bicentenario_6
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Gloria Patricia González Negrete<br />
El Congreso<br />
del Estado de<br />
México.<br />
Los papeles<br />
públicos y<br />
bibliotecas
2/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
Dr. Raymundo César Martínez García<br />
Presidente<br />
Dr. Miguel Adolfo Guajardo Mendoza<br />
Encargado de la Secretaría General<br />
Dra. R. Margarita Vasquez Montaño<br />
Encargada de la Coordinación de Investigación
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/3<br />
Gloria Patricia González Negrete<br />
El Congreso<br />
del Estado de<br />
México.<br />
Los papeles<br />
públicos y<br />
bibliotecas
4/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
Edición y corrección: Trilce Piña Mendoza<br />
Diseño, formación, tipografía y cuidado de la edición: Luis Alberto Martínez López<br />
Primera edición electrónica 2024<br />
DR © El Colegio Mexiquense, A.C.<br />
Ex hacienda Santa Cruz de los Patos s/n,<br />
colonia Cerro del Murciélago,<br />
C.P. 51350, Zinacantepec,<br />
Estado de México.<br />
www.cmq.edu.mx<br />
Esta obra fue sometida a un proceso de dictaminación académica bajo el principio de doble ciego, tal y como se señala en<br />
los puntos 31 y 32 del apartado V, de los Lineamientos Normativos del Comité Editorial de El Colegio Mexiquenses, A. C.<br />
Queda prohibida la reproducción parcial o total del contenido de la presente obra sin contar previamente con la autorización<br />
expresa y por escrito de los titulares de los derechos de esta edición, en términos de la Ley Federal de Derecho de Autor y, en<br />
su caso, de los tratados internacionales aplicables. La persona que infrinja esta disposición se hará acreedora a las sanciones<br />
legales correspondientes.<br />
Nota: las imagenes aquí presentadas son de caracter ilustrativo y no persiguen fines de lucro.<br />
Hecho en México / Made in Mexico<br />
ISBN (colección en trámite)<br />
ISBN (ejemplar en trámite)
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/5<br />
Índice<br />
Introducción 7<br />
La historia de la librería y los papeles públicos,<br />
los inicios (1824-1827) 8<br />
Sedes donde se ubicó la Librería en el Congreso 10<br />
El acervo bibliográfico y documental inicial 13<br />
La Biblioteca Pública que funcionó en la residencia<br />
de los supremos poderes del Estado y la resolución<br />
de crear dos bibliotecas (1827-1832) 14<br />
La biblioteca del estado con la inspección<br />
del Congreso (1829-1832) 15<br />
Aspectos destacados de los Reglamentos Interiores<br />
del Congreso del Estado de México y la Librería 17<br />
La importancia del Inventario de la Biblioteca<br />
del Congreso, 1867 20<br />
El Reglamento de la biblioteca del Congreso, 1869 22<br />
Conclusiones 22<br />
Para saber más... 24
6/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/7<br />
Introducción<br />
Para la reconstrucción de los antecedentes e historia de la Biblioteca<br />
del Congreso del Estado de México, así como de la injerencia<br />
que tuvo el Congreso estatal en las bibliotecas del Estado, que eran<br />
de carácter público, y en la librería, que era un espacio de resguardo de<br />
papeles públicos, se hizo una revisión documental de aquellos periodos<br />
que van desde los orígenes de la denominada Librería, ubicada<br />
en el Congreso en el año de 1824, hasta los cambios o<br />
transformaciones de años posteriores.<br />
La labor documental se realizó mediante la recopilación y selección<br />
de información de los decretos, los reglamentos, los expedientes<br />
y otros documentos del Congreso del Estado de México, material<br />
bibliográfico y demás información relativa al tema; cabe señalar que<br />
el estudio acerca del Congreso se inició en enero de 2022 y se concluyó<br />
en marzo de 2023.<br />
Felipe Meneses Tello afirmó que: “Las instituciones bibliotecarias,<br />
incluyendo las parlamentarias, son factores formales, reales e históricos<br />
que pueden determinar el contenido de ciertas reglas jurídicas de<br />
observancia general, orden público e interés social”, (2009: 11) y en<br />
efecto así es, ya que las bibliotecas de los Congresos, al ser áreas de<br />
resguardo de información y conservar las normas expedidas, las iniciativas,<br />
los decretos, acuerdos y expedientes legislativos, abordan temas<br />
de la vida pública, política, social y económica de los Estados, lo que<br />
permite apoyar el trabajo legislativo a futuro, y considerar aquellos<br />
antecedentes legislativos que puedan ser importantes en la creación de<br />
la nueva legislación, de ahí la relevancia del rescate de la génesis,
8/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
historia y desarrollo institucional de las bibliotecas de los Congresos<br />
de las entidades federativas en México.<br />
En este artículo se puntualizan las características de la Biblioteca<br />
del Congreso del Estado de México y se lleva a cabo un repaso histórico<br />
a las bibliotecas públicas; se realizó, entonces, de manera cronológica<br />
la búsqueda de información desde sus orígenes; se describen,<br />
por lo tanto, los inicios de la Librería ubicada en el recinto del<br />
Congreso desde el año de 1824, las sedes del Congreso, la formación<br />
del acervo bibliográfico y documental inicial de la Biblioteca del<br />
Congreso y su impacto en la historia legislativa estatal, así como las<br />
primeras publicaciones derivadas de la actividad del poder legislativo,<br />
la biblioteca pública que funcionó en la residencia de los supremos<br />
poderes del Estado, la resolución de crear dos bibliotecas en los<br />
años de 1827 a 1829 y la creación de la Biblioteca del Estado, que<br />
estuvo bajo la inspección del Congreso del Estado de México en los<br />
años de 1829 hasta 1832.<br />
También se analizaron los reglamentos interiores para el Congreso;<br />
se encontraron antecedentes importantes a partir de 1867 con<br />
el primer Inventario de la Biblioteca y el Reglamento de la Biblioteca<br />
del Congreso del año 1869, anexando al final imágenes de la catalogación<br />
bibliográfica y documental que se realizó en la Biblioteca<br />
en los años 1869 y 1874.<br />
La historia de la librería y los papeles públicos,<br />
los inicios (1824-1827)<br />
Una de las instituciones con una trayectoria histórica relevante desde<br />
los años de la formación del gobierno y organización política,<br />
económica y territorial del naciente Estado de México lo fue el<br />
Congreso del Estado, que desde el Decreto sobre la organización<br />
provisional del gobierno interior del Estado de México lo mencionaba<br />
como uno de los tres poderes en los que se dividió el Estado; adoptando<br />
el gobierno estatal, la forma de republicano, representativo y popular<br />
siendo plasmadas las facultades del Poder Legislativo en la Ley<br />
Orgánica Provisional para el Arreglo del Gobierno Interior del Estado<br />
Libre, Independiente y Soberano de México en los artículos 8,<br />
9, 10 y 11, ley expedida en el año 1824.<br />
En ese contexto de organización estatal surge la denominada librería,<br />
ese primer antecedente se encuentra documentado en el<br />
texto del decreto número 11 de fecha 17 de marzo de 1824, denominado<br />
Decreto sobre papeles públicos, emitido por el Congreso Constituyente,<br />
en el que se prevé el resguardo y cuidado de documentos de
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/9<br />
carácter público o papeles. En el Reglamento Interior para el Congreso<br />
del Estado de México emitido por el Congreso Constituyente,<br />
el 18 de junio de 1824, se estableció que en el Palacio del Congreso<br />
del Estado, con la proporción que el local ofreciera, se destinarían<br />
dos o tres piezas para la Secretaría y Archivo, una para la Librería y<br />
las precisas para la Tesorería, reservando, mínimo, dos de las más<br />
inmediatas o cercanas al Salón de Sesiones para desahogo de los<br />
asuntos de los señores diputados y para el despacho de las comisiones.<br />
Lo anterior muestra que el nombre inicial con el que se denominó<br />
al área de resguardo de documentos fue el de librería, que se<br />
localizaba en la sede y recinto del Congreso. La denominación de<br />
librería tiene como referencia un origen anglosajón, ya que para los<br />
años de 1800 a 1826, se tenían los antecedentes de las bibliotecas<br />
que pertenecían o formaban parte de los Congresos, como fue la de<br />
los Estados Unidos “Library of Congress”, que se creó en 1800 y<br />
estaba dentro del edificio del Capitolio.<br />
En el Reglamento Interior destaca la mención al Archivo, que<br />
se integra como una oficina más en la sede del Congreso estatal, a la<br />
par que la Librería. Es decir, como se advierte de los datos anteriores,<br />
para el año de 1824, por primera vez, se alude a un área de recepción<br />
documental en donde cualquier papel o documento que ostentará<br />
el carácter de público era enviado para su resguardo. En años posteriores<br />
a 1824 se encuentran solo algunos registros de la Librería como<br />
se denomina hasta el año de 1834, pero, finalmente, fue desapareciendo<br />
ese nombre en años subsecuentes.<br />
En el comienzo de la<br />
configuración del<br />
naciente Estado de<br />
México se emitió el<br />
Decreto sobre la<br />
organización provisional<br />
del gobierno interior del<br />
Estado de México,<br />
compuesto de los<br />
partidos que comprendía<br />
la provincia de este<br />
nombre, de fecha 2 de<br />
marzo de 1824 y,<br />
posteriormente, la Ley<br />
Orgánica Provisional para<br />
el Arreglo del Gobierno<br />
Interior del Estado Libre,<br />
Independiente y Soberano<br />
de México, expedida<br />
mediante decreto número<br />
18, publicado en fecha 7<br />
de agosto de 1824, donde<br />
se plasmaron las<br />
funciones del Congreso,<br />
en específico en el<br />
Capítulo II, cuyo texto se<br />
muestra en esta figura.
10/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
Sedes donde se ubicó la<br />
Librería en el Congreso<br />
Se ubica históricamente<br />
la expedición del decreto<br />
número 11 en el periodo<br />
que va, del posterior<br />
establecimiento de la<br />
Diputación de la<br />
Provincia de México<br />
(1823-1824) al<br />
surgimiento del Congreso<br />
Constituyente estatal<br />
(1824-1827). Aquí<br />
destaca que en esos años<br />
existía la necesidad de<br />
contar con un espacio de<br />
resguardo documental de<br />
toda información o<br />
papeles de carácter<br />
público que se fuera<br />
generando en el Estado<br />
de México. Crónica<br />
Legislativa, 1er Congreso<br />
Constituyente del Estado<br />
de México, 1824-1830,<br />
tomo 1, decreto 11.<br />
Las sedes donde se albergó a los diputados<br />
desde la instauración del Congreso del Estado<br />
de México corren de manera paralela a<br />
los lugares donde se ubicaba en diferentes<br />
periodos las denominadas Librería, Biblioteca<br />
del Estado, Biblioteca Central del Estado<br />
y la Biblioteca del Congreso.<br />
Cabe aclarar que las denominadas Biblioteca Central del Estado<br />
y Biblioteca del Estado tuvieron el carácter de públicas, es decir, que<br />
si bien mantuvieron vinculación con el Congreso, estuvieron ubicadas<br />
en distintos lugares, en el texto “Historia de las Bibliotecas en el<br />
Estado de México”, se afirma que la primera biblioteca del Estado<br />
de México se fundó en Tlalpan y, posteriormente, en 1830 se cambió<br />
a Toluca y se instaló en el antiguo Hospital de San Juan de Dios;<br />
años después se ubicó en el extinto edificio que ocupaba el Palacio<br />
de Justicia del Estado de México.<br />
Haciendo un repaso histórico, el gobernador de la entidad, el<br />
general Melchor Múzquiz inicialmente estableció la sede de las oficinas<br />
de gobierno en la ciudad de México en el edificio de la extinta<br />
Inquisición que después fue la Escuela de Medicina. En el primer<br />
Reglamentó Interior del Congreso Constituyente del Estado de<br />
México emitido en el año de 1824, se dispuso el lugar para celebrar<br />
las sesiones del Congreso, denominado “Palacio del Congreso del<br />
Estado”, también, se destinaron piezas para la colocación de las oficinas<br />
como la Secretaría, el Archivo, la Tesorería, las comisiones, entre<br />
otras; en cuanto a la Librería, se destinó una pieza del Palacio del<br />
Congreso del Estado, y para el archivo y secretaría una o dos piezas.<br />
Así se estableció la primera sede de la Librería en el Congreso<br />
en la Ciudad de México, en la dirección ubicada en el Salón Capitular<br />
del Ayuntamiento y edificio de la extinta Inquisición; y como<br />
ya se refirió también cabe resaltar que a partir de 1824 ya se mencionaba<br />
la existencia de un Archivo, que a la fecha ha subsistido y<br />
que estuvo ubicado en sus inicios en el mismo lugar del Congreso.<br />
Para el 18 del mes de noviembre de 1824, mediante un decreto<br />
los diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos<br />
aprobaron la creación del Distrito Federal, como sede de los poderes<br />
de la Unión y a la Ciudad de México Capital de la República; en<br />
consecuencia, se ordenó al General Melchor Múzquiz eligiera otra<br />
capital para el Estado de México, al respecto se menciona:
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/11<br />
Ante tal acto, nuestro estado tuvo que darse<br />
a la búsqueda de otra capital. Se eligió Texcoco,<br />
pero para esa fecha esta población no<br />
contaba con lo necesario para convertirse en<br />
capital permanente del estado. Así que el<br />
experimento duró sólo cuatro meses. Con<br />
todo, allí se promulgó la primera Constitución<br />
del Estado de México el 14 de febrero<br />
de 1827. Conforme a ella, el territorio del<br />
estado se comprendía en los distritos de<br />
Acapulco, Cuernavaca, Huejutla, México,<br />
Taxco, Toluca, Tula y Tulancingo.<br />
En Texcoco la sede fue en la Iglesia de San Juan de Dios; posteriormente,<br />
para el año de 1827 se trasladaron de manera provisional<br />
los supremos poderes del Estado de México al pueblo de San Agustín<br />
de las Cuevas, después denominado Tlalpan, en el Salón Provisional<br />
de dicho pueblo en la casa del ciudadano Manuel Rodríguez<br />
y, posteriormente, el Congreso y la Secretaría se remitieron a las<br />
piezas que estaban en el Hospicio que la Comisión de Policía Interior<br />
había considerado que estaban en mejor disposición.<br />
En el decreto número 130 de fecha 12 de julio de 1830 se ordenó<br />
por el Congreso Constituyente que “el Congreso, el Gobierno,<br />
los tribunales y oficinas del Estado empezarán a ejercer sus funciones<br />
en la Ciudad de Toluca el 24 del corriente”; 1 para el cumplimiento<br />
de dicho decreto se ubicaron indistintamente tanto en la Iglesia de<br />
San Juan de Dios, el Salón Capitular del Ayuntamiento, en la Casa<br />
del exgobernador y Casa que arrendaba al Ayuntamiento.<br />
Para junio de 1833, de manera temporal, se trasladan los supremos<br />
poderes del Estado de México al municipio de Lerma, al Salón<br />
de las Casas Conciliares del Ayuntamiento, y después de casi dos<br />
meses nuevamente regresan a Toluca para agosto de 1833; lo anterior<br />
permite inferir que el envío tanto de oficinas como documentos de<br />
Librería fue trasladado a los mencionados recintos legislativos, ya<br />
que en la reglamentación interna o disposiciones del congreso así se<br />
ordenaba, dada la conflictiva social y política existente.<br />
En cuanto a la biblioteca pública, durante el gobierno centralista<br />
en 1836, el material de la biblioteca fue llevada en depósito a la<br />
ciudad de México y, posteriormente, para el año de 1849 se instaló<br />
nuevamente en Toluca.<br />
En el Estado de México al<br />
crearse un área de<br />
recepción documental,<br />
como lo era la Librería y,<br />
posteriormente, en la<br />
Biblioteca del Congreso,<br />
se advierte la intención de<br />
salvaguardar aquellos<br />
documentos que eran<br />
relevantes para el<br />
desempeño del gobierno<br />
estatal, es decir, el recinto<br />
del Congreso del Estado<br />
o la ciudad sede de los<br />
poderes estatales se<br />
convirtieron en<br />
resguardatarios de las<br />
bibliotecas en los<br />
primeros años de la<br />
creación del Estado de<br />
México. En la imagen se<br />
puede apreciar la<br />
biblioteca que estaba en<br />
el recinto de la Cámara de<br />
Diputados en años<br />
recientes. Fuente: Archivo<br />
fotográfico de la<br />
Dirección General de<br />
Comunicación Social del<br />
Poder Legislativo del<br />
Estado de México.<br />
1<br />
Crónica Legislativa del Poder Legislativo del Estado de México. Secretaría de Asuntos Parlamentarios.<br />
Acervo de Decretos años de 1824 a 1874.
12/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
En el espacio de resguardo se reunieron entre<br />
otros: los documentos que integrados en<br />
expedientes contenían información legislativa;<br />
información de asuntos a tratar por los diputados<br />
con el gobernador del Estado de México;<br />
proyectos de iniciativas de leyes, reformas o<br />
modificaciones a leyes; oficios con respuestas o<br />
indicaciones acerca de un asunto del Gobernador<br />
dirigidos al Presidente o Secretario de la Cámara<br />
de Diputados y demás información relevante.<br />
Fuente: Archivo fotográfico de la Dirección<br />
General de Comunicación Social del Poder<br />
Legislativo del Estado de México.<br />
El decreto número 130 emitido por los<br />
legisladores del Estado de México nos muestra<br />
la relevancia de la actividad legislativa para<br />
generar una dinámica para la organización del<br />
entramado gubernamental del Estado que<br />
involucraba también a los poderes ejecutivo y<br />
judicial al organizar los tribunales y oficinas del<br />
Estado. Crónica Legislativa, 1er Congreso<br />
Constituyente del Estado de México, 1824-1830,<br />
tomo 1, decreto 130<br />
Fachada principal del actual recinto del poder legislativo, que albergó hace algunas décadas a la Biblioteca del<br />
Congreso, la cual contenía material bibliográfico especializado, así como documentos de índole legislativo<br />
que generaban los diputados del Estado de México. Fuente: Archivo fotográfico de la Dirección General de<br />
Comunicación Social del Poder Legislativo del Estado de México.<br />
La Biblioteca del Congreso fue<br />
concentrando información invaluable<br />
desde sus inicios, como son algunas<br />
recopilaciones de leyes, compendios de<br />
legislación, códigos y constituciones de<br />
otros países y estados de la república<br />
mexicana y bibliografía; se muestra una<br />
imagen que corresponde al recinto de la<br />
biblioteca antes de su cambio de<br />
ubicación al recinto actual en la Ciudad<br />
de Toluca. Fuente: Archivo fotográfico de<br />
la Dirección General de Comunicación<br />
Social del Poder Legislativo del Estado<br />
de México.
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/13<br />
El acervo bibliográfico y<br />
documental inicial<br />
Cuando se alude a la actividad de la imprenta<br />
en el Estado de México es importante<br />
lo que mencionan Gonzalo Pérez<br />
Gómez y Miguel Ángel Pérez Villanueva en<br />
la Historia de las Bibliotecas en el Estado de<br />
México, que el primer impreso que salió de<br />
la imprenta del gobierno dirigida por Matute<br />
y González fue el tomo I de las Actas<br />
El mobiliario que existía en la Biblioteca y que se fue<br />
del Primer Congreso Constitucional del Estado<br />
de México, cuyo pie de imprenta reza: momento se realizaban las sesiones de las diferentes<br />
conservando, ya que era ese espacio, donde en algún<br />
comisiones legislativas, en las que los diputados<br />
San Agustín de las Cuevas, Imprenta del analizaban y discutían las iniciativas de leyes o<br />
Gobierno, 1827.<br />
decretos en diversas materias. Fuente: Archivo<br />
fotográfico de la Dirección General de Comunicación<br />
Mediante decreto del Congreso de fecha<br />
25 de septiembre de 1827 por el que se<br />
Social del Poder Legislativo del Estado de México.<br />
cambia la denominación de San Agustín de<br />
las Cuevas por Tlalpan el primer impreso fue el tomo II de las Actas<br />
del Primer Congreso Constitucional del Estado de México, cuyo pie<br />
de imprenta reza: Tlalpan, Imprenta del Gobierno, 1827.<br />
Pérez Gómez y Pérez Villanueva señalaron que: “es muy difícil<br />
saber -y casi imposible averiguar- cuál fue el primer trabajo impreso<br />
en las prensas de la imprenta que poseía el Congreso, cuando<br />
los Poderes se trasladaron a Toluca, a mediados de 1830” (1988).<br />
Posteriormente, ya para la época del centralismo, en 1836, la ciudad<br />
de Toluca se quedaría sin imprenta.<br />
Destaca entre las actividades de impresión, por ejemplo, los 31<br />
volúmenes de la Colección de Decretos y Órdenes del Congreso<br />
Constituyente del Estado Libre y Soberano de México, tomo I,<br />
Toluca, de la imprenta de J. Quijano, del año 1848. Es importante<br />
mencionar lo anterior porque es precisamente en los recintos bibliotecarios<br />
donde se reúne la información que, en su momento y periodo<br />
histórico, fue impresa y publicada; aunado a que, en materia legislativa,<br />
nos permite conocer el tipo de leyes que se tenían y aplicaban en<br />
la sociedad dado el contexto histórico, político, económico, jurídico<br />
y social en una época determinada en el Estado de México.
14/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
La Biblioteca Pública que<br />
funcionó en<br />
la residencia de los supremos<br />
poderes del Estado y la<br />
resolución de crear dos<br />
bibliotecas<br />
(1827-1832)<br />
Resulta relevante el<br />
decreto número 39 del<br />
Primer Congreso<br />
Constitucional del Estado<br />
de México, que ordena el<br />
establecimiento de una<br />
biblioteca, con la<br />
posibilidad de crear una<br />
más; de lo que se deduce<br />
el interés de que en el<br />
naciente Estado de<br />
México se instauren<br />
bibliotecas públicas que<br />
abonen a la cultura y<br />
educación de sus<br />
habitantes, lo que<br />
también, lleva implícito un<br />
apoyo al desarrollo y<br />
progreso en la entidad.<br />
Crónica Legislativa, Primera<br />
Época de la Federación,<br />
1827-1835, tomo 2,<br />
decreto 39.<br />
Para el mes de febrero de 1827 el Congreso<br />
del Estado se trasladó a la ciudad de Texcoco,<br />
fue aquí donde se tomó la resolución de<br />
crear la Biblioteca Pública que funcionaría<br />
donde el Congreso se estableciera, es decir,<br />
dicha biblioteca no tendría las características<br />
de una biblioteca legislativa, por lo que resulta<br />
una iniciativa en el Estado de México de organizar una biblioteca<br />
con acceso público ubicada en un recinto legislativo.<br />
Al respecto, se señala: “Pocos días antes de cumplir tres meses de<br />
promulgada la Constitución local el Congreso emitió el decreto que<br />
dio vida a su biblioteca, la cual se considera como la primera que se<br />
estableció en todo México después de su independencia […]”. 2<br />
Estando Lorenzo de Zavala al frente de la gubernatura de la<br />
entidad (periodo del 8 de marzo de 1827 al 19 de abril de 1830) se<br />
emite el decreto número 39, de fecha 22 de mayo de 1827, denominado<br />
“Autorizando al gobierno para que pueda gastar hasta 9,000<br />
pesos en la compra de libros de ciencias y artes”, decreto por el que<br />
se ordena el establecimiento de dos bibliotecas, una en el lugar de<br />
la residencia de los supremos poderes del Estado y otra más en el<br />
lugar más populoso.<br />
En el decreto 39 del Congreso local mencionado, se señala que para<br />
contar con las bibliotecas se autorizaba la adquisición o compra en<br />
Europa de libros en ciencias y artes por triplicado, de esa adquisición<br />
de ejemplares serían destinados uno a cada biblioteca y el tercer ejemplar<br />
se vendería y su producto se destinaría para servir a fundar bibliotecas<br />
en los demás lugares del Estado que se considerara conveniente.<br />
Por otra parte, también se establece en el artículo 4 del mismo<br />
decreto que el Congreso nombraría una comisión de su seno o fuera<br />
de él, para formar la lista de obras que se comprarían y fueran más<br />
necesarias, dando preferencia a las escritas en España y también<br />
sobre artes, a fin de que se comprendan por los artesanos del Estado<br />
2<br />
Crónica Legislativa del Poder Legislativo del Estado de México. Secretaría de Asuntos Parlamentarios.<br />
Acervo de Decretos años 1824 a 1874.
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/15<br />
de México; aquí ya se aprecia la injerencia del Congreso para la<br />
adquisición de obras que serían destinadas a las bibliotecas públicas.<br />
Cabe destacar que al gobernador Lorenzo de Zavala se le atribuyó<br />
ser el fundador de la Biblioteca Pública en mayo de 1827 y del<br />
Instituto Literario del Estado en marzo de 1928.<br />
La biblioteca del estado con<br />
la inspección del Congreso (1829-1832)<br />
Posteriormente, en el decreto número 177, emitido por el Segundo<br />
Congreso Constitucional, con fecha 7 de octubre de 1829, con el<br />
nombre de Decreto sobre arreglo de biblioteca, se sientan las bases<br />
de organización y de arreglo de esa institución; ese decreto consta de<br />
12 artículos y tres capítulos, y básicamente constituye el primer<br />
ordenamiento de la biblioteca del estado, es decir, es una biblioteca<br />
de acceso público, con adscripción al poder legislativo.<br />
En el decreto en su capítulo 1 denominado “De la comisión de<br />
biblioteca y sus obligaciones” se estableció la existencia de una Comisión<br />
de Biblioteca, integrada por dos diputados que duraban dos<br />
años en su encargo, nombrados de acuerdo con su Reglamento Interior<br />
y renovándose al principio de las sesiones del mes de marzo,<br />
cuando se verificaba la renovación del Congreso; los diputados de la<br />
Comisión de Biblioteca fungían como jefes de la oficina pública de<br />
biblioteca y bajo su inspección estaba el bibliotecario, a quien podían<br />
separar de su cargo con causa justificada y se obligaban a informar<br />
de dicha decisión al gobierno del estado. En resumen, estaban a<br />
cargo de la Comisión de Biblioteca, el bibliotecario, las acciones de<br />
conservación y aumento de la biblioteca, las piezas de museo y la<br />
formación de índices respectivos.<br />
Se indicaba como otra de las obligaciones de la Comisión, obtener<br />
tres copias de los índices incluyendo las piezas de museo; entregar<br />
una copia que era dirigida al Gobierno, otra al Congreso y la tercera<br />
era para uso de la Biblioteca, agregando en los índices, las obras y<br />
piezas que fueran aumentando; también la obligación de formar el<br />
inventario de todos los muebles de la oficina a cargo del bibliotecario;<br />
asimismo, se realizaban las visitas de alguno de los diputados comisionados<br />
con la frecuencia requerida para mantener el orden en dicha<br />
oficina; por ningún motivo la Comisión de Biblioteca permitiría que,<br />
bajo su responsabilidad, se extrajeran de la biblioteca los libros ni<br />
cualquier otra cosa aún de su servicio, y se estableció que dicha Comisión<br />
tomaría las providencias oportunas y necesarias en caso de<br />
cualquier desorden que ocurriere en la biblioteca.
16/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
En el decreto número 177<br />
se plasmaron las<br />
obligaciones para ejercer<br />
el encargo de bibliotecario,<br />
que era la persona<br />
nombrada por la Comisión<br />
de Biblioteca del<br />
Congreso, misma<br />
Comisión que debía<br />
informar al gobierno del<br />
Estado de México, para<br />
que se librara el despacho<br />
y se autorizara la dotación<br />
de seiscientos pesos<br />
anuales a quien ejercía esa<br />
actividad. Tomado de<br />
Crónica Legislativa,<br />
Primera Época de la<br />
Federación, 1827-1835,<br />
tomo 2, decreto 177.
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/17<br />
En el decreto número 122 de fecha primero de junio de 1830 que contiene el “Presupuesto de los<br />
Gastos que deben erogarse en el año, que debe contarse desde 2 de junio de 1830 hasta igual fecha de<br />
1831, y otras prevenciones para el mismo objeto”, ya se advierte la erogación dentro del rubro del Poder<br />
Ejecutivo de fondos asignados para el sueldo de un bibliotecario y gastos menores de la biblioteca.<br />
Crónica Legislativa, 1er Congreso Constituyente del Estado de México, 1824-1830, tomo 1, decreto 122.<br />
En resumen, para el año de 1829 se instaura la denominada Biblioteca<br />
del Estado, siendo esta de carácter público y teniendo como<br />
rasgo relevante su relación con el Congreso, ya que, como se mencionó<br />
con anterioridad, existía una Comisión presidida por dos<br />
diputados, quienes fungieron como jefes de la oficina pública de<br />
dicha biblioteca y ya para el año de 1832 quedaba bajo la inspección<br />
del poder ejecutivo.<br />
Aspectos destacados de los Reglamentos<br />
Interiores del Congreso del Estado de México<br />
y la Librería<br />
En la primera parte de este estudio se mencionó a la Librería como<br />
un espacio de resguardo de papeles públicos, y en ese sentido, se le<br />
mencionó en los Reglamentos interiores para el Congreso del Estado<br />
de México de los años 1824, 1830 y 1832.<br />
Resalta en el Reglamento Interior para el Congreso del Estado<br />
de México de 1824 los artículos 82, 83 y 84 que tratan de la Comisión<br />
de Policía; esa Comisión resultó importante en esos años, ya
18/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
En el Reglamento para el<br />
Congreso del Estado de<br />
México de 1830,<br />
específicamente en el<br />
artículo 28 se señala que<br />
se destinaría una pieza<br />
que albergaría a la Librería.<br />
Tomado de Crónica<br />
Legislativa, 1er Congreso<br />
Constituyente del Estado<br />
de México, 1824-1830,<br />
tomo 1, decreto 138.<br />
Hasta el año de 1832 la<br />
Biblioteca del Estado<br />
formalmente dejaría de ser<br />
presidida por diputados,<br />
como lo señala el decreto<br />
número 241 expedido en<br />
fecha 18 de mayo de 1832<br />
por el que se establece<br />
que la Biblioteca del<br />
Estado quede bajo la<br />
inspección del Gobierno<br />
que se encargaría de<br />
atender y vigilar el rubro<br />
de las bibliotecas públicas<br />
en el Estado, eliminando<br />
toda participación del<br />
Congreso. Crónica<br />
Legislativa, Primera Época<br />
de la Federación, 1827-<br />
1835, tomo 2, decreto 241.
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/19<br />
que atendía al orden y gobierno del Congreso, como se señaló:<br />
“Artículo 120.- La Comisión de Policía compuesta del Presidente y<br />
secretarios, cuidará del orden y gobierno interior del Palacio del Congreso<br />
y de la observancia de las ceremonias y formalidades que prescribe<br />
este Reglamento.”. 3 Dicha Comisión adoptó algunas medidas<br />
3<br />
Crónica Legislativa del Poder Legislativo del Estado de México. Secretaría de Asuntos Parlamentarios.<br />
Acervo de Decretos años 1824 a 1874.<br />
En el Reglamento Interior para<br />
el Congreso del Estado Libre de<br />
México de 1834, que obra en el<br />
decreto 375 del Quinto<br />
Congreso Constitucional de<br />
fecha 8 de abril de 1834, en sus<br />
artículos 18, 19 y 20 se señalan<br />
entre otros temas, que en el<br />
Palacio del Congreso del Estado<br />
se dispondría de reservar un<br />
lugar para la Librería. Crónica<br />
Legislativa, Primera Época de la<br />
Federación, 1827-1835, tomo 2,<br />
decreto 375.
20/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
para el manejo y cuidado de documentos, libros y expedientes,<br />
muchos de los cuales forman parte del inventario actual del Archivo<br />
del Poder Legislativo.<br />
De igual manera, es importante distinguir cómo se van vinculando<br />
las actividades de la Comisión de Policía a temas de impresión<br />
de actas, decretos, proyectos de ley, entre otros documentos en los<br />
años de 1827 hasta 1832 que, como se mencionó, finalmente se irían<br />
resguardando y formarían el acervo legislativo en la denominada<br />
Librería del Congreso.<br />
En los reglamentos interiores del Congreso del Estado emitidos en<br />
los años 1830 y 1834 se establecieron diversas disposiciones, que contemplan<br />
que en el Palacio del Congreso del Estado se ubicaría la Librería,<br />
por lo que se observa su funcionamiento hasta la década de 1930.<br />
La importancia del Inventario de<br />
la Biblioteca del Congreso, 1867<br />
A partir de 1867 se localizaron algunos datos escuetos de la denominada<br />
Biblioteca del Congreso; el primer documento de relevancia<br />
es el Inventario de la Biblioteca del Congreso del 23 de diciembre<br />
En la imagen se aprecia la<br />
primera hoja del inventario en<br />
forma manuscrita,<br />
contemplaba 96 registros de<br />
material bibliográfico y un<br />
total de 331 tomos o<br />
volúmenes, que eran propiedad<br />
del Congresos y servían para la<br />
consulta de los legisladores; se<br />
inventariaron también las<br />
actas del congreso del estado,<br />
recopilación de leyes,<br />
compendios, códigos,<br />
enciclopedias, diccionarios,<br />
atlas y dos registros más que<br />
corresponden a bienes<br />
muebles. Archivo Histórico,<br />
Biblioteca “Dr. José María Luis<br />
Mora, Poder Legislativo del<br />
Estado de México. Exp. núm.<br />
46, Secretaría del Congreso,<br />
años 1867, 1868, 1869, 1870.
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/21<br />
Algunas obras del inventario<br />
de la biblioteca del Congreso,<br />
23 de diciembre de 1867<br />
Atlas Universal de Geografía antigua y moderna. Impreso en 1850.<br />
Otro id. para servir al conocimiento de la Historia de la revolución francesa.<br />
Otro id. Para el Consulado y el Imperio.<br />
Curso de Derecho económico español y de Indias por Murillo, dos tomos.<br />
Recopilación de las Leyes de Indias, cuatro tomos en dos volúmenes.<br />
Diccionario Histórico de Biografía Universal 12 tomos.<br />
Derecho Administrativo Español por Colmeiro, 2 tomos.<br />
Diccionario de Hacienda por Canga Argüelles, dos tomos.<br />
Febrero Novísimo, pro Eugenio de Tapia, 9 tomos.<br />
Tratado de Legislación Civil y Penal por Bentham.<br />
Compendio de la Historia Universal por Anguetil en 11 tomos, falta el 1º.<br />
Obras sueltas de José Ma. Luis Mora. 2 tomos.<br />
Patent of Commissioner of patents for the year<br />
Tratado de Economía Política por J. B. Gay. 4 tomos.<br />
Código de Comercio Español, un tomo.<br />
Curso de Economía Política por Rossí,un tomo.<br />
Curso de Legislación Penal por Ortolan, un tomo.<br />
Historia del Consulado y el Imperio, un tomo.<br />
Curso de Teneduría de Libros por López Monroy, un tomo.<br />
Tesoro de Autores Ilustres por Blanc, 7 tomos.<br />
Código Criminal Español, dos tomos, y otras obras de diversos autores.<br />
Fuente: elaboración de la autora con datos del Archivo Histórico, Biblioteca “Dr. José María<br />
Luis Mora, Poder Legislativo del Estado de México. Exp. núm. 46, Secretaría del Congreso, años<br />
1867, 1868, 1869, 1870.<br />
de 1867. En dicho inventario se ubicaron varios registros que corresponden<br />
básicamente a libros, diccionarios, enciclopedias y atlas;<br />
en la parte de legislación se ubican actas del congreso del estado de<br />
los años 1824 a 1855, algunas recopilaciones de leyes, compendios<br />
de legislación y códigos, al igual que se registran algunas piezas de<br />
mobiliario.<br />
Es importante señalar que el material bibliográfico y de legislación<br />
era, básicamente, para la consulta de los legisladores.<br />
Como se observa en el cuadro 1, una gran mayoría de las obras<br />
localizadas en la biblioteca del Congreso en el año de 1867 son de<br />
autores y tratadistas anglosajones, franceses, italianos y españoles; y<br />
destacan también las obras de autores locales como las Obras sueltas
22/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
del doctor José María Luis Mora y la Historia del Congreso de Miguel<br />
Zarco.<br />
En los textos se abordan, principalmente, los temas que eran de<br />
interés para los diputados del Congreso, como la historia, política,<br />
derecho, economía, geografía, administración; y destacan los libros<br />
en materia jurídica en sus diversas ramas tanto del derecho público<br />
como de derecho privado.<br />
La ideología de la Ilustración y el pensamiento liberal permeaban<br />
en la época en que se gestó la República en México y la creación del<br />
Estado Libre y Soberano de México; también influyó la teología y el<br />
iusnaturalismo, por lo que, las lecturas de los legisladores impactaron<br />
y moldearon la elaboración de iniciativas de leyes que se promulgaron<br />
y aplicaron en la entidad federativa.<br />
El Reglamento de la biblioteca<br />
del Congreso, 1869<br />
Dos años posteriores al Inventario de la biblioteca,<br />
que fue realizado en el año de 1867,<br />
se expidió el Reglamento para la Biblioteca del<br />
Congreso, con fecha 19 de abril de 1869 y se<br />
determinó, en siete artículos, la organización<br />
de esta; cabe mencionar que es el primer<br />
reglamento localizado en el acervo del Archivo<br />
Histórico del Poder Legislativo del<br />
Estado de México.<br />
Conclusiones<br />
En el contenido del Reglamento para la Biblioteca del<br />
Congreso destaca que la biblioteca estaba a cargo de<br />
la Comisión de Policía del Congreso; que el personal<br />
tendría que formar el inventario de los libros,<br />
presentarlo al Congreso en sesión pública y hacerlo<br />
constar en acta; si bien ya existía un inventario de<br />
libros desde el año de 1867, para el 10 de julio de<br />
1869 se realiza un nuevo Catálogo del material<br />
bibliográfico existente, que se unió al Reglamento<br />
original de la Biblioteca del Congreso. Archivo<br />
Histórico, Biblioteca “Dr. José María Luis Mora, Poder<br />
Legislativo del Estado de México. Exp. núm. 46,<br />
Secretaría del Congreso, años 1867, 1868, 1869, 1870.<br />
En resumen, de los datos anteriores se advierte<br />
que la librería era una oficina o espacio<br />
de resguardo que contenía documentos de<br />
carácter público, y no estrictamente documentos<br />
o papeles generados por el poder<br />
legislativo estatal. Por otra parte, existió la<br />
referencia textual de librería plasmada en<br />
diferentes artículos de los decretos y reglamentos<br />
interiores para el Congreso del Estado<br />
Libre de México de los años 1824, 1830
G. P. González Negrete: El Congreso del Estado de México. Los papeles públicos y bibliotecas/23<br />
y 1834, por lo que se encuentra documentada su existencia y su<br />
ubicación en el recinto del Congreso estatal.<br />
Por iniciativa del gobernador Lorenzo de Zavala, para el año de<br />
1827 se consideró la creación de una Biblioteca Pública que se ubicaría<br />
en el lugar de la residencia de los supremos poderes del Estado<br />
y otra biblioteca más en el lugar más populoso, y se autorizó la<br />
compra de libros para formar parte del acervo bibliográfico.<br />
En el año de 1829 se crea la denominada Biblioteca del Estado,<br />
la cual es de carácter público y tiene como rasgo relevante su relación<br />
con el Congreso, ya que se formó una Comisión presidida por dos<br />
diputados, quienes fungieron como jefes de la oficina pública de<br />
dicha biblioteca; es decir, independiente de la denominación, en ese<br />
año se va gestando un acervo bibliográfico y documental importante,<br />
a la vez que se sigue conservando el nexo con el Poder Legislativo,<br />
sus diputados y la Biblioteca.<br />
Fue hasta el año de 1832 cuando la Biblioteca pública del Estado<br />
formalmente dejaría de ser presidida por diputados, como lo<br />
Para el año de 1869 se emite el nuevo catálogo<br />
de obras y documentos el 10 de julio, plasmando<br />
solo 87 registros; en ese mismo mes y debido a la<br />
inclusión de los Códigos franceses anotados por<br />
Jeulet y D´uvillers, en dos tomos y dos<br />
volúmenes se incrementa el número a 89 obras<br />
en total. Catálogo que fue publicado en el<br />
periódico oficial La Ley en su número 58 en fecha<br />
20 de julio de 1869. Archivo Histórico, Biblioteca<br />
“Dr. José María Luis Mora, Poder Legislativo del<br />
Estado de México. Exp. núm. 46, Secretaría del<br />
Congreso, años 1867, 1868, 1869, 1870.
24/Cuadernos del <strong>bicentenario</strong> del Estado de México<br />
señala el decreto número 241, Decreto por el que se establece que<br />
la Biblioteca del Estado quede bajo la inspección del Gobierno,<br />
expedido en fecha 18 de mayo de 1832 por el Cuarto Congreso<br />
Constitucional.<br />
Finalmente, se rescata la trayectoria de la Biblioteca del Congreso,<br />
con antecedentes desde los años de 1867, 1869 y hasta la revisión<br />
de sus catálogos que mostraban las obras bibliográficas y documentales<br />
existentes para el año de 1874.<br />
La reflexión última de este repaso histórico del Congreso del<br />
Estado de México es la de observar la labor legislativa en varias materias<br />
llevada a cabo por los diputados para construir y organizar la<br />
naciente entidad federativa a partir de 1824, así como su destacada<br />
intervención en el resguardo de los documentos públicos y adquisición<br />
de obras o textos para formar y acrecentar los acervos documentales<br />
y bibliográficos de cada biblioteca que se fundó en los<br />
comienzos del Estado de México.<br />
Para saber más...<br />
Crónica Legislativa del Poder Legislativo del Estado de México, Secretaría<br />
de Asuntos Parlamentarios, Acervo de Decretos años de<br />
1824 a 1874.<br />
Crónica Legislativa, 1er Congreso Constituyente del Estado de México,<br />
1824-1830.<br />
Meneses Tello, Felipe (2009), “La biblioteca parlamentaria: institución<br />
de servicio e información documental en el procedimiento<br />
legislativo”, Revista de la biblioteca y Archivo Histórico de la<br />
Asamblea Legislativa Plurinacional, vol. 3, núm. 3.<br />
Pérez Gómez, Gonzalo y Miguel Ángel Pérez Villanueva (1988),<br />
Historia de las Bibliotecas en el Estado de México, México, SEP.