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Anejo 8 - Objetivos medioambientales y exenciones

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En consecuencia, todas las nuevas actuaciones declaradas de interés generalcuentan con dicho informe de viabilidad, elaborado de acuerdo con la sistemáticaestablecida por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Losinformes comprenden los siguientes elementos de información:a) Datos básicosb) <strong>Objetivos</strong> de la actuaciónc) Adecuación de los objetivos de la actuación a lo establecido por la legislacióny los planes y programas vigentesd) Descripción de la actuacióne) Eficacia de la propuesta técnica para la consecución de los objetivosf) Viabilidad técnicag) Viabilidad ambientalh) Análisis financiero y de recuperación de costesi) Análisis socio-económicoj) ConclusionesPuesto que el alcance y grado de detalle de los informes de viabilidad cubren y enparte superan los requerimientos del artículo 39 del RPH, no es necesario realizar unanálisis adicional para la justificación de nuevas modificaciones o alteraciones.3.6.2.2 Otras nuevas modificaciones o alteracionesCuando una nueva modificación o alteración no corresponde a una obra declaradade interés general, se comprueba mediante un procedimiento específico si secumplen las condiciones definidas en la normativa.Por lo general, el análisis se realiza a la escala de masa de agua, pudiéndose agruparvarias masas de agua cuando la justificación se refiere a un conjunto de masas.29

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