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Anejo 8 - Objetivos medioambientales y exenciones

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El procedimiento a seguir en el establecimiento de objetivos dará prioridad a lasprórrogas en los plazos frente a la determinación de objetivos menos rigurosos.Dicho procedimiento se ajustará al esquema siguiente:a) Se hará una propuesta inicial de objetivos <strong>medioambientales</strong> en todas lasmasas, de acuerdo con el sistema de clasificación del estado o potencial ycon el principio de no deterioro.b) Se estimará el grado en que cada masa se aleja de cumplir esos objetivos en elaño 2015 de acuerdo con el escenario tendencial y se analizarán las medidasadicionales básicas y complementarias necesarias.c) Si las condiciones naturales permiten la consecución de los objetivos en plazo,se realizará una evaluación de si estas medidas son factibles y proporcionadasen cuanto a plazo y coste para alcanzar los objetivos.d) Si no se puede alcanzar los objetivos en plazo pero se pueden implantar lasmedidas y alcanzar las mejoras necesarias antes del año 2021 o, en su defecto,en el año 2027, se fijarán estos años como plazo.e) Si no es tampoco posible alcanzar los objetivos en dichos años por razones defactibilidad o por el coste desproporcionado de las medidas, se analizará siexiste una opción ambientalmente mejor para obtener los beneficiossocioeconómicos o ambientales que atiende la actividad que genera elincumplimiento de objetivos. Si existe se valorará si esta opción tiene costesdesproporcionados y si no los tuviera se planteará para alcanzar los objetivos.f) Si no es posible alcanzar los objetivos en plazo y no existe otra opciónambientalmente mejor, se establecerán objetivos menos exigentes para el año2015.3 Metodología para la definición de objetivos <strong>medioambientales</strong>3.1 IntroducciónLa metodología utilizada para la definición de los objetivos <strong>medioambientales</strong> se basaen la normativa reflejada en el apartado anterior, así como en una serie dedocumentos de carácter no normativo, entre los cuales cabe citar los siguientes:La metodología seguida se basa en la normativa reflejada en el apartado anterior,apoyada en una serie de documentos de carácter no normativo, entre los cualescabe citar los siguientes:WFD CIS Guidance Document No. 1 – Economics and the Environment.WFD CIS Guidance Document No. 2 – Identification of Water Bodies.WFD CIS Guidance Document No. 3 –Analysis of Pressures and ImpactsWFD CIS Guidance Document No. 4 – Identification and Designation of HeavilyModified and Artificial Water Bodies.WFD CIS Guidance Document No.6 Towards guidance on establishment of thecalibration network and the process on the intercalibration exercise.WFD CIS Guidance Document No.5 – Overall approach to the classification ofecological status and ecological potential.WFD CIS Guidance Document No. 20 – Exemptions to the EnvironmentalObjectives.4

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