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DAR 21 - IACOVIELLO - La motivación

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Presentación

Perfecto Andrés Ibáñez

Sin motivación no hay jurisdicción

F. M. Iacoviello

La ausencia, hasta momentos todavía muy recientes, de una

cultura mínimamente rigurosa sobre la motivación y, en concreto,

sobre la relativa a la sentencia penal (de la que aquí se trata)

es un dato inobjetable, desde luego, en el caso de España, pero

creo que puede decirse lo mismo de la generalidad de los países

de habla hispana. Incluso porque, cuando el asunto comenzó a

hacerse presente en términos de deber jurídico, en autores, proyectos

de ley y legislaciones decimonónicas 1 (en algún caso aún

vigentes), lo denotado con ese término se limitó a la exigencia de

la apodíctica expresión de los hechos probados (prescindiendo de

1

Sobre el particular, sigue siendo de obligada referencia Manuel Ortells Ramos,

«Origen histórico del deber de motivar las sentencias», en Revista iberoamericana

de Derecho Procesal, 4 (1977), pp. 899 ss.

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