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Bajar - Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

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época <strong>de</strong> contacto con Roma, con lo cual se introducen también las instituciones<br />

romanas, por lo que no es posible hablar <strong>de</strong> un <strong>de</strong>recho germano puro.<br />

2. Es un <strong>de</strong>recho primitivo: Carece <strong>de</strong> capacidad <strong>de</strong> abstracción. Un ejemplo<br />

concreto es su incapacidad para <strong>de</strong>sarrollar una teoría o instituciones vinculadas<br />

a las "obligaciones" y "Contratos". Esta es una materia marcada por un fuerte<br />

criterio <strong>de</strong> contraprestación. Los germanos no concebían, entonces, figuras<br />

como la donación. A la vez este primitivismo se caracteriza por la presencia<br />

masiva <strong>de</strong> símbolos sensibles: Apretones <strong>de</strong> mano, para simbolizar acuerdos,<br />

emplean voces y juramentos, gestos <strong>de</strong> con<strong>de</strong>na o recompensa, etc. En síntesis<br />

es un <strong>de</strong>recho pre-científico, asimilable por tanto, a la época más arcaica <strong>de</strong>l<br />

<strong>Derecho</strong> Romano.<br />

3. Índole asociativa <strong>de</strong> sus instituciones: Las instituciones germanas conce<strong>de</strong>n<br />

gran importancia ala comunidad, el grupo o la familia. No quiere <strong>de</strong>cirse con<br />

esto, que hayan logrado el grado <strong>de</strong> abstracción necesaria para concebir una<br />

persona jurídica, sino que no <strong>de</strong>sarrollaron un <strong>de</strong>recho individualista, centrado<br />

en el hombre, sino en el grupo.<br />

4. Privilegio Tribal: Característica fundamental. Como todo <strong>de</strong>recho primitivo es<br />

aplicable sólo a los miembros <strong>de</strong> la raza germana. Es el viejo principio <strong>de</strong> la<br />

personalidad <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho. No se aplica a quien no pertenezca a la sippe.<br />

5. La Reciprocidad: Los Germanos no conciben la ejecución <strong>de</strong> algo a cambio <strong>de</strong><br />

nada. Sus relaciones interpersonales respon<strong>de</strong>n exclusivamente a la<br />

reciprocidad. Doy para que <strong>de</strong>s se aplica aquí sin excepción. Por ello sancionan<br />

la prodigalidad, pues viola el principio <strong>de</strong> reciprocidad.<br />

Instituciones <strong>de</strong>l <strong>Derecho</strong> germano en el <strong>Derecho</strong> público:<br />

Debemos <strong>de</strong>stacar que los pueblos germanos carecieron <strong>de</strong> un sistema <strong>de</strong> gobierno<br />

centralizado, tal y como se entendía en Roma. Sus lí<strong>de</strong>res eran caudillos militares,<br />

elegidos y no hereditarios, según las virtu<strong>de</strong>s guerreras que exhibieran. Las gran<strong>de</strong>s<br />

<strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong> los bárbaros eran tomadas en asambleas o "Ding" y los varones<br />

(hombres libres) que votaban los acuerdos, manifestaban su aprobación haciendo<br />

sonar sus armas en sus escudos ("in armis insonantibus").<br />

Cuando los germanos comienzan a establecerse <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l imperio, <strong>de</strong>sarrollan ciertos<br />

intentos <strong>de</strong> gobierno territorial, en que los principales nobles o príncipes, ejercen su<br />

po<strong>de</strong>r sobre un territorio preciso (cantones) y gobiernan junto con asambleas<br />

cantonales que tienen atribuciones judiciales, para los casos <strong>de</strong> traición y <strong>de</strong>serción (es<br />

<strong>de</strong>cir crímenes contra "la nación").<br />

En el <strong>de</strong>recho privado:<br />

1. LA SIPPE: Las comunida<strong>de</strong>s germanas se forman sobre la base <strong>de</strong> vínculos<br />

familiares pertenecientes a una "Sippe". Este término <strong>de</strong>signa tanto a los<br />

familiares unidos por vínculos próximos <strong>de</strong> sangre, como a los <strong>de</strong>scendientes<br />

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