Decreto N° 532-09 - Municipalidad de Bahía Blanca
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ANEXO III<br />
REGLAMENTACION DEL ARTICULO 1º DE LA LEY PROVINCIAL Nº 13.927<br />
ARTICULO 1º (refiere al artículo 9º incisos a) y c) <strong>de</strong> la Ley Nacional Nº 24.449 con las<br />
modificaciones introducidas por su similar N 25.965) — EDUCACION VIAL.—.<br />
a) La autoridad competente introducirá las modificaciones y actualizaciones pertinentes<br />
sobre la materia, en los Contenidos Básicos Comunes para la Educación Inicial, la Básica<br />
General y la Polimodal, en establecimientos públicos o privados, teniendo en cuenta:<br />
a.1. La elaboración <strong>de</strong> programas y proyectos contemplarán los acuerdos y convenios que<br />
se concreten con las instituciones no gubernamentales con actuación en la materia;<br />
a.2. La capacitación y especialización <strong>de</strong>l personal docente y directivo se realizará en<br />
coordinación con la Red Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong> Formación Docente Continua <strong>de</strong>l Ministerio <strong>de</strong> Cultura y<br />
Educación;<br />
a.3. Se propiciará la participación <strong>de</strong> las organizaciones intermedias y <strong>de</strong> la comunidad en<br />
general;<br />
c) A través <strong>de</strong> los medios <strong>de</strong> comunicación social se instrumentarán programas <strong>de</strong> sucesión<br />
continua y permanentes, sobre prevención y educación vial, incluyendo información sobre<br />
lugares y circunstancias peligrosos, recomendándose a los usuarios las formas <strong>de</strong> manejo y<br />
circulación en la vía pública.<br />
ARTICULO 2º. (refiere al artículo 10 <strong>de</strong> la Ley Nacional Nº 24.449) — CURSOS DE<br />
CAPACITACION.—<br />
Compren<strong>de</strong> los siguientes niveles y requisitos:<br />
1. Los <strong>de</strong>stinados a funcionarios y formadores docentes: incluirán contenidos sobre<br />
Legislación, Control, Administración e Ingeniería <strong>de</strong>l Tránsito, Prevención y Evacuación <strong>de</strong><br />
Acci<strong>de</strong>ntes, Técnicas <strong>de</strong> Conducción Segura, Conocimiento <strong>de</strong>l Automotor, Educación,<br />
Investigación y Acci<strong>de</strong>ntología Vial, Transporte Profesional y Especial, con una duración<br />
mínima <strong>de</strong> TREINTA (30) horas, y serán dictados por profesionales o idóneos altamente<br />
capacitados en las respectivas especialida<strong>de</strong>s;<br />
2. Los Cursos Especiales <strong>de</strong> Educación: tendrán una programación específica, <strong>de</strong> alta<br />
exigencia y con una duración mínima <strong>de</strong> DIEZ (10) horas. Sus instructores <strong>de</strong>ben tener título<br />
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