DAR 21 - IACOVIELLO - La motivación
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Presentación
Perfecto Andrés Ibáñez
Sin motivación no hay jurisdicción
F. M. Iacoviello
La ausencia, hasta momentos todavía muy recientes, de una
cultura mínimamente rigurosa sobre la motivación y, en concreto,
sobre la relativa a la sentencia penal (de la que aquí se trata)
es un dato inobjetable, desde luego, en el caso de España, pero
creo que puede decirse lo mismo de la generalidad de los países
de habla hispana. Incluso porque, cuando el asunto comenzó a
hacerse presente en términos de deber jurídico, en autores, proyectos
de ley y legislaciones decimonónicas 1 (en algún caso aún
vigentes), lo denotado con ese término se limitó a la exigencia de
la apodíctica expresión de los hechos probados (prescindiendo de
1
Sobre el particular, sigue siendo de obligada referencia Manuel Ortells Ramos,
«Origen histórico del deber de motivar las sentencias», en Revista iberoamericana
de Derecho Procesal, 4 (1977), pp. 899 ss.