seguridad_maquinas_2016
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mantenimiento (se van a encontrar protecciones donde antes no había nada); o, entre otras<br />
muchas cosas, al plantearse la compra de una máquina, será necesario decidir entre comprar<br />
una máquina más cara pero que cumple más fielmente la legislación, u otra más barata<br />
pero que quizá no asegure el cumplimiento y el ahorro lo podemos perder por un accidente.<br />
Es fundamental que en este proceso de compra y utilización de máquinas intervenga decididamente<br />
el empresario y/o la dirección de la empresa.<br />
Durante el proceso de selección de la máquina, se tendrá en cuenta la idoneidad de la<br />
documentación recibida, y si la forma de controlar los riesgos descrita por los respectivos<br />
fabricantes es la más adecuada o no. Seleccionar una máquina para que sea segura puede<br />
resultar complicado para un profano, y evidentemente cuando la máquina tenga cierta complejidad,<br />
será necesario el asesoramiento de un experto.<br />
La empresa compra una máquina fabricada después del 1 de enero de 1995 en un país<br />
que no es de la Unión Europea.<br />
En este caso, es el representante de ese fabricante en la Unión Europea quien debe facilitar<br />
al comprador la declaración CE de conformidad, el manual de instrucciones y la máquina<br />
con el marcado CE conforme a la Directiva 2006/42/CE o al RD1644/2008 que traspone<br />
dicha Directiva, en el supuesto de que se comercialice por primera vez en la Comunidad<br />
Europea con fecha posterior a 29.12.2009.<br />
Si la empresa compró esta máquina anteriormente al 29.12.2009, los requisitos que debe<br />
exigir son los de Directiva 89/392/CEE o RD1435/1992.<br />
Comprobaciones básicas de SEGURIDAD EN MÁQUINAS para su puesta a disposición de los trabajadores<br />
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