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seguridad_maquinas_2016

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3.7. RIESGOS DEBIDOS A LA CAÍDA O PROYECCIÓN DE OBJETOS<br />

Cuando exista el riesgo de caída de objetos o de proyecciones deberán existir dispositivos<br />

protectores, de acuerdo al Real Decreto de máquinas y del Real Decreto de equipos de<br />

trabajo.<br />

Este requisito esencial tiene por objeto evitar los riesgos de lesiones por contacto generados<br />

por la caída o la proyección de objetos desde la máquina tales como piezas o fragmentos<br />

de piezas, virutas, residuos, productos incandescentes de soldadura, líquidos de corte, partículas<br />

abrasivas, etc. Las medidas a adoptar para este requisito coinciden en gran medida<br />

con las adoptadas para el requisito de rotura, pero el concepto es distinto ya que el punto<br />

anterior se centraba en la rotura de la propia máquina y en este caso nos ocupan los materiales<br />

con los que se trabaja.<br />

La idea general de diseño y de fabricación de máquinas es evitar la caída y la proyección<br />

de objetos hacia las personas. Sin embargo, cuando ello no pueda lograrse totalmente,<br />

deberán adoptarse las medidas de protección necesarias. Si detectamos que nuestra máqui-<br />

Foto 14: si la situación del taller es como la reflejada en la foto, tendría que evaluar las proyecciones.<br />

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