Doc 8585/147 Edition No. 147 / Édition n0147 / Edición num. 147 ...
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3. Designadores telefónicos<br />
S 0-7<br />
3.1 Los designadores telefónicos de las empresas explotadoras de aeronaves pueden utilizarse como parte del distintivo de<br />
llamada radiotelefónico de la aeronave, seguido de la identificación del vuelo en las comunicaciones radiotelefónicas, de<br />
conformidad con ios procedimientos radiotelefónicos de la OACI (véase el Anexo 10, Volumen II, 5.2.1.7.2). Ejemplo:<br />
"AEROFLOT301"."<br />
3.2 Para el registro de los designadores telefónicos se aplicarán las siguientes reglas:<br />
a) El designador telefónico debería parecerse al nombre de la empresa explotadora de aeronaves o a la función que<br />
ésta desempeña, y ser distinto y diferente de todo otro designador telefónico del <strong>Doc</strong> <strong>8585</strong>. Idealmente, deberla<br />
existir una correlación entre el designador de tres letras, el designador telefónico y el nombre de la empresa<br />
explotadora de aeronaves o su función (ejemplos: ARO - ARROW - Arrow Aviation, RAJ - RAJI - Raji Airlines);<br />
b) con el fin de reducir la longitud de la transmisión, el designador telefónico debería ser breve, constituido en la<br />
medida de lo posible por una palabra de dos o tres sílabas. El designador no debería rebasar las dos palabras;<br />
c) ios designadores de tres letras no pueden utilizarse en forma fonética como designadores telefónicos. <strong>No</strong> obstante,<br />
pueden mantenerse ios designadores telefónicos utilizados desde hacer largo tiempo (tales como KLM o TWA),<br />
siempre que se utilice una representación alfabética aceptable (ejemplo: KAY-ELL-EMM); y<br />
d) el designador telefónico debe poder pronunciarse fácilmente y adaptarse fonéticamente a uno, por lo menos, de los<br />
siguientes idiomas: español, francés, inglés y ruso;<br />
<strong>No</strong>ta.— Solución de los casos en que los distintivos de llamada tengan un sonido similar:<br />
1) En interés de la seguridad, los Estados y empresas explotadoras de aeronaves deberían elaborar<br />
procedimientos simples para detectar, notificar y eliminar aquellos distintivos de llamada que, por su similitud a<br />
otros distintivos de llamada, puedan ocasionar confusiones o errores en identificación. Cuando las dificultades<br />
se deban a la semejanza entre el distintivo de llamada y el designador telefónico, la administración de aviación<br />
civil pertinente debería coordinar los esfuerzos para resolver el problema. Para ello, tal vez sea 'preciso<br />
presentar a la : OACI una solicitud a fin de que se cambien uno o los dos designadores telefónicos conflictivos. Se<br />
precisa la cooperación, de las administraciones de aviación civil en el caso de empresas explotadoras de<br />
aeronaves de Estados distintos.<br />
2) Al seleccionar el número de identificación de vuelo, se recomienda lo siguiente:<br />
a) los números de vuelo deberían ser lo más cortos posibles y, habitualmente, estar limitados a tres cifras;<br />
b) los números de vuelo deberían seleccionarse teniendo en cuenta los números de vuelo que ya utilizan 'otras<br />
empresas explotadoras en los entornos de control previstos; y<br />
c) los números de vuelo, siempre que sea factible, deberían utilizarse con cifras que no terminen en cero ni en<br />
cinco. '