12 o Lunes 31 de marzo de 2014TodasmilenioInmujeresSeguridad socialAlertan reforzar ahorro parael retiro de trabajadorasjesús quintanarAnte la inminenteaprobación de la LeyUniversal de Pensiones ySeguro de Desempleo enel Senado, las mexicanasque cuentan con unaAfore deberán estar másatentas a sus finanzasy buscar el ahorrocomplementarioLic. Jesús Estenio López López*Los principales beneficios dela Ley Universal de Pensionespara quienes tienen unaAdministradora de Fondospara el Retiro (Afore) sonque pagarán menos comisión. LasAfores estarán obligadas a cobrar 75%de la comisión más baja del mercado.El usuario de una Afore solo podrácambiarse a otra que le ofrezca mayoresrendimientos y para quienes incrementensus aportaciones voluntarias, por cadapeso, el gobierno aportará 20 centavoscon un tope de 300 pesos al año.Entre las sugerencias para reforzar lasfinanzas personales están:•El ahorro complementario.•Seleccionar la Afore que ofrezca mejoresrendimientos y atención.•Seleccionar Planes de Finanzas Personalesque les den mayor seguridad,así como mayores rendimientos.Derechos establecidos en la Ley paralas personas con Seguridad SocialLa Ley del Seguro Social, en su Artículo4º, establece el Instituto Mexicano delSeguro Social (IMSS) es el instrumentobásico de la seguridad social y garantizaa los trabajadores hombres y mujeres,así como a sus beneficiarios legales, laatención médica-hospitalaria y farmacéutica,las prestaciones económicaspor riesgos ocupacionales y por enfermedady maternidad, los serviciossociales necesarios para el bienestarfamiliar, pero sobre todo, reconoce elderecho de los trabajadores hombresy mujeres a disfrutar de una pensióndigna, cualquiera que sea el motivoque la origine.El Artículo 25 de la Declaración Universalde los Derechos Humanos, aprobaday proclamada por la Asamblea General delas Naciones Unidas el 10 de diciembrede 1948 establece: Toda persona hombreo mujer tiene derecho a un nivel de vidaadecuado que le asegure, así como a sufamilia, la salud y el bienestar, y en especialla alimentación, el vestido, la vivienda, laasistencia médica y los servicios socialesnecesarios; tiene asimismo derecho a losseguros en caso de desempleo, enfermedad,invalidez, vejez u otros casos depérdida de sus medios de subsistenciapor circunstancias independientes desu voluntad.La maternidad y la infancia tienen derechoa cuidados y asistencia especiales.Todos los niños, nacidos de matrimonioo fuera de matrimonio, tiene derecho aigual protección social.La Ley Federal del Trabajo en sus Artículos2º y 56, prevé igualdad sustantivade los trabajadores y trabajadoras frenteal patrón, sin que existan diferenciaspor motivo de raza, nacionalidad, credoreligioso o doctrina política.La empresa y/o patrón se convierte enun sujeto obligado ante la Ley del SeguroSocial, se obliga a registrar en el IMSS asus trabajadores.El trabajador tiene el derecho a exigira su patrón que lo registre ante el SeguroSocial.El trabajador asegurado (a), así comosus beneficiarios legales, adquieren elderecho a registrarse en la Unidad deMedicina Familiar que le correspondamás cercana a su domicilio.El trabajador asegurado en elIMSS, tiene derecho a las prestacionesen dinero y en especie delos Seguros siguientes:
www.milenio.comInmujeresLunes 31 de marzo de 2014 o13TodasSeguros queAmparaEnfermedades yMaternidadRiesgos deTrabajoInvalidez y VidaRetiro, Cesantíaen Edad Avanzaday VejezGuarderías yPrestacionesSocialesDe acuerdo con la LEY DE INFONAVIT,tienen derecho a las prestacionessiguientes:•Crédito para la adquisición en propiedadde casa habitación.•Crédito para la construcción de vivienda.•Crédito para la reparación, ampliacióno mejora de la vivienda, y para pago depasivos adquiridos por cualquier de losconceptos anteriores.Requisitos para tener derechoa la Pensión de Cesantía en EdadAvanzada o Vejez:•Tener cumplidos 60 años de edadPrestaciones en DineroAl TrabajadorIncapacidad Temporal parael Trabajo “ITT” (Subsidio)Incapacidad Temporal parael Trabajo “ITT”(Subsidiohasta por un año)Incapacidad PermanenteTotal “IPT”.- PensiónIncapacidad PermanenteParcial “IPP” PensiónIncapacidad Permanentepara el Trabajo.-LSS 1997Incapacidad Permanentepara el Trabajo.-LSS 1973Pensión% del SBC60 %100 %70 %•Hasta 25 %•De 25 a 50 %•De más de 50 %35 %Artículo167LSSArtículos167 LSSPrestaciones a los hijos de lastrabajadoras aseguradas o bien. A loshijos de trabajadores viudos(Pensión de Cesantía en Edad Avanzada)•Tener cumplidos 65 años de edad(Pensión de Vejez).•Tener cotizados en el IMSS comomínimo 500 semanas de cotización(9 años 07 meses aproximadamente).•En el momento de iniciar el trámite,estar en baja del IMSS.•Estar vigente la Conservación de Derechos,equivalente a una cuarta parte del tiempode cotización reconocidas por el IMSS.Nota: En caso que el asegurado tenga 60años de edad y no reúna las semanas decotización mínimas, podrá retirar el saldoacumulado en su Cuenta Individual en unasola exhibición o seguir cotizando hastaPrestacionesen Especie AlTrabajador yBeneficiarios•AsistenciaMédica,Quirúrgica yFarmacéutica,•Servicio deHospital,•Aparatosde prótesisortopedia, y•Rehabilitación•Servicio deGuardería paralos hijosSBC:-Salario Base de Cotización en el que se encuentra registrado en el IMSS,Fuente: Ley del Seguro Social 1973 y 1997.cumplir las semanas cotizadas necesariaspara que tenga derecho a su pensión.Factores que se consideran paradeterminar el monto de la pensión:•Total de Semanas Cotizadas Certificadaspor el IMSS.•Salario base de cotización promediode las últimas 250 semanas cotizadas.•Edad del asegurado (60 a 64 y 65 años),de acuerdo con la tabla:Nota: De causar baja del IMSS a los 60 añosde edad 06 meses y un día cumplidos, elporcentaje de la cuantía de la pensiónserá el que se otorga a los 61 años, es deciraplicará 80% y así sucesivamente para losaños siguientes.Asignaciones familiares:Esposa (o) o concubina (rio)=15% del montode la pensión,Hijos hasta 16 años de edad o hasta 25 siestudian en el Sistema Educativo Nacional:10% del monto de la pensión,A falta de esposa (o) ,concubina (rio), hijo,los ascendientes =10% del monto de la pensiónAyuda asistencial, si el pensionado (a) notiene familiares citados en el apartado anterior,el pensionado (a) recibirá 15% del monto dela pensión por concepto de ayuda asistencial.Monto de la pensión a que puede aspirarun pensionado(a):•Mínimo= 2,186 pesos mensuales (PensiónMínima Garantizada).•Máximo=56,000 pesos mensuales,Recibirá a su vez aguinaldo, equivalente aun mes de la cuantía mínima de la pensión(2,186 pesos o 48,695 pesos respectivamente).Recuperación de fondos acumuladosen su Cuenta Individual queadministra la AFORE respectiva:Cuando una persona hombre o mujer sepensiona, tendrá derecho recuperar losfondos acumulados en su Cuenta Individualcorrespondiente a las subcuentas siguientes:•Retiro 1997.- Son aportaciones para suretiro acumulados del periodo primero dejulio de 1997 a la fecha.•SAR IMSS 1992–1997.- Son aportacionespara su retiro acumulados del periodo del 1de marzo de 1992 a 30 de junio de 1997.•Fondo de ahorro para vivienda.- Sonaportaciones acumuladas del periodo 1de mayo de 1973 al 29 de febrero de 1992.•SAR INFONAVIT 1992-1997.- Son aportacionesacumulados del 1 de marzo de1992 al 30 de junio de 1997.•INFONAVIT 1997.- Son aportacionesacumulados del 1 de julio de 1997. T*Socio fundador del Despacho Jesús EstenioLópez y Asociados, S.C. de 1972 a la fechahttp://estenio.com.mx/, @JesusEstenioAños de Edad en el Momento de Causar Baja del IMSSConcepto60 61 62 63 64 65% de la Pensión 75 % 80 % 85 % 90 % 95 % 100 %Iniciativa SenadorasSeñalan como violencia negarascensos al sector femenilLegisladoras buscan erradicar la segregaciónlaboral establecida en función de género y no en lascapacidades personales, así como tipificar también elhecho de exigir certificados médicos de no embarazopara poder laborarSenadora Lisbeth Hernández Lecona*El pasado 11 de febrero, un grupode senadoras integrantes delPartido Revolucionario Institucional(PRI), presentamosla iniciativa con proyecto dedecreto que reforma el artículo 11 de la LeyGeneral de Acceso de las Mujeres a unaVida Libre de Violencia, con la finalidadde contribuir a erradicar la violencialaboral hacia la mujer.Abordar el tema de la lucha por el empoderamientode la mujer y, consecuentemente,de la equidad de género no soloimplica referirnos al movimiento internacionalde las mujeres, que se conmemoraanualmente en todo el mundo y que hasido auspiciado por la Organización de lasNaciones Unidas; este asunto traspasa lacelebración y se convierte en un acto deconsciencia en el que la sociedad y el poderpúblico debemos asumir la obligación deplanear y ejecutar acciones en beneficiodel reconocimiento de los derechos de lasmujeres; favoreciendo su participación enla vida política y económica, generandolas condiciones de mínimo bienestar paragarantizar su máximo potencial.Nuestro país, ha obtenido importanteslogros respecto al trato igualitariode hombres y mujeres, actualmente lapoblación femenina no limita su papelal desempeño de las tareas del hogar,pues día a día se incrementa el índicede mujeres que acceden a niveles másaltos de escolaridad además de quienesse incorporan a la vida laboral fuera delentorno doméstico, por diversas razones,entre las que se encuentran principalmentela adquisición del status de jefas de familiaque las obliga a ser partícipes y agentesproductivos en la economía mexicana.La modificación de los roles societariosentre hombres y mujeres, han ocasionadoque la edad para contraer matrimonioes cada vez mayor, que la mujer seinvolucre cada vez más en la planificaciónde los hijos y que cada día sean ellas quienestoman las decisiones de la vida política yrelevantemente de su vida. Sin embargo,falta mucho por hacer por este sector, querepresenta un poco más de 51% de la poblacióntotal de México, ya que continuamosviviendo en un entorno en el que es palpablela violencia, dominación y discriminaciónen contra de la mujer por parte del hombreen diferentes ámbitos, como el laboral.