RESOLUCIONES ACTA ORDINARIA No. 003-2011 - IHSS - Instituto ...
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Reparación y Equipamiento de los tres (3) Quirófanos, habilitación de las Unidades de<br />
Cuidados Intensivos (UCIS), de adultos, niños y neonatos y cirugía de hombres y<br />
mujeres y la compra de Cuatro (4) Máquinas de Anestesia y Once (11) Monitores<br />
Fetales, Habilitación de la Consulta Externa, Farmacia, Admisión y Reparación del<br />
Sistema del Drenaje de Aguas Negras del Hospital Regional del <strong>No</strong>rte, enmarcado en<br />
los procedimientos legales que para tal efecto establece la Ley de Contratación del<br />
Estado.<br />
CONSIDERANDO: Que el articulo 1 de la Ley del Seguro Social establece que la<br />
Seguridad Social, es un derecho establecido en la Constitución de la República y un<br />
instrumento del Estado al servicio de la Justicia Social, que tiene como finalidad<br />
garantizar al ser humano la salud, la asistencia medica, la protección de los medios de<br />
subsistencia y los servicios sociales necesarios para el logro del bienestar individual y<br />
colectivo. Obligación que recae en el <strong>Instituto</strong> Hondureño de Seguridad Social,<br />
institución descentralizada del Estado, con independencia administrativa y funcional<br />
distinta del erario publico, y cuyos órganos de Dirección los conforman la Junta<br />
Directiva, la Dirección Ejecutiva, y la Subdirección Ejecutiva.<br />
CONSIDERANDO: Que para lograr estos fines, el <strong>Instituto</strong> Hondureño de Seguridad<br />
Social debe contar con las instalaciones físicas sanitarias modernas, funcionales e<br />
higiénicas necesarias en optimas condiciones.<br />
CONSIDERANDO: Que el Hospital Regional del <strong>No</strong>rte se encuentra actualmente en<br />
un proceso de modernización de su estructura física con el propósito de brindar mejor<br />
calidad en los diversos servicios médicos asistenciales que proporciona el <strong>IHSS</strong>.<br />
CONSIDERANDO: Que es deber del <strong>IHSS</strong> asegurara le mejor calidad del servicio de<br />
salud de sus derechohabientes y que dicho servicio debe brindarse dentro de las<br />
instalaciones del <strong>Instituto</strong> para aquellos procedimientos para los cuales el <strong>IHSS</strong> a<br />
adquirido equipo especializado.