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Listín Diario 12-09-2022

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10 cm<br />

5 cm<br />

SANTO DOMINGO, RD. LUNES, <strong>12</strong> DE SEPTIEMBRE DE <strong>2022</strong><br />

11<br />

Opinión<br />

4 cm<br />

3,5 cm<br />

3 cm<br />

Acoso y derribo contra<br />

órganos de control<br />

Previo al bombardeo<br />

de una instalación<br />

de enriquecimiento<br />

de<br />

uranio en una<br />

zona aparentemente inexpugnable,<br />

misiles destruyen una<br />

base aérea cercana al proyecto<br />

para evitar que los cazas enemigos<br />

se movilizaran y frustraran<br />

la misión.<br />

Es la taquillera Top Gun:<br />

Maverick y, claro, no aspiro<br />

a usurpar el terreno de Rienzi<br />

Pared Pérez, excelente crítico<br />

de cine, sino simplemente<br />

graficar un interesante episodio<br />

del ajedrez político del<br />

país.<br />

La lucha contra la corrupción<br />

y por la transparencia<br />

en la administración pública<br />

precisa de órganos con<br />

fiabilidad y reputación blindadas<br />

para hacer creíble esa<br />

aspiración de gran parte de<br />

la sociedad dominicana,<br />

crucial en la definición electoral<br />

del 2020.<br />

La tarea es compleja y<br />

arriesgada por las raíces profundas<br />

de la corrupción y los<br />

vasos comunicantes entre los<br />

diferentes litorales políticos,<br />

empresariales, sociales y comerciales.<br />

La tradición, o mala práctica,<br />

desde la fundación de<br />

la República es que políticos<br />

sustitutos o enviados a los<br />

órganos de control siempre<br />

adoptaron las medidas cosméticas<br />

del gatopardismo.<br />

Cuando vino alguien que<br />

se atrevió a colocar a la cabeza<br />

de los órganos de control<br />

a personas ajenas a las direcciones<br />

partidarias, entonces<br />

se acude a la descalificación<br />

por acoso y derribo mediante<br />

la desinformación y confusión.<br />

Instrumentalización de<br />

políticos sabáticos que se colaron<br />

en altas cortes y órganos<br />

constitucionales extrapoder<br />

y la manipulación de<br />

ambiciones y aspiraciones<br />

erróneamente canalizadas.<br />

También aprovechamiento<br />

de comportamientos inmaduros<br />

y tercos.<br />

Es un laborantismo hábil y<br />

perverso por minar y frustrar<br />

instituciones vitales para el<br />

adecentamiento público.<br />

Todo se trastoca por el<br />

momento político-electoral<br />

y por el pánico de algunos<br />

que ven que el brazo de la<br />

justicia, aún tembloroso, se<br />

aproxima.<br />

(Hay sujetos que uno de<br />

sus mayores problemas en<br />

EN ESPECIAL<br />

CRISTHIAN JIMÉNEZ<br />

ASUNTOS DE DERECHO<br />

los últimos dos años es la<br />

dificultad para encaletar<br />

y lavar millones de pesos,<br />

cuando falla el eficiente testaferrato).<br />

Entonces, hay que dinamitar<br />

la pista, órganos como<br />

la Cámara de Cuentas cuyos<br />

informes especiales han sido<br />

fundamentales para instrumentalización<br />

de importantes<br />

casos de corrupción gubernamental.<br />

Desacreditado ese órgano,<br />

se inutilizan sus auditorías<br />

y se afecta la investigación<br />

y sustento penal de algunas<br />

de las acusaciones ante los<br />

tribunales para beneficio de<br />

depredadores anteriores y<br />

actuales del erario.<br />

Realmente el lanzamiento<br />

de misiles contra Procuraduría<br />

y la Cámara de<br />

Cuentas ha sido permanente<br />

desde el inicio de esta<br />

gestión, y solo cambia de<br />

formas, pero preocupa que<br />

se llegue a extremos de intentar<br />

echar abajo la institucionalidad<br />

del país.<br />

En otros órganos se aventuran<br />

ensayos y los matices<br />

que se asumen, parecería la<br />

apuesta al caos.<br />

A los órganos electorales<br />

podría esperarles momentos<br />

difíciles si se continúa el camino<br />

en el Congreso de una<br />

débil y confusa regulación en<br />

las reformas, de zonas grises<br />

y sujeta a interpretaciones.<br />

En litorales opositores<br />

se podrían entender estos<br />

comportamientos, no justificar,<br />

pero son inexcusables<br />

en segmentos del partido<br />

oficial<br />

Algunos sectores del PRM<br />

y aliados de ocasión, se notan<br />

hiperactivos contra (¡increíblemente!)<br />

las áreas más<br />

luminosas del Estado y del<br />

gobierno, fie a la vieja tradición<br />

perredeista. En esta ocasión,<br />

porque no corresponden<br />

a las filas partidarias y la<br />

imposibilidad de actuar a sus<br />

anchas, amparados en el poder<br />

partidario.<br />

Un sesgo de este tema,<br />

en el que parecen coincidir<br />

casi todos los “grandes”<br />

partidos, incluida una mayoría<br />

del PRM, es en intentar<br />

derrotar la decisión del<br />

presidente Luis Abinader<br />

de colocar a independientes<br />

en áreas sensitivas del<br />

poder. “Entre políticos nos<br />

arreglamos mejor”, parecería<br />

ser la divisa.<br />

Esa creciente postura de<br />

exclusión es negativa y contraria<br />

a los tiempos, aunque<br />

tampoco favorezco la actitud<br />

anti-partidos de figuras de la<br />

sociedad civil, precisamente<br />

en posiciones señeras por<br />

apoyos partidarios.<br />

EXPRESIONES<br />

Publica los lunes<br />

TOMÁS AQUINO MÉNDEZ<br />

Sí se puede<br />

Querer es poder, dice un refrán<br />

popular que manejamos<br />

los dominicanos.<br />

Eso lo han demostrado<br />

por años muchos ciudadanos<br />

que han logrado avanzar en la vida.<br />

Jóvenes que han dejado atrás sus miserias,<br />

precariedades y dificultades para alcanzar<br />

una carrera profesional. Madres que, después<br />

de quedar solas por el esposo fallecido<br />

o por un marido irresponsable, logran seguir<br />

adelante con uno o más hijos hasta convertirlos<br />

en entes productivos para la sociedad.<br />

Un funcionario que, con grades dificultades<br />

y pocos recursos logra cambiar la cara de una<br />

Institución o un municipio. En fin, que cuando<br />

se quiere se puede. Y es lo que ha demostrado,<br />

hasta ahora el alcalde de mi patria chica,<br />

Tamayo, Milciadín Montes de Oca.<br />

Desde su llegada a la alcaldía de esta comunidad<br />

sureña, mostró cuál sería su NORTE y<br />

hacia dónde quería llegar, como hijo privilegiado<br />

con el voto mayoritario en el que sus coterráneos<br />

depositaron la confianza. Hoy, un poco<br />

más de dos años después de ser electo, ha<br />

logrado hacer que Tamayo luzca totalmente<br />

distinto. Su imagen ha cambiado. Su limpieza<br />

es notable. La actividad municipal ha recobrado<br />

vida. Su permanente preocupación por<br />

todo cuanto sucede día y noche en su pueblo<br />

–mi pueblo– me recuerda al fenecido alcalde<br />

Juan Francisco Acosta –Frank–, quien no tenía<br />

horarios para el trabajo. Labor que lo convirtió<br />

en un verdadero líder local y regional. Desde la<br />

alcaldía, Frank fue llevado a una diputación y<br />

su afán y entrega fue tanta, que dejó a un lado<br />

su salud. Apostamos al esfuerzo de Milciadin<br />

al frente del cabildo de Tamayo. Claro, que no<br />

sea a costa de su salud, como el amigo Frank.<br />

Sí se puede. No se ha llegado a la meta. Es una<br />

carrera sin pausa, la que todo tamayense debe<br />

respaldar.<br />

MATÍAS MODESTO<br />

DEL ROSARIO HIJO<br />

Covid-19 y<br />

contrato de alquiler<br />

En esta ocasión<br />

amigos lectores,<br />

comparto<br />

la sentencia:<br />

(Cass.Civ del<br />

1er. De julio <strong>2022</strong> no. 21-<br />

11.310, en referencia al<br />

Covid; fuerza mayor y resolucion<br />

de contrato de alquiler<br />

de un salon de bodas).<br />

Sentencia esta, que considero<br />

de singular interés.<br />

La cuestión de si un deudor,<br />

puede invocar la fuerza mayor<br />

para justificar la anulación<br />

de un contrato en el<br />

contexto de la crisis sanitaria,<br />

es especialmente debatida<br />

ante los tribunales.<br />

Por ejemplo, en septiembre<br />

de 2020, el Tribunal de Apelación<br />

de París, en un procedimiento<br />

sumario admitió, a<br />

favor del deudor, la aplicación<br />

de una cláusula de fuerza mayor<br />

debido a la crisis sanitaria,<br />

en el contexto de los contratos<br />

de suministro de electricidad.<br />

Por otra parte, en materia de<br />

arrendamientos comerciales,<br />

el Tribunal de Casación<br />

se pronunció recientemente<br />

a favor del arrendador acreedor<br />

de rentas, al considerar<br />

que un arrendatario no podía<br />

invocar la medida general<br />

y temporal de prohibición<br />

de recibir al público, aplicada<br />

a los negocios denomina-<br />

dos “no esenciales” durante el<br />

encierro, como fuerza mayor,<br />

para eludir el pago de sus rentas.<br />

Otro caso similar, una pareja<br />

celebró un contrato para<br />

reservar un salón con una empresa<br />

a los fines de celebrar su<br />

boda; y pagó un depósito de<br />

1,650 euros.<br />

El contrato estipulaba<br />

que, en caso de cancelación<br />

del evento por parte<br />

del cliente, se mantendría<br />

el importe íntegro del alquiler,<br />

salvo en casos de fuerza<br />

mayor. Debido a la crisis<br />

sanitaria provocada por la<br />

pandemia de Covid-19, los<br />

clientes solicitaron la resolución<br />

del contrato y la devolución<br />

del depósito pagado,<br />

alegando fuerza mayor. El 4<br />

de junio de 2020, obtuvieron<br />

una ordenanza de pago contra<br />

la empresa por el anticipo<br />

más los intereses legales.<br />

La empresa se opuso a la ordenanza,<br />

reclamando el pago<br />

de diversas cantidades. El<br />

tribunal de Tours (TJ Tours,<br />

2 de diciembre de 2020, nº<br />

20/02816) consideró entonces<br />

que “la progresión de la<br />

crisis sanitaria y la falta de<br />

finalización de la misma”<br />

constituían un caso de fuerza<br />

mayor. El Tribunal de<br />

Casación francés desestimó<br />

el recurso, remitiéndose a<br />

la discreción soberana del<br />

tribunal, que pudo considerar<br />

que, a la vista de los elementos<br />

fácticos y probatorios<br />

que se le presentaron,<br />

se caracterizaba un caso de<br />

fuerza mayor que imposibilitaba<br />

la ejecución de las<br />

obligaciones contractuales<br />

y justificaba, en aplicación<br />

de la cláusula contractual,<br />

la devolución del depósito<br />

pagado.<br />

El autor es Juez<br />

PREGÚNTELE AL CÓNSUL<br />

Publica los lunes<br />

Niños menores de 14 años necesitan<br />

presentarse en la entrevista<br />

Para un mejor servicio a nuestros<br />

solicitantes de visa de<br />

inmigrante y mantener el<br />

distanciamiento social, la<br />

Sección de Visa de Inmigrante<br />

sugiere que los solicitantes asistan sin<br />

niños menores de 14 años a la entrevista,<br />

salvo que se solicite su presencia.<br />

Solo se requiere que un niño menor de<br />

14 años esté presente si es el único solicitante<br />

en su petición. No necesita estar<br />

presente si está incluido en la misma petición<br />

que sus padres.<br />

En otras palabras, cuando el número<br />

de caso “SDO” es el mismo para el padre/<br />

madre y el niño, el menor de 14 años no<br />

necesita asistir. Gracias por su cooperación.<br />

Trabajamos para acomodar al mayor<br />

número de solicitantes con distanciamiento<br />

social seguro.

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