2ihc69W
2ihc69W
2ihc69W
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
cidad, reconociendo la orientación sexual e identidad de género,<br />
en el marco del ejercicio de los derechos humanos.<br />
3. Dignidad: Es un principio fundamental intrínseco de las<br />
personas con discapacidad, inviolable e intangible, donde la persona<br />
con discapacidad, puede cambiar, modelar o mejorar su<br />
vida, ejerciendo su libertad por medio de la toma de decisiones<br />
y ejecutando su libre desarrollo de la personalidad; asimismo,<br />
está basada en el respeto que las personas con discapacidad<br />
merecen de todos al ejercer sus derechos, siendo reconocidas<br />
sus diferencias y respetadas por los demás.<br />
4. Libertad: Es la facultad o capacidad que tienen las personas<br />
con discapacidad para tomar decisiones, decidir sobre<br />
su desarrollo personal, ejercer actos de manera autónoma siguiendo<br />
su voluntad, mientras que siga el ordenamiento jurídico<br />
de los Países Miembros de la Comunidad Andina; así como,<br />
disfrutar de los recursos y servicios disponibles para toda la<br />
población y contribuir con sus capacidades al progreso de la<br />
comunidad. Nadie puede ser privado de su libertad en razón<br />
de discapacidad.<br />
5. No discriminación: Es la prohibición de toda distinción, exclusión,<br />
segregación, restricción o preferencia que tenga el propósito<br />
de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o<br />
ejercicio de todos los derechos humanos y libertades fundamentales<br />
en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural,<br />
civil o de otro tipo, de las personas con discapacidad; por lo que<br />
los Estados de la Comunidad Andina, de acuerdo a su legislación<br />
interna sancionará a quienes incurrieren en esta prohibición.<br />
6. Prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes<br />
con discapacidad: Los derechos de los niños, niñas y<br />
29