GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES - PROMECOM
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D. Condiciones y orientación para usar esta guía<br />
1. La voluntariedad y obligatoriedad de la guía<br />
para la industria forestal primaria (aserraderos)<br />
La Guía de buenas prácticas ambientales para la industria forestal primaria es un instrumento de adopción voluntaria<br />
que puede ser implementada en el marco del proceso administrativo de licenciamiento ambiental del país, bajo<br />
resolución que dicta la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).<br />
De esta forma, al adoptar esta guía, tanto para la solicitud o la renovación de la licencia ambiental, o bien<br />
para el control y seguimiento de las medidas de mitigación, el proponente o desarrollador del proyecto debe<br />
notificar la decisión ante la SERNA, lo cual, a partir de entonces, convierte a las recomendaciones de esta guía<br />
en un compromiso de carácter obligatorio que también trae consigo la simplificación de significativos pasos<br />
administrativos y la reducción de costos de transacción para la gestión de la licencia ambiental (contratación de<br />
prestadores de servicios ambientales, elaboración de estudios, publicaciones, etc.).<br />
El desarrollador del proyecto deberá evaluar cuales serán las buenas prácticas ambientales a implementar. Para tal<br />
caso, si es un proyecto nuevo, el desarrollador del mismo deberá planificar la implementación de las actividades<br />
o medidas de prevención y compensación de la etapa de factibilidad, y cabe mencionar que las medidas de<br />
compensación siempre serán de carácter voluntario. Igualmente, si el proyecto se encuentra en su etapa de<br />
construcción o es un proyecto que se encuentra realizando ampliaciones considerables, deberán implementarse<br />
las medidas de mitigación y corrección que corresponden a esta etapa.<br />
Pero si el proyecto ya se encuentra en funcionamiento y el dueño del aserradero desea obtener o renovar su licencia<br />
ambiental, se deberán implementar las medidas de mitigación y corrección de la etapa de operación. Además,<br />
en caso de que el proyecto esté finalizando sus operaciones se deberán implementar las recomendaciones de la<br />
etapa de cierre – posclausura.<br />
En conclusión, las buenas prácticas ambientales de la guía se implementarán según la etapa en que se encuentre<br />
el proyecto. No obstante, debe destacarse que el incumplimiento de ciertas medidas deberá ser técnicamente<br />
justificado y demostrado por el desarrollador del proyecto, en aquellos casos en que sea solicitado por la autoridad<br />
competente.<br />
Asimismo, es necesario mencionar que el tipo y la intensidad de los impactos ambientales negativos se encuentran<br />
condicionados, entre otros aspectos, por el tamaño del aserradero y su ubicación; por lo tanto, la autoridad<br />
ambiental correspondiente tiene la potestad de recomendar otro tipo de buenas prácticas ambientales o medidas<br />
adicionales para el desarrollo del proyecto.<br />
2. Codificación de requerimientos y buenas prácticas<br />
En la Sección III de esta guía el lector encontrará los requerimientos y recomendaciones referentes a las buenas<br />
prácticas ambientales que se pueden o deben aplicar como mitigación o como corrección en cada una de las etapas<br />
del proceso productivo. Cada requerimiento o recomendación está identificada por un código alfanumérico a fin<br />
de poder identificarlos separadamente, de tal modo que en el intercambio de correspondencia o documentación,<br />
un proponente o desarrollador de proyecto como un funcionario de la SERNA, puedan hacer referencia a los<br />
requerimientos o buenas prácticas recomendadas de manera fácil y específica, mediante la cita del código.<br />
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