Opinión 8 familia cooperativa OPINION Sobre el tema consultamos a la Dra. María Victoria Pellegrini, abogada especializada en Dra. Pellegrini Derecho de <strong>Familia</strong> y profesora de la UNS. –¿Considera necesario reformar el régimen patrimonial del matrimonio? –El régimen vigente funciona sin inconvenientes para aquellas parejas jóvenes que se casan sin poseer un patrimonio importante. Sin embargo, la institución del divorcio vincular da lugar a nuevas uniones matrimoniales de personas con capital propio relevante y esto puede generar algunos problemas. Por ello habría que permitir a los contrayentes elegir el sistema que más les conviene, en lugar de un modelo único aplicable a todos los matrimonios, pero cuidando de mantener un delicado equilibrio que impida situaciones abusivas. –¿Hay muchas consultas de parejas que quieren efectuar un contrato prenupcial, aunque no tenga validez legal? –No. En realidad, quienes quieren "evitar" la aplicación del régimen patrimonial del matrimonio realizan actos fraudulentos en perjuicio de su cónyuge. Algunas convenciones prematrimoniales son admitidas legalmente, por ejemplo la identificación de los bienes que ya poseen los contrayentes para impedir reclamos en una eventual disolución del matrimonio. –¿Qué pasa con el patrimonio de una pareja que vive en concubinato? –No le es aplicable el régimen legal del matrimonio, ni en el aspecto personal ni en el patrimonial, si bien paulatinamente se van reconociendo más derechos a los concubinos. Quienes conviven en esta condición, para poder compartir el patrimonio deben adquirir los bienes en condominio, como si fueran socios. ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................. quede con la mitad de lo que ganó el otro”, señalaron algunos de los que impulsaban la reforma, mientras que otros afirmaron que en casos como el de Susana Giménez o el de algún próspero industrial que se casó con una jovencita, convendría que existiera la posibilidad de firmar convenios para resguardarse, tal como ocurre en la mayoría de los países. Esto permitiría casarse a muchas parejas que hoy no lo hacen por cuestiones económicas Hace unos años se presentaron proyectos de ley para permitir a los futuros cónyuges elegir el sistema patrimonial a que quedarían sujetos, aunque tales iniciativas quedaron en aguas de borrajas y perdieron estado parlamentario. Quienes entonces defendían la modificación del régimen vuelven a hacer hincapié en el problema que puede generarse cuando uno de los cónyuges que se divorcia decida casarse nuevamente. En tal sentido, afirman que los bienes gananciales se dividen y pasan a ser bienes propios, que se incorporan como tales en el nuevo matrimonio. Luego, en la sucesión de este cónyuge, la nueva esposa o esposo, los hereda. Los reformistas consideran que dicha situación se vuelve una verdadera injusticia para quien, tras el divorcio, no sólo se siente frustrado por tener que darle la mitad de los bienes al ex cónyuge sino también porque finalmente la nueva pareja de este último termine gozando de ellos. De los dos por igual Por el lado de quienes pretenden continuar como hasta ahora mencionan algunas situaciones específicas para explicar su postura, aludiendo a la vulnerabilidad de las mujeres jóvenes y de sectores educativos bajos. También se alude a que en los países en los que se puso en práctica ya se está viendo el perjuicio que tiene para la mujer porque los patrimonios no crecen igual, criticando el hecho de no considerar al matrimonio como una sociedad afectiva y solidaria. “Acá se busca cambiar el Código Civil para proteger a la mujer, cuando en realidad resulta exactamente al revés. El caso de Susana resulta excepcional, lo común es que el hombre sea el generador del patrimonio. Y si él aporta el dinero y la mujer aporta el afecto, el cuidado de los hijos y de la casa, la división de los bienes debe ser equitativa. ¿Quién pone precio a la tarea de la mujer en la casa?”, sostienen. De cualquier manera, y más allá de toda polémica, la realidad indica que los contratos prenupciales se hacen pese a no tener validez jurídica y cada vez son más las parejas que piensan en una opción de este tipo. El debate, seguramente, lejos está de haberse extinguido.
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