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Enriquecimiento sin justa causa

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Luego si quien se ésta viendo afectado económicamente en la ejecución del contrato no<br />

expresa de manera clara y precisa esas condiciones o circunstancias que lo están afectando ni<br />

en qué forma, al momento de suscribir las suspensiones, adiciones o prórrogas del plazo<br />

contractual, contratos adicionales, otrosíes, etc., ya posteriormente no podrá formular<br />

8<br />

reclamación alguna .<br />

El desequilibrio financiero del contrato es un asunto técnico y por ende su prueba debe ser<br />

rigurosa, objetiva y debidamente soportada; no bastan simples planteamientos doctrinales o<br />

jurisprudenciales; se hace necesario prueba idónea, adecuada y pertinente que evidencie en<br />

concreto, la magnitud del desajuste económico del negocio y su impacto en la conmutatividad<br />

del mismo.<br />

8. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, Consejero Ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa, Bogotá D.C., veinticuatro (24) de abril de dos mil diecisiete<br />

(2017), expediente 55.836

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