Boletin%20Laboral%20Nro%2079
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Boletín Laboral Nro. 79<br />
De la Contribución Parafiscal y Solvencia INCES<br />
(Deberes Formales, Registro, Aportes, Retenciones, Pago)<br />
Abg. Adriana Fernández<br />
adriana.fernandez@corp.microjuris.com<br />
Tomándose en consideración que:<br />
El Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), a través de<br />
la Gerencia General de Tributos, debe ejercer sus funciones conforme a lo<br />
establecido en el artículo 131 del Código Orgánico Tributario (G.O. Nro. 6.152<br />
Extraordinario, del 18/11/2014);<br />
La Gerencia General de Tributos del INCES, es la instancia administrativa<br />
encargada de la recaudación inspección, verificación, fiscalización, resguardo,<br />
control y ejecución en materia tributaria, conforme a lo contemplado en la Ley del<br />
Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES - G.O. Nro.<br />
6.155 Extraordinario, del 19/11/2014), así como de recaudar y liquidar los tributos,<br />
intereses, sanciones y otros conceptos cuando fuere procedente;<br />
Se resolvió a través de la Providencia Nro. OA-2016-07-240, 240, de la Gaceta Oficial<br />
Nro. 41.046 del 6 de diciembre de 2016, desarrollar los mecanismos requeridos<br />
para el cumplimiento de los Deberes Formales referentes al Registro, Aportes,<br />
Retenciones, Pago de las Contribuciones Parafiscales y Solvencias, previstos en<br />
la Ley del INCES, respecto a lo cual destacaremos los siguientes puntos:<br />
ÁMBITO DE APLICACIÓN.<br />
Todas las empresas del país, tanto públicas como privadas, deberán dar<br />
cumplimiento a los deberes y obligaciones, referentes al registro, aporte,<br />
retención, reporte, enteramiento de los pagos así como la tramitación y emisión de<br />
la solvencia trimestral por concepto de la contribución parafiscal INCES.<br />
Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />
2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.
OBLIGACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE<br />
CONTRIBUCIONES PARAFISCALES.<br />
Las empresas, se encuentran en la obligación de inscribirse en el Registro<br />
Nacional de Contribuciones Parafiscales, dentro de los cuarenta y cinco (45) días<br />
hábiles siguientes a la fecha de su constitución, que contendrá toda la información<br />
que comprenda lo concerniente a los antecedentes o datos fiscales y su actividad<br />
económica.<br />
Así mismo, se contempla:<br />
Que el INCES, como mecanismo de control fiscal, mantendrá en su sistema<br />
tributario a aquellas empresas sujetas a las contribuciones parafiscales, con el<br />
objeto de la fiscalización de las obligaciones tributarias.<br />
El comprobante del Registro Nacional de Contribuciones Parafiscales INCES,<br />
deberá colocarse en un lugar visible de la empresa a los fines del control en los<br />
procedimientos de verificación y fiscalización.<br />
APORTE AL INCES.<br />
Aporte patronal. Todo patrono que dé ocupación a cinco (5) o más trabajadores,<br />
está en la obligación de pagar ante el INCES, el equivalente a una alícuota del dos<br />
por ciento (2%) del total del salario normal, pagado a los trabajadores que le<br />
presten servicios, ios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de vencido cada<br />
trimestre. (Art. 49, Ley del INCES).<br />
Aporte del trabajador. De igual manera, los trabajadores de aquellas empresas<br />
(públicas o privadas), con cinco (5) o más trabajadores, deberán dar un aporte, por<br />
lo que es obligación del patrono retener el equivalente al cero coma cinco por<br />
ciento (0,5%) de sus utilidades anuales, aguinaldos o bonificaciones de fin de año.<br />
(Art. 50, Ley del INCES). Una vez efectuada la retención, las empresas deberán<br />
enterarlo al INCES, dentro de los diez (10) días siguientes de efectuada la orden<br />
de pago.<br />
MODALIDADES DE PAGO.<br />
Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />
2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.
El monto a ser enterado ante el INCES, bajo el concepto de los aportes arriba<br />
descritos, podrá ser ejecutado bajo alguna de las siguientes formas: Depósito en<br />
efectivo o cheque de gerencia de las cuentas recaudadoras; transferencia<br />
bancaria; pago en línea; o pago electrónico (punto de venta).<br />
REPORTE O DECLARACIÓN TRIMESTRAL DEL APORTE PATRONAL.<br />
Las empresas sujetas a la contribución del dos por ciento (2%) del salario normal<br />
pagado a sus trabajadores, deberán mantener como medida de control, un reporte<br />
detallado de los aportes realizados. Dicho reporte deberá estar acompañado del<br />
pago del trimestre vigente vinculado con la nómina, y deberá ser enviado al INCES<br />
en formato digital dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al vencimiento de<br />
cada trimestre.<br />
¿QUÉ DEBE CONTENER DICHO REPORTE TRIMESTRAL?<br />
El reporte trimestral del aporte del dos por ciento (2%), deberá contener las<br />
siguientes formalidades:<br />
Numero de Aportante.<br />
Razón social del contribuyente.<br />
Registro de Información Fiscal (RIF).<br />
Domicilio Fiscal.<br />
Trimestre y año a que corresponda el aporte.<br />
Fecha de pago del tributo.<br />
Identificación de la forma de pago a la Institución Financiera.<br />
Listado Tiuna del IVSS.<br />
Salarios normales de cada trabajador discriminado mes a mes de acuerdo al<br />
trimestre a declarar.<br />
Monto total del salario normal del trimestre a declarar.<br />
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2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.
Calculo total del dos por ciento (2%).<br />
Observaciones.<br />
REPORTE ANUAL DE LAS RETENCIONES A LOS TRABAJADORES.<br />
Por su parte, las empresas sujetas a la retención del aporte anual del cero coma<br />
cinco por ciento (0,5%) de los aguinaldos o bonificaciones de fin de año por parte<br />
de sus trabajadores, deberán mantener luego de los diez (10) días del<br />
enteramiento, un reporte detallado de las retenciones efectuadas vinculadas con la<br />
nómina, el cual deberá ser enviado al INCES en formato digital dentro de los cinco<br />
(5) días hábiles siguientes al enteramiento.<br />
FORMALIDADES DES DEL REPORTE ANUAL.<br />
El reporte sobre las ganancias percibidas en el año, aguinaldos o bonificaciones<br />
de fin de año deberá contener:<br />
Fecha de retención.<br />
Número de Aportante.<br />
Descripción del aporte indicando.<br />
Identificación de cada trabajador y cargo desempeñado.<br />
Número de Cédula de identidad.<br />
Número de trabajadores.<br />
Monto total de las ganancias percibidas en el año, aguinaldos o bonificaciones de<br />
fin de año.<br />
Monto total de las aportaciones del cero coma cinco por ciento (0,5%).<br />
Ejercicio fiscal correspondiente.<br />
Observaciones.<br />
Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />
2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.
REQUERIMIENTO DE LOS REPORTES POR FISCALIZACIÓN.<br />
Ambos reportes (patronal o del trabajador), podrán ser requeridos en cualquier<br />
momento en los procedimientos de verificación y fiscalización, en los que el<br />
INCES, a través de la Gerencia General de Tributos, tanto en sus oficinas como<br />
en el domicilio de la empresa, resuelva constatar la veracidad de la información<br />
aportada por éstas, sobre las actualizaciones en el Registro Nacional de<br />
Contribuciones Parafiscales, plazos de enteramientos, formalidades de los<br />
reportes o declaraciones, falta de registros, registros extemporáneos y cualquier<br />
otra obligación o medida de control de la administración tributaria.<br />
CERTIFICADO DE SOLVENCIA TRIBUTARIA - VIGENCIA TRIMESTRAL.<br />
Finalizado el procedimiento de verificación, el fiscal dejará constancia del<br />
cumplimento de las obligaciones y del reporte del pago efectuado por concepto de<br />
aportes tributarios a través de la respectiva solvencia, la cual es de carácter<br />
obligatorio para todas las empresas, donde se declara y se deja constancia que<br />
éstas, a la fecha de su expedición, han cumplido con los deberes y obligaciones<br />
tributarias correspondientes.<br />
La solvencia INCES mantendrá una vigencia trimestral, y deberá mantenerse<br />
vigente y en un lugar visible del establecimiento de la empresa, a los fines del<br />
control fiscal.<br />
ACTUALIZACIÓN DE REGISTROS (PLAZO).<br />
Las empresas deberán notificar, en el plazo máximo de un (1) mes de haber<br />
tenido lugar, alguna de las siguientes modificaciones:<br />
Cambio de razón o denominación social de la entidad.<br />
Cambio de domicilio fiscal.<br />
Cambio de actividad principal y cesación, suspensión o paralización de la actividad<br />
económica habitual del contribuyente.<br />
Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />
2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.
Cuando existan empresas fusionadas, en un periodo de tres (3) meses desde la<br />
publicación de su registro mercantil, tal como lo establece el artículo 345 del<br />
Código de Comercio Venezolano (G.O. Nro. 475 Extraordinario, del 21/12/1955).<br />
VIGENCIA.<br />
Lo previsto en esta la Providencia Nro. OA-2016-07-240, 240, se encuentra en vigor<br />
desde su publicación en la Gaceta Oficial, quedando dispuestos los preceptos<br />
siguientes:<br />
Se exhorta a las empresas del país, a cumplir en el plazo de cuarenta y cinco (45)<br />
días hábiles, computados desde el día siguiente a la publicación en la Gaceta<br />
Oficial de esta Providencia, registradas o no en el INCES, se registren y<br />
suministren la información o actualización correspondiente, vía página web del<br />
INCES, para el Registro Nacional de Contribuciones Parafiscales. A tales efectos,<br />
deberán proporcionar la información correspondiente a las cantidades de<br />
trabajadores, sexo, montos os de sueldos, coordenadas, sucursales así como<br />
aquellas informaciones concernientes a su actividad e información fiscal. El<br />
Sistema emitirá el certificado electrónico una vez recibida la información como<br />
constancia del cumplimiento.<br />
Lo no establecido en esta normativa, se regirá por lo dispuesto en el Código<br />
Orgánico Tributario, en lo relacionado con los procedimientos sancionatorios<br />
ilícitos.<br />
Hotel Margarita Princess, Av. 4 de Mayo /Nivel Mezzanina, Oficinas 1 ,2 y 3/ Porlamar, Telf. 00 58 295<br />
2643584/ 00 58 295 2636015 Isla de Margarita, Venezuela.