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De este cuadro cabe destacar:<br />

1º Por segundo año consecutivo se produce una importante disminución en<br />

el número de denuncias por tortura en situaciones de detención<br />

Incomunicada. Sin embargo, pese ala disminución en número absoluto,<br />

se mantiene un alto porcentaje de denuncias por tortura en esta situación<br />

de detención incomunicada. El año pasado tuvimos conocimiento de<br />

nueve personas detenida, incomunicadas y puestas a disposición de la<br />

Audiencia Nacional. Hemos podido comprobar que, al menos tres de<br />

ellas, un 33.3%, denunciaron haber sufrido torturas durante la detención<br />

y/o el periodo de incomunicación( 12 ). En otros tres casos, tuvimos<br />

información de posibles torturas o malos tratos a los detenidos, si bien no<br />

pudimos contrastarlos debidamente.<br />

Es por ello que la C.P.D.T. sigue manteniendo su exigencia de la total<br />

desaparición de la detención bajo régimen de incomunicación( 13 ).<br />

2º Se mantiene en número de torturas y/o malos tratos contra migrantes<br />

(103 denuncias en 2012)<br />

Han sido numerosas las informaciones sobre agresiones a migrantes<br />

dedicados a la venta ambulante que, sin embargo, no han podido ser<br />

contrastadas, por lo que se han excluido del informe.<br />

Llaman la atención los casos de 17 personas que fueron agredidos por<br />

agentes policiales cuando se encontraban internos en alguno de los<br />

CIE´s existentes en el Estado, y una falleció por falta de atención médica<br />

( 14 ):<br />

12 57 denuncias en 2010, 18 denuncias en 2011. 3 en 2012.<br />

13 Recomendación nº 4 de la CPDT: “La detención incomunicada y el régimen de aislamiento<br />

penitenciario crean condiciones que facilitan la práctica e impunidad de la tortura, dotando de<br />

sistematicidad a la práctica de la tortura, y constituyen por si mismos un trato inhumano y<br />

degradante. Por ello, estos mecanismos excepcionales deberán ser inmediatamente suprimidos, así<br />

como aquellas legislaciones y tribunales que los utilizan y amparan, como la Audiencia Nacional,<br />

recuperándose la figura del juez natural. Asimismo, deberían suspenderse y archivarse todos los<br />

procedimientos penales sustentados en inculpaciones o autoinculpaciones arrancadas bajo tortura a<br />

las personas detenidas”. Ver apéndice<br />

14 Al igual que en otros supuestos, han sido numerosas las noticias sobre agresiones en estos CIE´s<br />

que no hemos podido comprobar fehacientemente, pero de las que informes de otras<br />

organizaciones de DD.HH: han dejado constancia.<br />

A título ilustrativo, mencionar el informe de Pueblos Unidos, publicado recientemente, en el que se<br />

recogen agresiones a personas internadas en el CIE de Aluche (Madrid) en las siguientes fechas: 13<br />

de abril; 20 de octubre y 21 de noviembre, o en el Aeropuerto de Barajas, en el momento de la<br />

expulsión, en fechas: 8 de marzo. Todas ellas no incluidas en este informe.<br />

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