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CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO C O M U N I C A D O

lista adicional peritos 2009 - Poder Judicial del Estado de Guanajuato

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<strong>CONSEJO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>PODER</strong> <strong>JUDICIAL</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ESTADO</strong>C O M U N I C A D O.En sesión celebrada el 18 de junio de 2009, el Consejo del Poder Judicialacordó incluir en la lista preliminar de peritos autorizados por el Poder Judicial,publicada el día 1° de junio del presente año, a los solicitantes que dentro delplazo establecido en la convocatoria correspondiente, solventaron lasobservaciones pertinentes, siendo los siguientes:FOLIO NOMBRE OBSERVACIONES3 Irma González AlmarázLa autorización otorgada le permitefungir como perito en todo el Estado.Se agrega número telefónico014773250708 I.D. 72*725807*145 Oscar Daniel Ríos Duque134 Héctor Herrera VillalobosSe admite como perito en fotografíaforense y se corrige númerotelefónico, siendo el correcto014771672010.De acuerdo a las constancias queobran en este Consejo, se admitecomo perito en muebles, inmueblesagropecuarios, valuación demuebles e inmuebles.Por lo tanto, las personas antes listadas estarán autorizadas parafungir como peritos en los casos que señala el artículo 87 de la Ley Orgánicadel Poder Judicial, en tanto no se emita el listado definitivo de quienesacrediten el examen correspondiente, conforme al artículo 9 del acuerdoemitido por el Consejo del Poder Judicial para regular la integración del listadode peritos autorizados por el Poder Judicial.Asimismo, se hace del conocimiento el listado de solicitantescuyo registro no fue incluido en la lista preliminar referida anteriormente,exponiendo los motivos de la negativa, que es la siguiente:


FOLIO NOMBRE OBSERVACIONES11 Alfonso Rodríguez SauzaNo se admite en virtud de que no entregócopia certificada de los documentos conlos que acredite los estudios realizados oconocimientos adquiridos en relación a lamateria, como lo exigía la fracción V delinciso C) de la convocatoria.No se admite su registro como perito encriminalísitca, grafoscopía,documentoscopía, hechos de tránsito,balística e identificación de muebles, envirtud de que su solicitud resulta ser74 J.Jesús Eduardo De la Fuente Ruizextemporánea, ya que su inscripciónoriginal sólo incluía la materia devaluación de muebles, en la que fueadmitido.86 Mario Pio Lozano López100 Otoniel Zaragoza Sandoval154 Joel Narváez JuárezNo se admite su registro en virtud de queno acreditó contar con un mínimo decinco años de ejercicio profesional en latécnica en la que pretendía ser inscritoNo se admite su registro en las disciplinasadicionales que refiere (hechos detránsito, topografía, valuación eingeniería), en virtud de que lasconstancias que exhibió posteriormente,debió agregarlas dentro del términofijado en la convocatoria de fecha 27 demarzo de 2009, esto es, entre el 4 y 20 demayo de 2009. Además de que las mismasresultan insuficientes para acreditar suconocimiento en las mismas.No se admite como perito en topografía,en virtud de que no acreditó tenerestudios en la materia, como le exige elinciso C) fracción V, pues aunque acreditóser Ingeniero Civil, con copia certificadade su título y su cédula, tales documentosno son suficientes para acreditar su periciaen topografía.


155 Alejandra Ortega CórdovaNo se admite su registro, pues laantigüedad a que se refiere la fracción IIIdel inciso A) de la convocatoria se cuentaa partir de la fecha en que se obtiene eltítulo, cuando así lo exige la ley o unaconstancia que acredite los estudiosrealizados o conocimientos adquiridos enrelación con la materia, y en el casoconcreto, la solicitante acreditó susconocimientos en la materias quepretende ser perito con documentoscertificados que datan del año 2006, porlo que no cumple con los cinco años quese exigen para ser admitido en la lista deperitos autorizados.169 Juan Jorge Tello ParraNo se admite en virtud de que noespecifica la materia en la que pretendese le inscriba, pues para determinar si undocumento legalizado reúne los requisitoslegales, a lo que llama "legalizacióninternacional", se requiere deconocimientos en derecho, por lo que noes necesaria su experiencia pues losJueces son peritos en derecho y estáncapacitados para determinar sobre lalegalidad de un documento internacionalautentificado.Con efectos de notificación, publíquese el presente acuerdo en losEstrados del Consejo, en la página WEB del Poder Judicial y los diarios de mayorcirculación.A t e n t a m e n t e .Guanajuato, Gto., 25 de junio de 2009.La Presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado ydel Consejo del Poder Judicial del Estado.Lic. María Raquel Barajas Monjarás.

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