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PARTE II – EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS ... - ICAO

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Parte <strong>II</strong> <strong>–</strong> Explotadores de servicios aéreos Manual del inspector de operaciones SRVSOP<br />

Volumen <strong>II</strong> <strong>–</strong> Administración técnica de explotadores de servicios aéreos<br />

Capítulo 10 <strong>–</strong> Sistemas de información meteorológica<br />

Centro mundial de pronósticos de área (WAFC) o del Centro regional de pronósticos de área (RAFC)<br />

que corresponda.<br />

3. Exposición verbal, consulta y presentación<br />

3.1 A las tripulaciones de vuelo u otro personal de operaciones de vuelo se les suministra, a<br />

petición, exposiciones verbales o consultas. La exposición verbal consiste en un comentario oral, ya<br />

sea directamente formulado por una persona en el aeródromo de salida, por medio de una grabación<br />

en cinta o por terminales de computadora para exposición automática; cuando se utilizan grabaciones<br />

en cinta, se transmiten normalmente por teléfono o por medio de un equipo de televisión en circuito<br />

cerrado. La consulta consiste en una conversación personal que incluye preguntas y repuestas.<br />

La finalidad de la exposición verbal o de la consulta es proporcionar la última información disponible<br />

del tipo que se describe en el punto 2.4 de esta sección, sobre las condiciones meteorológicas existentes<br />

o previstas a lo largo de la ruta que se ha de seguir, en el aeródromo de aterrizaje previsto y<br />

en todo aeródromo de alternativa que sea necesario.<br />

3.2 Para vuelos supersónicos o vuelos de bajo nivel, la exposición verbal y la consulta deben<br />

incluir la información que cubra los niveles de interés particular para esas operaciones. Además de<br />

los fenómenos meteorológicos que puedan afectar todas las operaciones de vuelo, debe hacerse<br />

mención especial de los fenómenos que probablemente puedan afectar las operaciones supersónicas,<br />

tales como la posición y extensión vertical de nubes de desarrollo vertical, turbulencia y precipitación;<br />

en el caso de vuelos a bajo nivel, incluyendo los que se realizan siguiendo las reglas de vuelo<br />

visual, deben mencionarse la niebla y otros fenómenos que causen reducción extensa de la visibilidad<br />

por debajo de 5 000 m, además de las nubes que puedan afectar el vuelo.<br />

3.3 Para ayudar a los miembros de las tripulaciones de vuelo y otros interesados en la preparación<br />

del vuelo y para su utilización en la exposición verbal y consulta, las oficinas meteorológicas<br />

de aeródromos exhiben también informes y pronósticos de aeródromo, información SIGMET y AIR-<br />

MET y aeronotificaciones especiales no incluidas en SIGMET, así como mapas y cartas meteorológicas,<br />

incluyendo imágenes obtenidas por medio de satélites meteorológicos e información de radares<br />

meteorológicos emplazados en tierra.<br />

4. Documentación de vuelo/métodos de presentación<br />

4.1 Por documentación de vuelo se entiende normalmente la información escrita o impresa<br />

que se proporciona a los miembros de la tripulación de vuelo antes de la salida y que llevan consigo<br />

en el vuelo. Para vuelos de más de dos horas, debería comprender:<br />

a) vientos y temperaturas en altitud;<br />

b) fenómenos meteorológicos significativos en ruta previstos y, si procede, alturas de la tropopausa<br />

y corriente de chorro;<br />

c) pronósticos de aeródromo;<br />

d) informes de aeródromo e informes especiales seleccionados sobre los aeródromos de destino,<br />

los de alternativa en ruta y de destino para vuelos a grandes distancias y los que se hacen con<br />

control de operaciones centralizado, conforme se haya establecido mediante acuerdo regional<br />

de navegación aérea;<br />

e) información SIGMET y aeronotificaciones especiales apropiadas en una distancia correspondiente<br />

a las dos primeras horas de tiempo de vuelo e información SIGMET sobre nubes de<br />

cenizas volcánicas y ciclones tropicales en toda la ruta; e<br />

f) información AIRMET para vuelos de poca altura.<br />

4.2 La información para los vuelos de hasta dos horas de duración, debería comprender información<br />

sobre:<br />

a) vientos y temperaturas en altitud;<br />

b) fenómenos meteorológicos significativos previstos en ruta;<br />

Primera edición P<strong>II</strong>-V<strong>II</strong>-C10-22 01/01/2013

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