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PLAN NACIONAL DE

PLAN_NACIONAL_DE_RESTAURACI%C3%93N_2

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<strong>PLAN</strong> <strong>DE</strong> ACCIÓN<br />

A nivel financiero<br />

las estrategias de<br />

restauración del<br />

Plan Nacional<br />

de Restauración<br />

pueden<br />

convertirse en<br />

autosostenibles.<br />

Para lograr una exitosa gestión en la generación e implementación de las acciones<br />

de restauración que conlleven al mejoramiento de los servicios ecosistémicos, se<br />

adoptarán, en la medida de lo posible, las estrategias propuestas en el Plan Nacional de<br />

Restauración con un horizonte de 20 años, con seguimiento continuo y evaluaciones<br />

periódicas al finalizar cada fase, debido a la complejidad que implican los procesos de<br />

restauración. Adicionalmente, es importante a lo largo de la implementación del Plan<br />

Nacional de Restauración garantizar la participación de la sociedad civil en cada uno<br />

de sus ámbitos de acción, de esa manera se reconocerá la reciprocidad en cada uno<br />

de los procesos y se contribuirá a su subsistencia en el tiempo.<br />

El Plan Nacional de Restauración será la línea de partida para la inclusión de<br />

las diferentes estrategias identificadas (restauración ecológica, rehabilitación y<br />

recuperación) como parte del reglamento de los recursos del Sistema General de<br />

Regalías y los fondos que lo conforman, el Fondo de Compensación Ambiental - FCA,<br />

entre otros que se reglamenten por el Gobierno Nacional, a partir de la priorización<br />

que surja en la primera fase de implementación. De igual manera, será la base<br />

metodológica para determinar medidas de compensación en áreas objeto de cambios<br />

de uso del suelo en proyectos, obras o actividades sujetas a licenciamiento ambiental<br />

o permisos de uso de recursos naturales, incluyendo una reglamentación para el<br />

manejo de contingencias que ocurran a lo largo del ciclo de vida de estos proyectos.<br />

A través de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos se<br />

promoverá la socialización del decreto reglamentario del tema de pago por servicios<br />

ambientales, en el que se asegure que las áreas de interés adquiridas para acueductos<br />

municipales sean destinadas a proyectos de restauración (restauración, rehabilitación,<br />

recuperación). Asociado a lo anterior, se promoverán iniciativas de conservación de<br />

áreas de protección y la reglamentación de procesos productivos de alto impacto<br />

(ganadería, agricultura, minería), y la identificación de componentes del sistema<br />

natural que no son recuperables ni compensables, con el fin de extender mayores<br />

medidas de protección y controlar la degradación.<br />

La implementación del Plan Nacional de Restauración estará a cargo, entre otras,<br />

de las CAR y las Autoridades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos, quienes<br />

Plan Nacional de Restauración 48

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