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Ediporc 81 feb.qxp 10/03/2005 18:14 Página 56<br />
NOTICIAS PATROCINADAS POR:<br />
DETECCIÓN DE TRIQUINELLA EN CARNES: ADAPTACIÓN<br />
ANTES DEL 11.06 Y GRANJAS DECLARADAS LIBRES DE<br />
TRIQUINILLA<br />
Los trabajos para la elaboración del Borrador del<br />
Proyecto de Reglamento indicado como asunto de<br />
referencia en este escrito ya se encuentra en un estado<br />
muy avanzado.<br />
La entrada en vigor de este Reglamento está prevista<br />
para el 1.1.06.<br />
ediporc | 56<br />
En el Artículo 3.1 se prevé que el análisis de la triquina<br />
debe realizarse sistemáticamente en todos los<br />
mataderos, salvo que las granjas estén calificadas<br />
como libres de Triquinilla el procedimiento previsto<br />
en el Artículo 6.<br />
Se indica además en el mismo artículo 3.1 que<br />
deben utilizarse los métodos analíticos indicados en el<br />
Anexo 1. Por otro lado, según el artículo 3.5, en el futuro<br />
se reconocerá el control de la triquina mediante el<br />
triquinoscopio como un método estándar.<br />
Más aún, según los puntos 5.a) y 5.b) del<br />
mismo artículo 3 el triquinoscopio solamente puede<br />
utilizarse cuando tenga que analizarse una solo canal<br />
aislada y no sean aplicables otros métodos estándar<br />
de control (3.5.a); ó, transitoriamente durante tres<br />
años, desde la fecha de aplicación del Reglamento<br />
(3.5.b), hasta que se pongan en marcha los métodos<br />
estándar del control oficial.<br />
Sin embargo, a continuación, se indican (Articulo 3.6)<br />
una serie de limitaciones de gran trascendencia<br />
comercial para poder seguir utilizando el método del<br />
triquinoscopio durante este periodo transitorio de tres<br />
años. Las limitaciones son de tal calibre que hacen<br />
absolutamente inviable recurrir al control triquinoscópico<br />
durante dicho periodo transitorio de tres años:<br />
- Comercialización local<br />
- Sello Sanitario distinto del comunitario<br />
- Las carnes no serían utilizables en productos<br />
cárnico cuyos proceso no eliminasen la triquinilla.<br />
-Información específica a los consumidores.<br />
Ninguna de estas limitaciones existe en la actualidad.<br />
SE trata por lo tanto de un cambio significativo.<br />
Según nuestro conocimiento, en la mayor parte de<br />
los mataderos de porcino de las empresas asociadas,<br />
los Inspectores Veterinarios ya están dotados de algunos<br />
de los métodos de control descritos en el Anexo 1<br />
de este futuro Reglamento, por lo que la futura aplicación<br />
de éste a partir del 1.1.06, no puede suponerles<br />
ningún tipo de problema operativo significativo.<br />
Si algún establecimiento de sacrificio de porcino todavía<br />
estuvieses utilizando el antiguo método tradicional<br />
del triquinoscopio, le sugerimos que se adapte<br />
cuanto antes a los nuevos métodos de control<br />
oficial.