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Anexo A - Poder Judicial Tucumán

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Los antecedentes serán valorados por el Jurado examinador, de conformidad a lasconstancias acompañadas.Artículo 11.- Las deliberaciones y conclusiones del Jurado se decidirán por la mayoría devotos, sin perjuicio de las disidencias de las que alguno de sus integrantes deseare dejarconstancia.Artículo 12 - Recusación.- Los miembros del Jurado pueden ser recusados con causa ydeben excusarse en los supuestos que el Código Procesal Civil y Comercial lo prevé paralos Magistrados, dentro de los 2 días de publicados los nombres en la página Web del <strong>Poder</strong><strong>Judicial</strong> <strong>Tucumán</strong>.Orden de MéritoArtículo 13.- Las calificaciones de los concursantes se determinarán sobre la base de lasumatoria de la puntuación obtenida en las etapas de Prueba de Oposición, Valoración deAntecedentes y Entrevista, de acuerdo a lo cual el Jurado elaborará fundadamente dosórdenes de mérito: uno con los concursantes inscriptos para cubrir las vacantes deSecretario/a de Concursos y Quiebras del Centro <strong>Judicial</strong> Capital y otro con los inscriptospara cubrir las vacantes de los Centros <strong>Judicial</strong>es de Concepción y Monteros. Este podrá serobservado -durante los dos días hábiles siguientes a la publicación- por motivos formales ysólo respecto de los errores materiales y/o inobservancias de formalidades delprocedimiento cumplido.Sobre las observaciones producidas se correrá traslado por dos días, sicorrespondiera, y luego se expedirá el Jurado en el plazo de tres días. La apreciacióntécnica del mérito es irrecurrible en sede administrativa.Artículo 14.- Finalmente el Orden de Mérito será girado a la Corte Suprema, la quedispondrá la realización de los exámenes preocupacionales, consistentes en exámenesmédicos y Psicológicos, previos a la resolución final.Los exámenes psicofísicos consistirán en un examen psicológico a cargo delGabinete Psicológico de la Dirección de Recursos Humanos y un examen físico que sellevará a cabo en la oficina de Peritos Médicos Oficiales y se completará con los estudioshospitalarios.La aprobación de ambos exámenes constituye un requisito indispensable y excluyentepara el ingreso a la Institución.

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