PLAN NACIONAL DE
PLAN_NACIONAL_DE_RESTAURACI%C3%93N_2
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<strong>PLAN</strong> <strong>DE</strong> ACCIÓN<br />
A nivel financiero<br />
las estrategias de<br />
restauración del<br />
Plan Nacional<br />
de Restauración<br />
pueden<br />
convertirse en<br />
autosostenibles.<br />
Para lograr una exitosa gestión en la generación e implementación de las acciones<br />
de restauración que conlleven al mejoramiento de los servicios ecosistémicos, se<br />
adoptarán, en la medida de lo posible, las estrategias propuestas en el Plan Nacional de<br />
Restauración con un horizonte de 20 años, con seguimiento continuo y evaluaciones<br />
periódicas al finalizar cada fase, debido a la complejidad que implican los procesos de<br />
restauración. Adicionalmente, es importante a lo largo de la implementación del Plan<br />
Nacional de Restauración garantizar la participación de la sociedad civil en cada uno<br />
de sus ámbitos de acción, de esa manera se reconocerá la reciprocidad en cada uno<br />
de los procesos y se contribuirá a su subsistencia en el tiempo.<br />
El Plan Nacional de Restauración será la línea de partida para la inclusión de<br />
las diferentes estrategias identificadas (restauración ecológica, rehabilitación y<br />
recuperación) como parte del reglamento de los recursos del Sistema General de<br />
Regalías y los fondos que lo conforman, el Fondo de Compensación Ambiental - FCA,<br />
entre otros que se reglamenten por el Gobierno Nacional, a partir de la priorización<br />
que surja en la primera fase de implementación. De igual manera, será la base<br />
metodológica para determinar medidas de compensación en áreas objeto de cambios<br />
de uso del suelo en proyectos, obras o actividades sujetas a licenciamiento ambiental<br />
o permisos de uso de recursos naturales, incluyendo una reglamentación para el<br />
manejo de contingencias que ocurran a lo largo del ciclo de vida de estos proyectos.<br />
A través de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos se<br />
promoverá la socialización del decreto reglamentario del tema de pago por servicios<br />
ambientales, en el que se asegure que las áreas de interés adquiridas para acueductos<br />
municipales sean destinadas a proyectos de restauración (restauración, rehabilitación,<br />
recuperación). Asociado a lo anterior, se promoverán iniciativas de conservación de<br />
áreas de protección y la reglamentación de procesos productivos de alto impacto<br />
(ganadería, agricultura, minería), y la identificación de componentes del sistema<br />
natural que no son recuperables ni compensables, con el fin de extender mayores<br />
medidas de protección y controlar la degradación.<br />
La implementación del Plan Nacional de Restauración estará a cargo, entre otras,<br />
de las CAR y las Autoridades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos, quienes<br />
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