seguridad_maquinas_2016
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3.7. RIESGOS DEBIDOS A LA CAÍDA O PROYECCIÓN DE OBJETOS<br />
Cuando exista el riesgo de caída de objetos o de proyecciones deberán existir dispositivos<br />
protectores, de acuerdo al Real Decreto de máquinas y del Real Decreto de equipos de<br />
trabajo.<br />
Este requisito esencial tiene por objeto evitar los riesgos de lesiones por contacto generados<br />
por la caída o la proyección de objetos desde la máquina tales como piezas o fragmentos<br />
de piezas, virutas, residuos, productos incandescentes de soldadura, líquidos de corte, partículas<br />
abrasivas, etc. Las medidas a adoptar para este requisito coinciden en gran medida<br />
con las adoptadas para el requisito de rotura, pero el concepto es distinto ya que el punto<br />
anterior se centraba en la rotura de la propia máquina y en este caso nos ocupan los materiales<br />
con los que se trabaja.<br />
La idea general de diseño y de fabricación de máquinas es evitar la caída y la proyección<br />
de objetos hacia las personas. Sin embargo, cuando ello no pueda lograrse totalmente,<br />
deberán adoptarse las medidas de protección necesarias. Si detectamos que nuestra máqui-<br />
Foto 14: si la situación del taller es como la reflejada en la foto, tendría que evaluar las proyecciones.<br />
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