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se requiere mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno del número legal de miembros(independientemente del número de asistentes a la sesión). Art. 47.2 LRBRL En asuntos de más trascendencia (alteración del término municipal o del nombre y capitalidad delMunicipio; creación, modificación o supresión de entidad local menor y delimitación del términomunicipal) hace falta la Mayoría Cualificada que es la mayoría de dos tercios del número dehecho, que es el número legal de miembros menos las vacantes y además que estos dos tercios nosea inferior a la mayoría absoluta. En los casos de constitución de Concejo Abierto es necesaria la Mayoría cualificada especial queson las dos terceras parte del número legal de miembros2. Clases de votaciones.Las votaciones podrán ser: Ordinarias, son las que se manifiestan por signos convencionales de asentimiento o disentimientoo abstención: levantarse, alzar la mano, etc. Nominales, que se realiza leyendo el Secretario la lista de los miembros para que cada uno, al sernombrada diga “sí”, “no” o “abstención”. Para efectuarse este tipo de votación, debe acordarlo elPleno mediante votación ordinaria. Secretas, mediante papeleta, que sólo se utiliza para elección o destitución de personas.La ausencia de uno o varios miembros una vez iniciada la votación equivale a abstención. En casode empate, se efectuará una segunda votación, y si continua el empate decidirá el voto de calidaddel Presidente.Sobre las propuestas que pueden ser sometidas al órgano corporativo podemos distinguir:• Dictamen, propuesta sometida a Pleno.• Proposición.• Moción, propuesta directa al Pleno, oral o escrita.• Voto particular, propuesta de modificación de dictamen por algún miembro.• Enmienda, propuesta de modificación sobre un dictamen o propuesta siempre por escrito.ACTAS Y CERTIFICACIONES DE ACUERDOS.A. Actas.a) Concepto. Para la válida adopción de acuerdos se precisa que se levante acta de la sesión. Elacta es el documento público, solemne y auténtico redactado por el Secretario donde se recogen losacuerdos adoptados por el órgano en el curso de la sesión, el resultado de las votaciones y lasincidencias que hayan tenido lugar durante aquella. Podrán utilizarse medios mecánicos para latranscripción, medianta hojas móviles. No serán válidos los acuerdos que no consten en dichoslibros.b) Contenido.En las actas deberán figurar los siguiente datos:1. Lugar de la sesión, con la comprensión del nombre del Municipio y local en que se celebra.2. Día, mes y año.3. Hora en que comienza.4. Nombre y apellidos del Presidente, de los miembros presentes, de los ausentes que se hubieranexcusado y de los que falten sin excusa.5. Carácter ordinario o extraordinario y si se celebra en primera o en segunda convocatoria.6. Asistencia del Secretario o de quien legalmente le sustituya, y en su caso, del Interventor.7. Asuntos examinados, opiniones resumidas de los grupos o miembros.8. Votaciones.9. Contenido de los acuerdos que se adopten.10. Incidentes que se produzcan.11. Hora en que el Presidente levante la sesión.

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