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www.anglogoldashanti.com.coEn todos nuestros proyectos se realiza separación en lafuente de los diferentes tipos de residuos generados, cumpliendoasí con el debido almacenamiento y posterior entregaa gestores autorizados.Hoy en día las empresas mineras NO son libres de realizarcualquier actividad durante la etapa de exploración.Si bien en esta etapa no se realiza un Estudio de ImpactoAmbiental, la legislación sí requiere diferentes tipos depermisos ambientales relativos al uso y aprovechamientode recursos naturales otorgados por Corporaciones AutónomasRegionales. Además, en los casos en los cualesel título minero se encuentra total o parcialmente en unaReserva Forestal, otorgado por Dirección de Bosques delMinisterio, se requiere obtener una sustracción temporalpara llevar a cabo los trabajos exploratorios.Sin embargo, en AngloGold Ashanti consideramosque la legislación debería contemplar un proceso delicenciamiento ambiental para la etapa de exploraciónminera que unifique y complemente los actuales procedimientos.Esto permitiría una valoración más integralde los impactos ambientales que resulten de lasactividades de exploración.Si bien en la etapa de exploración, los impactos ambientalesson mínimos, la valoración en un solo trámite de todoslos requerimientos para adelantar dichos trabajos le permitiráa la autoridad ambiental hacer una evaluación másintegral de los proyectos. La generación de un instrumentode control ambiental a las actividades de exploraciónminera es una necesidad del sistema nacional ambiental,ante los innumerables proyectos en marcha y muchos sincontrol. La exploración en etapas avanzadas al igual quecualquier actividad genera impactos que pueden debenser controlados por el Estado y mitigados y compensadospor las empresas.Sobre páramos y parques naturalesAngloGold Ashanti Colombia no realiza ni realizará trabajosexploratorios en áreas excluidas de minería.Los contratos de concesión otorgados a la compañía fueronsuscritos con la autoridad minera antes de la Ley 1382 de 2010que prohibió la minería en áreas de páramo. En títulos en zonasde paramos no hemos desarrollado actividades de exploraciónminera.En el año 2011 la compañía manifestó a la Autoridad Minera lanecesidad de efectuar los recortes de áreas con superposiciónde páramos. Se presentaron las solicitudes para cada casoante a la autoridad minera y a la fecha están en trámite en elcatastro minero los recortes correspondientes.Adicionalmente, en la zona correspondiente al título GLN-0948 17 de enero de 2014COLOMBIA

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