LA REVOLUCIÓN DE LA PLANCHA
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CHILE <strong>DE</strong>BATE<br />
41<br />
IDAS Y VENIDAS <strong>DE</strong>L CANNABIS LEGAL EN CHILE<br />
HECHA <strong>LA</strong> LEY…<br />
por Daniela Rodríguez<br />
En Chile, la cannabis se instaló en el debate<br />
nacional gracias a la ciudadanía. Los usuarios,<br />
cansados del sistema de salud y los altos<br />
costos de los medicamentos, se atreven a<br />
buscar nuevas alternativas a los tratamientos<br />
prescritos por sus médicos. Surgen así agrupaciones<br />
sin fines de lucro como Fundación<br />
Daya, Cultiva Medicina y Mamá Cultiva que<br />
proporcionan terapias en base a cannabis<br />
para aliviar el dolor y el sufrimiento del cual el<br />
sistema de salud no se ha hecho cargo.<br />
Sin embargo, la situación legal en el país<br />
mantiene diversas contradicciones. La normativa<br />
de drogas, conocida como ley 20.000,<br />
en su artículo cuatro prohíbe el porte de cannabis,<br />
salvo si se logra justificar su uso en<br />
un tratamiento médico o para su consumo<br />
“personal, exclusivo y próximo en el tiempo”.<br />
Ojalá que justificar el uso fuera tan simple<br />
como aparece escrito. Como la ley castiga<br />
el porte, compra, transporte y cultivo, la<br />
criminalización afecta al usuario desde el<br />
momento de su detención. La legislación<br />
ha traído más de un dolor de cabeza a los<br />
usuarios de cannabis, en especial a la hora<br />
de intentar descifrar a qué se refiere con<br />
“próximo en el tiempo” y de dónde se obtiene<br />
entonces la cannabis que la misma ley<br />
permite consumir en privado.<br />
El artículo ocho dice que si se cultiva sin<br />
autorización, se deberá justificar que es para<br />
su consumo “personal, exclusivo y próximo<br />
en el tiempo”. La autorización a la que se<br />
refiere la ley es aprobada por el Servicio<br />
Agrícola Ganadero (SAG). En la actualidad, el<br />
permiso sólo se ha otorgado en tres oportunidades,<br />
dos de ellas durante el 2015 y hasta<br />
el momento a ninguna persona natural ya<br />
que el artículo nueve lo impide.<br />
NUEVOS TIEMPOS TURBULENTOS<br />
El pasado 1 de diciembre el gobierno decretó<br />
que la cannabis bajara de lista I a lista II<br />
de sustancias controladas. Al analizar de<br />
cerca esta medida, parece un paso adelante,<br />
pero es una victoria a medias. Los cambios<br />
afectan a los decretos de estupefacientes<br />
y psicotrópicos, ambos de 1983, por tanto<br />
corresponden sólo al ministerio de Salud.<br />
La cannabis continúa en lista I ante los ojos<br />
del ministerio del Interior y así se mantiene<br />
la criminalización sostenida al usuario y<br />
consumidor recreativo de cannabis.<br />
El decreto, con fuerza de ley, que firmó la<br />
presidenta Michele Bachelet modificó los<br />
decretos 404 —sobre estupefacientes— y<br />
405 —sobre psicotrópicos—, permite la<br />
prescripción de fármacos que contengan<br />
productos derivados de cannabis bajo receta<br />
médica retenida.<br />
Dichos medicamentos deberán estar autorizados<br />
por el Instituto de Salud Publica (ISP),<br />
que tendrá mayor atribución para controlar<br />
los cultivos con fines medicinales y de investigación.<br />
Los productos comercializados serán comprimidos,<br />
soluciones orales, ungüentos y<br />
distintas variedades de presentaciones que<br />
se encontrarán disponibles en farmacias<br />
con receta retenida.<br />
La receta establecerá para qué dolencia y fin<br />
terapéutico se utilizará dicho producto con<br />
derivados de cannabis. De ahora en adelante<br />
en Chile se podrá comprar Sativex, Marinol,<br />
Dronabinol o cualquier medicamento con<br />
el compuesto activo. El aceite de cannabis<br />
también se incluye en esta categoría, pero<br />
sólo el que sea fabricado por un laboratorio<br />
establecido.<br />
Así es cómo se abrió la puerta a la industria<br />
farmacéutica. El decreto 404 especifica que<br />
se permitirá la comercialización de medicamentos<br />
a base de cannabis, pero su quinto<br />
artículo amenaza que se castigará al que<br />
decida producirlos sin autorización del ISP,<br />
es decir a quienes lo realizan en forma artesanal.<br />
Los pacientes que han necesitado del<br />
aceite de cannabis, u otros derivados, han<br />
acudido a redes solidarias de cultivadores<br />
que los ayudan a conseguir en forma gratuita<br />
la materia prima o el aceite que tanto necesitan.<br />
La modificación al decreto 404 criminalizaría<br />
a los altruistas que utilizan cannabis<br />
para aliviar, ya sean cultivadores o terapeutas.<br />
En cuanto a las organizaciones con permiso<br />
vigente para cultivar, Fundación Daya mantiene<br />
un cultivo colectivo en Quinamávida<br />
que beneficiará a 4.000 pacientes de 20<br />
municipios. Junto a Laboratorios Knopp<br />
desarrollará un fitofármaco a base de cannabis<br />
que se estima será el más barato del<br />
mundo. Además, junto al Instituto Nacional<br />
del Cáncer, el Hospital Las Higueras de<br />
Talcahuano y el Hospital San Borja Arriarán,<br />
realizarán análisis clínicos de los efectos del<br />
cannabis en epilepsia refractaria, cáncer y<br />
dolor crónico no oncológico.<br />
Por otro lado, la empresa Agrofuturo trabaja<br />
en colaboración con el laboratorio estadounidense<br />
Natural Solutions, en el primer<br />
cultivo de cáñamo industrial para la obtención<br />
de CBD en Chile. Es así como se dará<br />
vida a nuevas alternativas, estudios y la<br />
recopilación de importante información que<br />
irá en beneficio de los mismos pacientes.<br />
CONFUSIÓN<br />
A pesar de los avances, el gobierno envía<br />
señales un tanto confusas. Por una parte,<br />
el organismo de prevención del uso de drogas<br />
SENDA, apoya la publicación del libro<br />
“Marihuana consensos y evidencias sobre<br />
su impacto en la salud” de la Sociedad de<br />
Psiquiatría y Neurología de la Infancia y<br />
Adolescencia SOPNIA, de claro corte prohibicionista.<br />
Por otra parte, el pasado 2 de diciembre, el<br />
mismo Ministerio de Salud mostró su apoyo<br />
en el Primer Seminario Internacional de<br />
Cannabis Medicinal de Santiago. La ocasión<br />
contó con la presencia de Marcos Núñez,<br />
presidente de la Cámara de Diputados y<br />
Karol Cariola, diputada de la Comisión de<br />
Salud.<br />
Paralelamente, a pesar de los avances en<br />
el ámbito medicinal, el gobierno se rehúsa<br />
a permitir las seis plantas que proponía la<br />
comisión de Salud de Diputados en la “ley<br />
autocultivo”.<br />
Ahora propone permitir una planta, además<br />
de bajar los gramos de porte de 10 a dos.<br />
El repudio por parte de las agrupaciones<br />
activistas pro cannabis no se hizo esperar.<br />
Evidentemente una planta no es suficiente<br />
para un usuario medicinal y tampoco para el<br />
usuario recreacional.<br />
La última palabra en cuanto a la ley la tendrá<br />
la Comisión de Salud que decidirá si acoge<br />
o no la propuesta del gobierno. La importancia<br />
de la nueva “ley autocultivo” radicaba<br />
en incluir cantidades para detener en el<br />
espiral antojadizo y subjetivo de los jueces<br />
en cuanto a la aplicación de la ley 20.000.<br />
En la actualidad, las nuevas propuestas del<br />
gobierno sólo logran que uno se cuestione<br />
si es efectivamente mejor la “prohibitiva” ley<br />
de autocultivo que proponen o si es mejor<br />
mantener la actual ley de drogas.<br />
De alguna manera la resolución la tomó<br />
la Corte Suprema, que se ha adelantado a<br />
las propuestas del gobierno, y le ha dado<br />
la razón a los cultivadores. La ley 20.000<br />
establece que quienes cultiven sin la autorización<br />
competente incurren en una pena<br />
de presidio menor en su grado máximo, a<br />
menos que logren justificar su uso personal.<br />
El cultivo no se puede penalizar si la cannabis<br />
es para el autoconsumo.<br />
El pasado 4 de junio, el fallo a Paulina<br />
González de Triagrama, demostró que es<br />
hora de que los jueces realicen una correcta<br />
interpretación de la ley 20.000, y que<br />
el cultivo personal no constituye delito. El<br />
porte de cannabis no convierte a la gente en<br />
traficante. Las cantidades no son sinónimo<br />
de tráfico, sino el ánimo y la venta es lo que<br />
configura el traficar. En este mismo punto<br />
también se encuentra la debilidad de la “ley<br />
de autocultivo”, que junto a las recomendaciones<br />
del gobierno, establece cantidades<br />
poco realistas que no solucionan el problema<br />
de fondo y podrían sólo empeorarlo.<br />
El futuro se ve prometedor pero al mismo<br />
tiempo hay que tener cautela con los cambios.<br />
El negocio de la industria farmacéutica<br />
es un tema que en Chile genera discordia<br />
y malestar entre el movimiento cannábico.<br />
Con un sistema de salud deficiente, hospitales<br />
sin cirujanos, pacientes que se automedican,<br />
farmacias coludidas y otros problemas<br />
que los chilenos conocen de cerca, la<br />
cannabis se vislumbra como una alternativa<br />
natural, saludable y de bajo costo.<br />
La idea del cannabis como un producto más<br />
en el mercado logra desmotivar a los más<br />
optimistas. La planta se utiliza completa, no<br />
basta con que los laboratorios aíslen el THC<br />
o el CBD, y eso es lo que a las autoridades<br />
les falta entender. Más allá de eso, el gobierno<br />
no se puede entrometer en la libertad<br />
de decidir de sus ciudadanos, ni tampoco<br />
coartar el derecho a cultivar si es para su<br />
consumo personal.<br />
Sólo podemos esperar que las medidas<br />
tomadas no agraven aún más el limbo de<br />
incertidumbre generado por la ley 20.000.<br />
En estos momentos urge la modificación a la<br />
ley 20.000 para que el Ministerio del Interior<br />
baje la cannabis a lista II y termine con el<br />
abuso a los usuarios de cannabis.<br />
Por una parte, las modificaciones al decreto<br />
404 y 405 abren el camino a los usuarios<br />
medicinales y las farmacéuticas. Por otro, se<br />
aplican más restricciones a altruistas y consumidores<br />
recreativos. Sólo queda recordar<br />
que la lucha no ha acabado mientras se<br />
siga vulnerando a los usuarios porque “una<br />
injusticia hecha al individuo es una amenaza<br />
hecha a la sociedad”.