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Boletin%20Laboral%20Nro%2079

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Boletín Laboral Nro. 79<br />

De la Contribución Parafiscal y Solvencia INCES<br />

(Deberes Formales, Registro, Aportes, Retenciones, Pago)<br />

Abg. Adriana Fernández<br />

adriana.fernandez@corp.microjuris.com<br />

Tomándose en consideración que:<br />

El Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), a través de<br />

la Gerencia General de Tributos, debe ejercer sus funciones conforme a lo<br />

establecido en el artículo 131 del Código Orgánico Tributario (G.O. Nro. 6.152<br />

Extraordinario, del 18/11/2014);<br />

La Gerencia General de Tributos del INCES, es la instancia administrativa<br />

encargada de la recaudación inspección, verificación, fiscalización, resguardo,<br />

control y ejecución en materia tributaria, conforme a lo contemplado en la Ley del<br />

Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES - G.O. Nro.<br />

6.155 Extraordinario, del 19/11/2014), así como de recaudar y liquidar los tributos,<br />

intereses, sanciones y otros conceptos cuando fuere procedente;<br />

Se resolvió a través de la Providencia Nro. OA-2016-07-240, 240, de la Gaceta Oficial<br />

Nro. 41.046 del 6 de diciembre de 2016, desarrollar los mecanismos requeridos<br />

para el cumplimiento de los Deberes Formales referentes al Registro, Aportes,<br />

Retenciones, Pago de las Contribuciones Parafiscales y Solvencias, previstos en<br />

la Ley del INCES, respecto a lo cual destacaremos los siguientes puntos:<br />

ÁMBITO DE APLICACIÓN.<br />

Todas las empresas del país, tanto públicas como privadas, deberán dar<br />

cumplimiento a los deberes y obligaciones, referentes al registro, aporte,<br />

retención, reporte, enteramiento de los pagos así como la tramitación y emisión de<br />

la solvencia trimestral por concepto de la contribución parafiscal INCES.<br />

Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />

2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.


OBLIGACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE<br />

CONTRIBUCIONES PARAFISCALES.<br />

Las empresas, se encuentran en la obligación de inscribirse en el Registro<br />

Nacional de Contribuciones Parafiscales, dentro de los cuarenta y cinco (45) días<br />

hábiles siguientes a la fecha de su constitución, que contendrá toda la información<br />

que comprenda lo concerniente a los antecedentes o datos fiscales y su actividad<br />

económica.<br />

Así mismo, se contempla:<br />

Que el INCES, como mecanismo de control fiscal, mantendrá en su sistema<br />

tributario a aquellas empresas sujetas a las contribuciones parafiscales, con el<br />

objeto de la fiscalización de las obligaciones tributarias.<br />

El comprobante del Registro Nacional de Contribuciones Parafiscales INCES,<br />

deberá colocarse en un lugar visible de la empresa a los fines del control en los<br />

procedimientos de verificación y fiscalización.<br />

APORTE AL INCES.<br />

Aporte patronal. Todo patrono que dé ocupación a cinco (5) o más trabajadores,<br />

está en la obligación de pagar ante el INCES, el equivalente a una alícuota del dos<br />

por ciento (2%) del total del salario normal, pagado a los trabajadores que le<br />

presten servicios, ios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de vencido cada<br />

trimestre. (Art. 49, Ley del INCES).<br />

Aporte del trabajador. De igual manera, los trabajadores de aquellas empresas<br />

(públicas o privadas), con cinco (5) o más trabajadores, deberán dar un aporte, por<br />

lo que es obligación del patrono retener el equivalente al cero coma cinco por<br />

ciento (0,5%) de sus utilidades anuales, aguinaldos o bonificaciones de fin de año.<br />

(Art. 50, Ley del INCES). Una vez efectuada la retención, las empresas deberán<br />

enterarlo al INCES, dentro de los diez (10) días siguientes de efectuada la orden<br />

de pago.<br />

MODALIDADES DE PAGO.<br />

Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />

2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.


El monto a ser enterado ante el INCES, bajo el concepto de los aportes arriba<br />

descritos, podrá ser ejecutado bajo alguna de las siguientes formas: Depósito en<br />

efectivo o cheque de gerencia de las cuentas recaudadoras; transferencia<br />

bancaria; pago en línea; o pago electrónico (punto de venta).<br />

REPORTE O DECLARACIÓN TRIMESTRAL DEL APORTE PATRONAL.<br />

Las empresas sujetas a la contribución del dos por ciento (2%) del salario normal<br />

pagado a sus trabajadores, deberán mantener como medida de control, un reporte<br />

detallado de los aportes realizados. Dicho reporte deberá estar acompañado del<br />

pago del trimestre vigente vinculado con la nómina, y deberá ser enviado al INCES<br />

en formato digital dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al vencimiento de<br />

cada trimestre.<br />

¿QUÉ DEBE CONTENER DICHO REPORTE TRIMESTRAL?<br />

El reporte trimestral del aporte del dos por ciento (2%), deberá contener las<br />

siguientes formalidades:<br />

Numero de Aportante.<br />

Razón social del contribuyente.<br />

Registro de Información Fiscal (RIF).<br />

Domicilio Fiscal.<br />

Trimestre y año a que corresponda el aporte.<br />

Fecha de pago del tributo.<br />

Identificación de la forma de pago a la Institución Financiera.<br />

Listado Tiuna del IVSS.<br />

Salarios normales de cada trabajador discriminado mes a mes de acuerdo al<br />

trimestre a declarar.<br />

Monto total del salario normal del trimestre a declarar.<br />

Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />

2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.


Calculo total del dos por ciento (2%).<br />

Observaciones.<br />

REPORTE ANUAL DE LAS RETENCIONES A LOS TRABAJADORES.<br />

Por su parte, las empresas sujetas a la retención del aporte anual del cero coma<br />

cinco por ciento (0,5%) de los aguinaldos o bonificaciones de fin de año por parte<br />

de sus trabajadores, deberán mantener luego de los diez (10) días del<br />

enteramiento, un reporte detallado de las retenciones efectuadas vinculadas con la<br />

nómina, el cual deberá ser enviado al INCES en formato digital dentro de los cinco<br />

(5) días hábiles siguientes al enteramiento.<br />

FORMALIDADES DES DEL REPORTE ANUAL.<br />

El reporte sobre las ganancias percibidas en el año, aguinaldos o bonificaciones<br />

de fin de año deberá contener:<br />

Fecha de retención.<br />

Número de Aportante.<br />

Descripción del aporte indicando.<br />

Identificación de cada trabajador y cargo desempeñado.<br />

Número de Cédula de identidad.<br />

Número de trabajadores.<br />

Monto total de las ganancias percibidas en el año, aguinaldos o bonificaciones de<br />

fin de año.<br />

Monto total de las aportaciones del cero coma cinco por ciento (0,5%).<br />

Ejercicio fiscal correspondiente.<br />

Observaciones.<br />

Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />

2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.


REQUERIMIENTO DE LOS REPORTES POR FISCALIZACIÓN.<br />

Ambos reportes (patronal o del trabajador), podrán ser requeridos en cualquier<br />

momento en los procedimientos de verificación y fiscalización, en los que el<br />

INCES, a través de la Gerencia General de Tributos, tanto en sus oficinas como<br />

en el domicilio de la empresa, resuelva constatar la veracidad de la información<br />

aportada por éstas, sobre las actualizaciones en el Registro Nacional de<br />

Contribuciones Parafiscales, plazos de enteramientos, formalidades de los<br />

reportes o declaraciones, falta de registros, registros extemporáneos y cualquier<br />

otra obligación o medida de control de la administración tributaria.<br />

CERTIFICADO DE SOLVENCIA TRIBUTARIA - VIGENCIA TRIMESTRAL.<br />

Finalizado el procedimiento de verificación, el fiscal dejará constancia del<br />

cumplimento de las obligaciones y del reporte del pago efectuado por concepto de<br />

aportes tributarios a través de la respectiva solvencia, la cual es de carácter<br />

obligatorio para todas las empresas, donde se declara y se deja constancia que<br />

éstas, a la fecha de su expedición, han cumplido con los deberes y obligaciones<br />

tributarias correspondientes.<br />

La solvencia INCES mantendrá una vigencia trimestral, y deberá mantenerse<br />

vigente y en un lugar visible del establecimiento de la empresa, a los fines del<br />

control fiscal.<br />

ACTUALIZACIÓN DE REGISTROS (PLAZO).<br />

Las empresas deberán notificar, en el plazo máximo de un (1) mes de haber<br />

tenido lugar, alguna de las siguientes modificaciones:<br />

Cambio de razón o denominación social de la entidad.<br />

Cambio de domicilio fiscal.<br />

Cambio de actividad principal y cesación, suspensión o paralización de la actividad<br />

económica habitual del contribuyente.<br />

Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />

2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.


Cuando existan empresas fusionadas, en un periodo de tres (3) meses desde la<br />

publicación de su registro mercantil, tal como lo establece el artículo 345 del<br />

Código de Comercio Venezolano (G.O. Nro. 475 Extraordinario, del 21/12/1955).<br />

VIGENCIA.<br />

Lo previsto en esta la Providencia Nro. OA-2016-07-240, 240, se encuentra en vigor<br />

desde su publicación en la Gaceta Oficial, quedando dispuestos los preceptos<br />

siguientes:<br />

Se exhorta a las empresas del país, a cumplir en el plazo de cuarenta y cinco (45)<br />

días hábiles, computados desde el día siguiente a la publicación en la Gaceta<br />

Oficial de esta Providencia, registradas o no en el INCES, se registren y<br />

suministren la información o actualización correspondiente, vía página web del<br />

INCES, para el Registro Nacional de Contribuciones Parafiscales. A tales efectos,<br />

deberán proporcionar la información correspondiente a las cantidades de<br />

trabajadores, sexo, montos os de sueldos, coordenadas, sucursales así como<br />

aquellas informaciones concernientes a su actividad e información fiscal. El<br />

Sistema emitirá el certificado electrónico una vez recibida la información como<br />

constancia del cumplimiento.<br />

Lo no establecido en esta normativa, se regirá por lo dispuesto en el Código<br />

Orgánico Tributario, en lo relacionado con los procedimientos sancionatorios<br />

ilícitos.<br />

Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />

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