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CONIPESCA 2014 Diapositivas Muñante Pesca artesanal Tacna

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7.- Habilitación sanitaria de las aguas del litoral de <strong>Tacna</strong> para solucionar el<br />

DER (derecho extracción recursos) a través del “Proyecto Fortalecimiento<br />

de Recursos Bentónicos….” . O en tanto no se habilite higiénica y<br />

sanitariamente el DPA Morro Sama, se deje en suspenso el DER .<br />

8.- Se concrete la transferencia del DPA Morro Sama al Gobierno Regional<br />

de <strong>Tacna</strong> de acuerdo al proceso de descentralización, en merito a lo<br />

establecido en el D.S N 044-2011-PCM y la Directiva N 001-2010-PCM/SD.<br />

9.- Descentralización efectiva de las funciones trasferidas a los Gobiernos<br />

Regionales. La Función en materia pesquera, inciso (J) Art. 52 de la Ley<br />

N 27867 “Vigilar el estricto cumplimiento de las normas vigentes sobre<br />

pesca <strong>artesanal</strong> y su exclusividad dentro de las cinco millas marinas”; con<br />

presupuesto y RR.HH necesarios.<br />

10.- Personal contratado por el Ministerio de la Producción que realizan las<br />

mismas funciones que ejecuta la DIREPRO, y que dependen directamente<br />

de Lima, traen como consecuencia que el usuario se sienta excesivamente<br />

controlado y con aplicación de R/O no acorde a LEY, y hay oportunidades<br />

que se encuentran inspectores de la DIREPRO e Inspectores de PRODUCE,<br />

realizando operativos en un mismo lugar y a la misma hora.

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