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El Consejo rinde cuentas<br />
164 Informe de gestión 2016<br />
El Comité recomienda difundir CEDAW entre las partes interesadas para generar conciencia<br />
de los derechos humanos de las mujeres, alentar a que los jueces, abogados<br />
y funcionarios apliquen e invoquen a la CEDAW, y concientizar a las mujeres sobre<br />
sus derechos dirigiéndose a grupos de mujeres que sufren múltiples discriminaciones,<br />
como las mujeres indígenas y afrodescendientes, las mujeres que viven en zonas rurales<br />
y remotas, las mujeres con discapacidad y las mujeres adultas mayores.<br />
Marco legislativo<br />
El Comité nota que el Estado ha aprobado una legislación clave para la promoción<br />
de la igualdad sustantiva de mujeres y varones. Su preocupación recae en la falta<br />
disposiciones legislativas en lo referente a la discriminación contra la mujer en áreas<br />
como la participación en la vida política y pública, educación, empleo, salud, vivienda<br />
y acceso a la tierra y en los desafíos a los que se enfrenta el Estado en la aplicar la<br />
CEDAW en materias que están bajo la jurisdicción de las provincias, como la educación<br />
y la salud.<br />
El Comité recomienda identificar áreas donde la legislación a nivel provincial discrepan<br />
con las obligaciones del Estado con la priorizando la igualdad de acceso de la<br />
mujer a la educación ya los servicios de salud. Sugiere establecer mecanismo de rendición<br />
de cuentas para supervisar la legislación y asignar recursos para esta tarea y<br />
concientizar a las autoridades públicas provinciales sobre los derechos que consagra<br />
la CEDAW y fortalecer la asignación de recursos para programas nacionales de igualdad<br />
entre mujeres y varones.<br />
Acceso a la justicia y mecanismos de reclamación legal<br />
El Comité celebra la creación del Cuerpo de Abogados y Abogadas para Víctimas de<br />
Violencia de Género del Ministerio de Justicia, la creación de los Centros de Acceso<br />
a la Justicia (CAJ) y la creación de unidades especializadas (ATAJOS) en el Servicio<br />
Público de Asistencia Jurídica. No obstante, el Comité expresa su preocupación por<br />
las barreras institucionales, procesales y prácticas a las que se enfrentan las mujeres<br />
para acceder a la justicia, como los estereotipos discriminatorios, los prejuicios judiciales<br />
y los limitados conocimientos sobre los derechos de las mujeres entre la<br />
judicatura y la policía, el uso de la mediación en casos de violencia de género contra<br />
la mujer, el acceso limitado a la asistencia letrada y a los intérpretes de lenguas indígenas,<br />
y la largas distancias a los tribunales de las zonas rurales y remotas. También<br />
le preocupa el poco acceso de la mujer a la información sobre sus derechos, sobre los<br />
recursos jurídicos disponibles para las mujeres víctimas de violencia de género.<br />
Sobre el acceso de las mujeres a la justicia, recomienda realizar capacitaciones sistémicas<br />
y obligatorias sobre los derechos de las mujeres y la Ley 26.485 a distintos<br />
profesionales de la justicia, fortalecer a la Oficina de la Mujer en la Corte Suprema en<br />
su papel de vigilar el respeto de la igualdad de género en la labor del poder judicial,<br />
velar porque no se apliquen los procedimientos de mediación y garantizar que las<br />
víctimas tengan acceso a recursos eficaces, asegurar que las víctimas tengan acceso<br />
a información sobre recursos jurídicos incluso en las lenguas indígenas y en los formatos<br />
accesibles para las mujeres con discapacidad, introducir un sistema de tribunales<br />
móviles para mujeres rurales, velar por que los ATAJOS proporcionen asistencia