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AVISO BCI DEPOSITO EFECTIVO 27/11/12 ...

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Santiago, <strong>27</strong> de noviembre de 20<strong>12</strong>A los partícipes del “Fondo Mutuo Bci Depósito Efectivo”, Administrado por Bci AssetManagement Administradora General de Fondos S.A. y al público en general:Se informa a los partícipes del “Fondo Mutuo Bci Depósito Efectivo”, administrado por Bci AssetManagement Administradora General de Fondos S.A. que conforme a lo instruido por laSuperintendencia de Valores y Seguros, se han incorporado modificaciones al texto delReglamento Interno y Contrato de Suscripción de Cuotas del mencionado fondo, que dicen relacióncon lo siguiente:I.-Reglamento Interno:a) En el numeral 4.1 “Contrato de Derivados”, de la Letra B. “Política de Inversión yDiversificación”, se modifica el primer párrafo referente a la celebración de contratos dederivados, limitando la celebración de dichas operaciones solamente a los contratos deforwards de moneda y tasas de interés e instrumentos de renta fija, en mercados locales.b) En el numeral 2. “Remuneraciones de cargo del fondo y gastos, de la letra D “SeriesRemuneraciones, Comisiones y Gastos”, se modifica el penúltimo párrafo, relativo a losgravámenes tributarios por las ganancias u otras rentas obtenidas por las inversiones delfondo, haciéndolo consistente con los instrumentos en los que el fondo se encuentraautorizado a invertir. Adicionalmente, se elimina el último párrafo que hace mención a loscostos futuros que se cobren por la inversión del partícipe.c) En el numeral 3. “Plan Familia” de la letra E. “Suscripción, rescate y valorización decuotas”, se modifican las condiciones establecidas para el plan familia de fondos que dicerelación con el cobro o no cobro de comisiones para las transferencias que se efectúenentre fondos o series de un mismo u otro fondo mutuo, resumiendo las distintos casos enque proceden o no proceden dichas condiciones.d) En la letra F. “Otra información relevante”, se elimina la cláusula transitoria contenida en elnumeral 5. de dicha letra.II.-Contrato de Suscripción de Cuotasa) En el numeral 2. “Comisiones de Cargo del Partícipe”, de la Cláusula TERCERA, seprecisa el momento en que se cobrará la comisión de colocación, quedando éste “almomento del rescate”.b) En el numeral 3. “Gastos”, de la Cláusula TERCERA, se modifica el penúltimo párrafo,relativo a los gravámenes tributarios por las ganancias u otras rentas obtenidas por lasinversiones del fondo y el último párrafo agregando la página web www.svs.cl como fuenteadicional, para que el partícipe conozca el reglamento interno del fondo.


Conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, las modificaciones introducidas al reglamentointerno y el contrato de suscripción de cuotas del fondo, comenzarán a regir a partir del décimo díahábil siguiente, contado desde la fecha de su depósito en el “Registro Público de Depósitos deReglamentos Internos y Contratos de Suscripción de Cuotas de Fondos Mutuos” mantenido por laSuperintendencia de Valores y Seguros, esto es a partir del 7 de diciembre de 20<strong>12</strong>. Desde lafecha del depósito y hasta la fecha de entrada en vigencia de las modificaciones, los partícipes delfondo tendrán derecho a rescatar las cuotas que hubieren suscrito antes de que rijan esasmodificaciones, sin que se les aplique deducción alguna por concepto de comisión, si la hubiere.Si usted necesita mayor información sobre estas modificaciones y adecuaciones señaladas, lerecomendamos comunicarse directamente con su Ejecutivo de Inversión Bci quien le indicará conmayor detalle éste y otros aspectos que le permitan resolver sus eventuales consultas. Si loprefiere, también puede comunicarse con nuestro Centro de Inversión Remoto llamándonos a losnúmeros (2) 2 692 79 00 o al 800 200 207; o bien, escríbanos a bciasset@bci.cl.En la presente publicación se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1.- de laCircular N° 2032 de 20<strong>11</strong> de la Superintendencia de Valores y Seguros.Saluda atentamente,Gerardo Spoerer HurtadoGerente General

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