong>.Una vez resuelto el contrato, <strong>Adif</strong> tomará posesión de los bienes e instalaciones, pudiendo solicitar a lasempresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas y telefonía, la suspensión del correspondientesuministro.Igualmente, <strong>Adif</strong> no asumirá ningún tipo de obligación laboral o económica del titular de la adjudicación,vinculada o no a la actividad objeto del contrato, incluyendo los contratos de trabajo que pudiera haberconcertado el Adjudicatario para el ejercicio de su actividad empresarial, sin que en ningún caso puedaentenderse que la entrega de las instalaciones y medios, implique la sucesión de empresas prevista en elartículo 44 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores."ADMINISiRADOR <strong>DE</strong> INFRAESiRUCiURAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logísticos


<strong>PLIEGO</strong> <strong>DE</strong> <strong>CONDICIONES</strong> GENERALESADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCNRAS FERROVIARIASDirección General de Servicios a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logírticos


ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAmRUClllRAS RRRWlARlASDirección General de Se~lclos a Clientes y PatrimonioDirección de Servicios Logisticos


P R m r CAPACIDAD JURIDICAw orrrndamiodtuludd~tr8fouuaitocon~~~~~ddmd iaiaplenicqmddjurldia y de obnr, dcm(i, eckrl obcmer las amapondiente8 m o n aaáminim'vas para W I h r ia actividad r Ir que se vaya a kúinu cl lod ureadPdo.s . .....SEG-A.- PUMUDAD üE ARRENDATARIOS,.................. - -. .....................6n cl tupucsto de ser vario5 los dtarios, se entimdb que PCtJUl caqjunu y.mliduiuncnic, itii#tindo a cdr uno de elloa por entero lu obliycioncr qoeamjuntunmae mmm. Si uno O varios de los umúaurios doristh del amtmto ofdlaeicn, el unndiniaito quedará fntegnmaúc vi8cnteác la mmnm, sininisrnnción de los herakms del fallecido, que no se conskmrán mtinuadaca de btea los efectw del contrato. EJbs amnMds notifiad a f d i m rmodificridn habid&Ir -R v i odel ?m.rtuids fdkddol8 se excluye expm8men~ la lplicaddn del ut. 33de la Ley 2911994, de 24 de mvicnrbrc, de Arrendamientcu Urbanos (en ;idclui(c, WU).TERCERA.- NORMATIVA APLICABLELma aniendnmiurtos p m uso dkiinto dc vivienda en que m pnm la Red N.rcionrl delos Ferrounifu Espdíolcr (RENFE), se rcgidn par sus condiciones pMicutnry por el prcsmts pliego de condidqnes pnuaka. En su defecto par ias nonw de laLAO de rtlrtivu a armuiamiencos pon ub distinto de v ivid cuya aplidbn no seaa~up expnsSment. a este pl~opuiiculrrer. SupletoNmuite. por la normas del Cbdiw Civü.de ~ i ~ ~ < o en ~ LI ~ ~~n~cionag ~ ~ t t


CUARTA- OBJETOQUINTA.- OBRAS <strong>DE</strong> PRIMER.GSTAbLECI[MIENTO Y AMORTtZACION <strong>DE</strong>El urendriuio I M a cabo iu obni neccurirr para Ir puwb en funcionamiaito deIR mividad a que se vaya r destinar el locai uiwidido, procediendo, a&m& idequiparnimio del I d con cunniu instakiom se @rsn (uiminisao de cmg6dtcuia, agua, gas. rsfngd6n, colefrcci6n, m.) de muerdo, todo elk, con elproyecto que, al efbcto, dcber4 aprobar RENFE, en d plpui amvenida en lar amdkbmparticulares; cn el supueao de que d anmdatPrio no lleve a wbo las obras meneianduen cl plazo estipuiado, podrá RENFE dar por muclto el amaato pmío comuniceción' uaiu al esle sentido.ia cjd6n &'las obnr te IlcvPtil a cabo bajo la rupaviribn de RENFE, si bicn dichafunción de supervisión en ningdn -caso eximid de rwponrPbilidad dímdatuia o a quien lleve a cabo las obras por las defectos o fallos que pwduiderivarse de la ejecución o wtPdo & .las mismas.Lu obnu o inril- que d arrendatario haya de dtll,. quedadn siemprebeneficio de RENFE una vez extinguido el contralo, sin derecho alguno por pula dC1lvnndatvio a canm~ión de ningJn tipo; de igurl forma, lor obras c instahcionerllcvrdu r cabo por el orrcndaiatio no podnúi ser rpliadu r la compensación decuaiquier derperfecio o deterioro que'hrya podido producirse en el local y que se delec&a la finaiizacibn dd contrato.


l..i.i- '! .......Sielamndatuíorsrl~potwcucn~yarpobnreadWypnviirutorit#bn& RñNFB, quc supiirkrpn imenios#,tuperiarrr cihco lninons & preou,'tmdd. dcrcchoa~v,u~~~ttPdrItam~qwcotlcspondr&acusrdom~.rriyieniaiYHrrm:. . . m - . ........de apm, gas, decaiddad, rtFrigmci6n, ulthcdíh, e&),' tc acradiuiin por dmdabrio mediante 1s pn#ntacibn a RENFE de las cuíiflcreionts áa obn uiandiai efecto o, ea su aio, mediante fapum o docummtos nificjmta a juicio de RENFE,debiendo debina lu subvenciona o ayudas públiai y prlvrQI recibiáas........- ... ..*. . -.. .-A -. .- ............... . .-~Momirvl6n&cWinwnbnol.rrd~melplu~quors~mclcondicionado particular, e~adihbe que si antes de dicha fecha opin d nadrnrioai su actividad por ulinción dcl plPu, contnctiral o por necesidadea de ia cxpW6nfcrrwiaria, Wrá derecho a percibir pw #di uno & Iw sñor qw le miea pui.elindicdo ttmiino, una aqtidad Igual al porcentqje dd viki de las indicodrii inwionaquc se ieb en las awidiciones pwiculuu.RENFE se mrva el dmcho de exigir d mnduuio,li diueibn de lu obm de.nfcmna que drnc nca~an'as, en cuyo mo. el ~~ndptnrio podrá apgr por llcvarias acabo o bien por munciar al con-iio. Será obliptorio, rin embargo, efeauu IiinsUlhci6n o myom de los smicios de mcgifonfa o, cualuquicm otros de rDcnci6n dviljan, cuando el loal esté situado dentro de los Ilmites da una Estación, salvo que qcdisponga otra cosa en el pliego de andlchm pdculu#.Las obras de adapiación o reforma que puedan @su los laalu o ias inslrlneianer,incluyendo. h dacanci6n, pvimenlación, e&., serán de la exclusiva cuenta y cugo delarrendatario y, en ningln caso, podrin menoscabar o alterar la seguridad del edifwio delque el lomi o las inltalicioneo formm parte.


Cwrdo el MMdltMo, p01 propia iniciativa, pmcda UCMf a cabo Obrp) & mfolllll omjat aamdicionamienio, debud obtenio, nec~s~rimWIb, Ir uiewizpcióny &tide RENFE, debiado acompañar 8 tu blici~ el proyecto y presupueslo de las &#a~i.hs mejoras que m l lk a cabo, una vez wtinguido el contnb, quab411 m bareCidode RñNFE, sin qw el unndrilruio imga derscho r indemnización alguna por alacanccpo; & ipud fonni, las obm e instllaciona Uevuba 8 crk, p r el unndrtvio M,podrán iiw aplicabu 8 t compenrocidn de cualquier daperfecto o dtierim que hayapodido producirse en J local y que se dclscte a lo findiadb del mimo. ,Dunnte Ir vigencia del contrato, el ~ t o i í cuidad o de la conrerviEión del kcJ einstaladonea objeto del mismo, para lo que efecnurt por tu cumh y cargo tdpc iasrcpsuaciones que fuesen nccworias pan^ ello, a?rl'cmmo lu obns de previrih que multenconvenientes poro evitar cualquier género de dJlo o nwnosabo en el inmueble.S1 el arrendatario dviriiuc la neceíidrd de mpureionsr urgentes debed podo enconocimiento de RFWE a la mayor .brevedad,El ~rrendatario está obliydo a consentir que RENFE lleve a cabo, en el loal objeto delcontrato, las obras que exija el servicio general del inmueble y permitirá, llegado d caso,el depósito m dichos loales de las hernmiaiirs y materiales necesarios para ello, ulcomo la entrada y permanencia, durante el iikpo preciso, del persona qw haya deejemiar las &m.Serán de cuenta y cara0 del arrendatario loda$ aquellw liccn* o permim nocerPnoapara la ejecución de cuantas obh de primer establecimiento, reforma o con-rsrpiso llevar a cabo a ci 1-objeto del contrato.


1Se excluye upniomenis la npliaciai dd m. 30 en rslrción con el m. 21, ambo8 de IrUU.l.i 'El urrndrtuio debed destinar el lo4 unndrdo r Ir dddque se especifique:!.. en el amdicioirPdo prrtiaikr, qwbndo iecrn/nan~& prohibido d uoa pur vivida,!, ......-...- ........ -. _ .. - ......... - -_.depbtlro 6 dmcbcenarnienlo de acuios qw.*no #rn propiar o dccuador de la wivibda -iPr;'G-tt6-POr'....ni'".:.mmo -..Queda expcP~mte prohibido ai uiadiluio WIW d laai a uio o rdrldid distintade 19 pmada en el condicionado porirculu. a1 incumplimiento & lo uituh wñnccemdqmte caum de iuol~ión del maica ya que ambu parta lo amddenn deesencid y como Jcmuitd determinank de ia fónnacidn del mmtimiato ycoum da mismo.NOVENA.- SECURO <strong>DE</strong> INCENDIOS Y ,DAOS EN GENERALEltomará a su cargo, durante la vigencia dd mm, una pdlin de squmde incendios y driios en garcrnl, a coniratar cm una enliáad aseguradora de is#niocldasolvencia, que deberá garantizar, tn c m de rinksuo, el abono de la indemnización .'conedpondientc, y de la que RENFE #rO beneficiaria en su totalidad, con cadctcrexclusivo, a cuyo fin se le designará como ta1.en la póliza que u suscriba.En este sentido, el arrendatario uittylrrb m.RENFE un aemplar de la p6lito que su-4 efecto, co el plazo máximo de treinta dfu contados dede la firma dd contrato,debiendo abonarlas primar dd stguro, ummo ésta sobre el que RENFEpodd exigirle la opoftuna justificación siempm que lo consickre ntcuuio.


ello releve ai urrndr(uio, en ningdn aro, de la oblibn que k incumbe & rmnlum. --- -- .*.-..---.+-..----..h..-. ., .-- L......... .,. *.pmdujaui gasioe de importe niprior r Ir indernnIrrciQ pdbida, tl unndrtPrioasumid e) pgo de la diferencia.'-. . . . .Cuando un incendio o desperfecto -oen el local objeto del aoncnio rfcdan a edcpridaicirs de RENFE, el unndrtuio rerpondai de ter 6i30s o d ~ o d o lmundos. S hubtm mp0nsabilid.d por su pur y ia pdlln &m m cubriera a sutotalidad el importe de trlu despdeetor.El local objeto del contrito habrá de identificarse desde el exterior. situando en su frludro fachadaa rótulos cuyo tamaño y di& debc.ser expmmante rprobrdo por RñNFE.UN<strong>DE</strong>CIMA.- <strong>DE</strong>RECHOS <strong>DE</strong>L ARRENDADORRENFE se reserva d derecho a visitar los laah y r examinar lu inrtnlEcim.Asimismo padd c o m la ~ vipencia de las aulorizrciast comspodicn~ y &m6documentacibn of~al del eslablecimienlo, pudiendo para ello mabar la incpccciai da losorganismos ofkdea qompetailes.


La renm, que sed k que librenuice estipukn lu puta. se rbonorá por el rrnnbtulopor trimestres anticipado8 o por pedodos distinto8 qw. le pacten ai ias condkiw~paniculucr, dentro de los si- @m#w dlu noaurk, del prima mer Q adr períodode pp, m d lupi y forma que se indique ri el odkmado pniailu..... . . ... >.-:. .... - .. ... . . . . . . -. .. . - . - -.. .En ningJn cpro rc entender611 incluidos ar h renta pactad8 el impwta &fe el valorMi& o cualquier bLFO imputaO o pmvrmen de @do tipo que pudiera imponme a elfuturo, oJI como el CM& de loa ruminimr de agua, gas, luz, teiCfom, e&, que RENFürepucutirá de forma dibhciadr y por loa cmccpm prscituba Odemlr & Ir mu a hque dude el párafo prlm..Igurlmma RENFE repwcutid al armdai8rio el cae del impi#to sobre Bicna!nmuebles que rdb sobre el local objeto de ~ i6n.<strong>DE</strong>CIMOTERCERA.- ACTUALIZACION .<strong>DE</strong> LA RENTA PACTADAEn dcfscto de lo cstipulpdo al respecto por las paria m el coridionado puticulu, lara*i acrá actualizada P 1 de ano de adi dio ncd¡mte i ipliuci6n a L rataoomespondhte a la anudh url#.iot de la vinKián porcentual apcrimentaár por elIndice General Nacional del Sima de Indica de Precios ai Conwmo en ei período ddaño miud anterior, hmando como refcrwlcia el Qltimo lndicc aplicado.


Purdiup~deIrpriinero~~,rll~IrIsdir&nviridnrdaidrciiclpáwafo aaiuios, Ir wh rs ddqliando la vubch poir;cnwl dd ldlceGuienl Nadonai del Sistema de lndicea de Preciol i1 Consuma amapdsnb Jperíodo en qw el -batoba eslado vipie, tomando cono mea de r dda d queconupandr al Jldmo fndicc qw atuv&m publla& a Ir fwha de ceidmdh delcontrato, y en la# ~ V el que M comrpondi 8i dlrimo qiiado.Adminirtncionss Pilblicu, el c h temporal o definitivo dd recinto ferroviario, tdrl oparriolmtc, ad como la variPci6ai dd servicio feriiovluio, con el conrigdmte aumentoo disminución dei vifioo de vi&msdci lugar donde se hubieslc ubicPdo Jutnbkcjmiento, no afmtu4 en ningdn modo a una p-ida v&i de Ir miapmada o ws poswbm ~incionw, excluybidwe expmmmte la podbleapliabilidnd de n~lu qm. fawliai d oumenlo o disminudbii de la mes libiemaitcconsennuda.<strong>DE</strong>CIMOCUARTA.- FIANZAPoro la fonnalizaci6n dJ oontnto, el am&dabrio ckúwá ditar ia prrrtrddn ydepósito de la ruin* que qula el artículo 36 de la LAU m Ir forma establecida por lolcgisiaddn atad y auion6mia vigcaic en lo materia.A pmir &I quinto año de vigencia del contrato, el amndatorio deberá octuaiizuandmenle dicha fianza hacerla kquivdcnte al importe de dos mensualidades de brenta vigente,


Ademir de la fhro a que ie ba hsdio refdcia d Ii diululr anterior, d lfnn&Éuioadd q+ hria eolili~ 1. miía que se detemine cn JU ~ici0(1u pwiwiamdcloaiuuo,puo~deleudoytrbrlwmpiimian~~dcl~uti~contenidu en d mismo, efsctuhddo medime rnl o Wto en meillico.Di& #uuiU1 dicianrf debe4 mM.ierre tus4 h dndb k todar Iw d-jurídica del mnmto y estará rREa al buen fin dd mmda@~to ad como d pgo dc,M,P .M.irri o,G ina --&-ej .BC


<strong>DE</strong>CIM0SEPTfMA.- EXCWSION <strong>DE</strong>L D-O <strong>DE</strong> ADQUISlCJONPREFWlENTE Y ?ROHiBICION <strong>DE</strong> CESIONEJ urrndrtuio no podd der. traspar ni rubunndu'por ningdn título k finaanendrdi rin tl conreniirnienio expraso y &lo Q RENFE. ia cesión, bupuo osubPmardo incanreniidoi' wrin causo wfidaite pan 'lo itsdución del mmrto deSe excluyt expmuncns la 8piiiión dcl artículo 32 da Ir UU.Se excluye igualmtc d derecho de dquiiaón pref-tarclaeión & el ut. 2S de la UU.previsto en tl art. 31 ai<strong>DE</strong>CLM0CTAVA.- SUSPENSION <strong>DE</strong>L CONTRATOCwndoIaejecucidn&obrasend local vnnddoocn Irwaddn orccintod#ide&cse halle ubicado, P C O por ~ una auloridad compdmtc, o por RENFE m knefkh delmkio pdblico fdario,hyan impibie si nmndslvio el desanoiio de su ccdvidrden el I d , iendd.tsia derecho a optar entre uispcnder.el conboto o desistir del mismo,sin indemnización de nin~uni clase.ía suspensión del contrato supondri holia la kmninación de Iú obras, Ir puollzación delplazo del contraía y Ia suspenaidn de Ii obligación dd pago de la renu. No obstante,reiniciado el' controto, se computani el tiempo franscu~ pnm la actualización de Irreno conforme a los bareimw que establezca el contrato o, ai su defecto, es& pliego dccondiciones guicrrrles.


SDe la misma forma, pur el siipuerao de urendirnhm dm iocak ubicados en mabiertas al ptlbiico' y cai WCO femhrio, RENFE o h mboRdod iPdminitmeiva. competenb, cuanóo b,demurdai o ooonrQen Ir exploeeión o cl dcio pdblioofemiuio, podrP acodar el &m lanponl de Ir aon lo8 tninnor eWo8uprudas en el párnfo anlcrior.<strong>DE</strong>CIMON0YPIA.- REW)U)CION <strong>DE</strong>L CONTRA'IUa) ia falta de pago de Ir renta o, en su ato, de curlquian de lb cantidodi# cuyo Piphubi asumido o mmspondicn al urend.ario.C) LO Taita de prqtación de las @uandas didodes ppcudu y, en ru aro, la Nm hreposición de. ias niirmu.d) ia falta de cokrhim en el ~gum a que se dere la cláusula nov«u, ya sea originariao sobrevsnida.e) No deltiniir d anmdahrio el bcai a h actividad upmamuite poctodi.Q h rcaJiuci6n.m el local de actividades mal&,ilfcitas.inrilubnr, nocivas, peligmsaa og) La imposición de una sanción dminidraiiva grave m pli@$~ con e) ejercicio & bindustria o actividad que lleve a cabo el unndP@o en el lod.


i)LÍ~bn&djbrm~pdOId~~t~~~~l~ñll~,~&OblPl~~mpr el vrrnddor cuuiQ pea narsPrSo su oonsentimimb (ej. hu rdPciandu con eiaspac(otxlsrnoddkcilm~conel~toZsrrwiir0).1) La admisión a btnitc óei expediente de yrpadón de paga, de -'aucabms o dt quiebra dd amndrtuio.dern)~bstmccMn onrirtrncirporpuiedtlunndPwiocn nlaciónconhridivhhi~&úsu, la Jiwk undécima del presente pliego.n) Incumplimiento de o& obligrcianes contemplada en d pliego de condicionapaniculpter.V1CESIMA.- EXmClON <strong>DE</strong>L CONTRATOAdemb de por las nslrnta uusaa conlempladaa m esic pliego, el coiitmlo &amndamiarm de extinguid por:a) Tnnrcum del plam de vigencia contrpctuilmente esimblacido o del pr8visto p8curlquiaa de sus pr6rrogas.


Lk@o el &mino mtMurl, el mmto se pmmgad dciuiMnte por peibdoianuolu de no meditu -viso cm unr.ui(slaci6n da al muun quina días nitunttr r Irfecha de urpinadn del tbmino tk vigericia del .contra@ o del de cualquiera de wsprbnoyc. Dicho pviw deberá rePliz8rse de forma fehciair.Para el caso en que RENFB hubierc pnrvirodo Ir firrPliPción del «wiw y, 1- Qtsa su término, J dtubno hubb dqdo libre y r di@cióo de RENFE d )oalcedido, adema de dmrcitar Qtii ditima las acdoncd kgrlu i q¡¡ hubim lugar m dascho' Eoidúcci,w :-&,c.-&& -w-.Ta'k Y 'ocasionados a Ir mima asckiden como mínimo al importe ¿e Iaa funzu le@ yconmctualmtc consliiuídru qw, por tanto, RENFB podd ejecutar, Wi que db seaobsdculo para una posterior nclamacidn de los daíios y p#juicior tuimentc hgaáoaen la puic qw exceda dd impaie de las citadas garantíasiSe excluye expresamente Ir aplkaciiai del artículo 'jl de Ir IAU.b) Faildmlarto.l Ir persona física arrsndrúvia ch cuyo &o m excluye la sub&barnoriis causa del M. 33 LAU o, dirducidn de la'ptrsona jurídica amdrinna.c) Pérdida del . local . mendado por causa no impuiable a RENFE.d) Ciun definitivo del recinto femiario o del lugar donde re hallue ubicudo el loai,acord@o por RENFE o por la autoridad dminisirsitiva competente, cuando dloobadecieae a las espaciolu necesidades de la 8-h ylo expbtación dci rcrvicio púbUcoferroviario, al inlds pilblico o a las demh cawu referidas en d clwsuldo de es&piiego.e) Cualquier oho que aco- las paria.


6n ninguno de lar cuor previsto# al esa &usula ccndril el mdatnrio &echo rindemnización dgitna, sin duicio & lo pmirto ai Ir.cláurulo quintm en mlmb deamorthd6n de invasiones.VICESIMOPR~MGRA.~ COMPEmJcUDe iicom:co"j,. 1.e 'M. e&,' . -.. && a; , di.Y.& dC"icuiirienra Ci vil..w..B *..-. -1W1992 de Medidas Urgmta de Reforma Ptocsril, y ddr la naiunltsa de E nWElturl de 'Derecho PdbEm puc orrta.RBrn wdn ei m. 175.1 (o Ii by &Ordcnacib de los Tmsporier TunUrw y ul. 1 de) RD 12111994 de 28 de amo,aprohcorio de su EstPUiu,, el conocimimto y r&lucibm dc cuantos litilios m ddnn derciaciones amndaliciu regiladas por este pliego dcberá suswciarse ank los JuzsoQIy Tribunaies que lerigui su stde en las capiults de provincia.

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