causa: “sandra lopez curtido s/ difamacion y otros” - ABC Color
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cordial no sé si personal o telefónica con la periodista por lo que hay cizaña. P: Usted<br />
Califica a Zuni como persona influyente? R: Si, es conocida en el mundo empresarial, ella<br />
era directora de una revista, pero esa influencia no es como la de un político, Ministro, o<br />
funcionario publico, sino mas bien como mi influencia, social y mas que deviene de una<br />
familia relevante como la familia Castiñeira Leguizamon.-----------------------------------------<br />
La testigo Mirtha Teresita Quinteros López (amiga de la querellante), dijo: En<br />
esa publicación la Sra. Castiñeira se vio muy afectada, afecto a su familia que es lo que más<br />
ella sintió. Querella: P: Usted accedió a la publicación? R: Si. P: Recuerda quien firmo el<br />
articulo? R: La Sra. Sandra López. P: Dijo que la vio en la casa de Zuni en cuantas<br />
oportunidades? R: En varias ocasiones. P: Y que hacia ahí? R: Pleno conocimiento no<br />
tengo. P: Porque medio accedió impreso u otro medio? R: La edición impresa porque yo<br />
estaba en su casa. P: Recuerda la fecha? R: Fin de semana porque me iba junto a su hijo. P:<br />
Como era el ánimo de ella? R: Fatal era su estado de ánimo. P: Y su hijo? R: Alan si, el<br />
chiquitito no entiende. P: Que decía el articulo? R: Tráfico de influencia, no le nombraba a<br />
ella con nombre y apellido si como ex modelo y le nombra a su hermano también. P: Había<br />
fotografías? R: Si, una era del Sr. Delgado con Zuni y otra es con la Sra. Maidana.<br />
Defensa: P: Usted recuerda si en esta publicación refiera a otras publicaciones que<br />
sirvieron de antecedentes? R: Si, creo que se venía investigando, algo así, no sé qué.<br />
Tribunal: No pregunta. --------------------------------------------------------------------------------<br />
El testigo Augusto Barreto (colega de la querellada), manifestó cuanto sigue:<br />
Conozco la nota y me llama la atención porque no es la primera vez que se habla de eso y<br />
no encuentro nada distinto a otras publicaciones. Defensa: P: A que publicaciones se<br />
refiere a que no le extraña? R: A todas las publicaciones, pero me refiero a una que me<br />
afecto en el programa EL OJO ella llego a atajar que se produzca con un Juez. P: Que logro<br />
atajar? R: Un programa de televisión EL OJO en 1994, el primer programa que debía salir<br />
al aire y lo atajo con un Amparo, no pudo salir, fue censura previa, después se destrabo el<br />
programa historia del Narcotráfico en Paraguay. P: Que otros medios conoce? R: Muchos,<br />
en este momento no memorizo. Lo que me llama la atención es que no se moleste por otras<br />
publicaciones. P: Conoce el trabajo de la Sra. Sandra López? R: Si, es una excelente<br />
profesional, ha realizado un montón de investigaciones y las denuncias que realizamos<br />
fueron con sus documentos. P: Donde trabaja ella actualmente? R: En <strong>ABC</strong>, pero la<br />
cambiaron de área antes en investigaciones, son cuestiones internas. P: Escaramuzas con<br />
Zuni a que se refiere? R: Por las publicaciones que hacíamos y ella se molestaba, incluso<br />
grabaciones telefónicas, siempre hubo reacción molesta contra la prensa. P: Tiene<br />
influencia con gente del gobierno? Objeción: está mal planteada, no se puede debatir sobre<br />
la veracidad de la calumnia, no puede traer a colación. Tribunal Pregunta: P: Usted como<br />
periodista cree que Zuni es influyente? R: Si, por el ejemplo de frenar un programa con un<br />
recurso de amparo. Tribunal: P: que es Tráfico de Influencia? R: Si yo vengo y le pido a<br />
usted que favorezca a alguna de las partes por su amistad como soborno. P: si yo dijera el<br />
periodista Augusto Barreto hace tráfico de influencia se sentiría ofendido? R: No, porque se<br />
mi comportamiento. Querella: P: Cuando salió publicado no se puso en contacto con<br />
Sandra? R: No, ella renuncio y estaba enojada conmigo, si me molesto cuando me entere de<br />
la demanda contra ella. P: El recurso de apelación de que año data? R: De 1994. P: Como<br />
termino? R: Los abogados del canal hicieron lo suyo, se levanto un mes después se emitió<br />
el programa, ella quería que se saquen algunas cosas y no aceptamos. P: Ella se puso en<br />
contra de usted? R: Antes ella llamo y hablo con Menchi Barriocanal. P: Recuerda que ella<br />
pretendía que no se exhiba en ese programa? R: No recuerdo. P: Sabe si el trafico de<br />
influencia es un hecho punible? R: Si es un hecho punible. Tribunal: P: Ustedes intentaron<br />
hablar con ella? R: Si siempre escuchamos las dos campanas.--------------------------------<br />
El testigo Luis Bareiro (Colega de la querellada), dijo: Leí el artículo ahora para<br />
enterarme de que se trataba. Defensa: P: Como periodista a que temas se dedica? R: En el<br />
departamento de investigación del diario Ultima Hora, conductor de un programa de<br />
investigación en radio y TV. P: Alguna vez investigo a la Sra. Zunilda, sobre que hechos?<br />
Objeción; El objeto del juicio no son otros hechos, sino puntualmente la publicación del 28<br />
de junio del 2009. Es Procedente. P: Usted realizo alguna publicación sobre Zuni con<br />
relación a algún factor de poder? Objeción; No se le investiga a Zuni. Tribunal: P: Usted<br />
sabe o tiene conocimiento si antes de esta publicación a la Sra. Zuni la investigaron? R: Si,