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Danone y tú - Danone leche

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transformación en <strong>leche</strong> y<br />

productos lácteos, periodo<br />

de la tasa 2008/2009. La<br />

propuesta de homologación<br />

de este contrato fue realizada<br />

por la Organización<br />

Interprofesional Láctea (IN-<br />

LAC) y se publicó en el BOE<br />

el 12 de agosto de 2008.<br />

El documento se estructura<br />

en un cuerpo y dos anexos,<br />

uno que recoge el precio de<br />

la <strong>leche</strong> y otro el sistema<br />

de primas y penalizaciones<br />

que se aplicará al precio<br />

acordado.<br />

En el cuerpo del contrato<br />

se regulan aspectos de<br />

gran importancia para<br />

ambas partes como es la<br />

duración, el volumen de<br />

<strong>leche</strong> que se pacta adquirir,<br />

el plazo máximo de pago de<br />

la facturación o la creación<br />

de una Comisión de Seguimiento<br />

que velará por el<br />

cumplimiento del contrato.<br />

La duración es el elemento<br />

más trascendente de este<br />

documento, ya que se ha<br />

de acordar un mínimo de<br />

3 meses. Esto posibilita<br />

que productor y comprador<br />

conozcan con cierta antelación<br />

tanto el volumen de<br />

<strong>leche</strong> que se va a suministrar<br />

como el precio que se<br />

va a pagar por ella.<br />

FIJACIÓN DEL PRECIO<br />

En el anexo referido al precio,<br />

los firmantes tienen la<br />

posibilidad, por un lado, de<br />

acordar el precio previsto<br />

para todos los meses del<br />

periodo de vigencia inicial<br />

del contrato o, por otro,<br />

referenciarlo a algún índice<br />

que, mediante el establecimiento<br />

de un mecanismo<br />

de revisión, permita<br />

obtener el precio que se<br />

pagará cada mes por la<br />

<strong>leche</strong> suministrada. De<br />

momento, DANONE, S.A.<br />

ha optado por fijar en el<br />

contrato el precio del litro<br />

de <strong>leche</strong> tipo para cada uno<br />

de los meses y, durante el<br />

último mes de vigencia del<br />

contrato, este anexo deberá<br />

ser sustituido por otro en el<br />

que ha de figurar el precio<br />

previsto para el nuevo<br />

periodo contractual.<br />

Al cierre de la<br />

edición de esta<br />

revista, más<br />

del 90% de los<br />

productores lo<br />

habían firmado<br />

En el anexo referido a los<br />

conceptos variables se recogerán<br />

las primas y penalizaciones<br />

que se aplicarán al<br />

precio fijado para una <strong>leche</strong><br />

tipo (3,7% de materia grasa<br />

y 3,1% de proteína). Este<br />

anexo podrá ser sustituido,<br />

con efectos para el periodo<br />

siguiente, por otro que recoja<br />

las posibles modificaciones<br />

del sistema de cálculo<br />

de los conceptos variables<br />

durante el último mes de<br />

vigencia de cada periodo.<br />

PRINCIPIOS SOCIALES FUNDAMENTALES<br />

danoneinforma<br />

DANONE, un ejemplo de producción responsable<br />

La firma de los contratos homologados avala ante<br />

el consumidor final que la producción de <strong>leche</strong> se<br />

ha realizado bajo unas condiciones de producción<br />

dignas y éticas para el trabajador.<br />

Aprovechando la firma de los contratos que documentan<br />

el suministro de <strong>leche</strong> de vaca, DANONE,<br />

S.A. ha introducido en el anexo referido al precio la<br />

obligación de que los firmantes respeten los Principios<br />

Fundamentales que figuran en el artículo 21 de<br />

sus Condiciones Generales de Compra.<br />

Esta obligación, que ya venía siendo asumida expresamente<br />

por otros proveedores de DANONE, desde<br />

ahora también deberá ser asumida por los proveedores<br />

de <strong>leche</strong>. En el artículo 21 de sus Condiciones<br />

Generales de Compra se recogen siete compromisos<br />

éticos referidos todos ellos a las condiciones de<br />

trabajo definidas por la Organización Internacional<br />

del Trabajo (OIT). Aunque nuestro ordenamiento jurídico<br />

ya sanciona la violación de cualquiera de ellos,<br />

DANONE ha estimado que es conveniente ayudar a<br />

fortalecer estos compromisos colectivos.<br />

Los Principios Fundamentales a los que deben<br />

obligarse todos los proveedores de DANONE<br />

son los siguientes:<br />

1) Mano de obra infantil: no utilizar a niños menores<br />

de 16 años, según la normativa vigente, en el proceso<br />

de fabricación o en el proceso de producción,<br />

en el caso de los suministradores de <strong>leche</strong>.<br />

2) Mano de obra forzada: no forzar u obligar a<br />

sus trabajadores bajo amenaza de una pena de<br />

cualquier tipo para conseguir que presten sus<br />

servicios.<br />

3) Discriminación: no utilizar prácticas discriminatorias<br />

con sus trabajadores basadas en el nacimiento,<br />

raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra<br />

condición o circunstancia personal o social.<br />

4) Libertad de asociación y negociación de convenio:<br />

respetar la libertad de sus trabajadores para asociarse<br />

y elegir a sus representantes.<br />

5) Salud y seguridad en el puesto de trabajo: facilitar a<br />

sus empleados un ambiente seguro de trabajo que<br />

no ponga en peligro ni su salud ni su integridad.<br />

6) Horario de trabajo: cumplir la normativa vigente<br />

sobre jornada laboral y horarios de trabajo.<br />

7) Salarios: los salarios que paguen a sus empleados<br />

se acomodarán a la normativa vigente en cada<br />

momento.<br />

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