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120917Convocatoria becas Comedores.pdf - San Martín del Rey ...

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Bases para la convocatoria de <strong>becas</strong> para COMEDORES ESCOLARES Y<br />

GUARDERIAS CURSO 2012/2013.<br />

El objeto de la convocatoria es la concesión de <strong>becas</strong> para comedores escolares con el<br />

fin de:<br />

• Favorecer la integración laboral de aquellos padres y/o madres en los periodos<br />

de tiempo en el desarrollan su actividad laboral o búsqueda activa de empleo y<br />

que por escasez de recursos económicos no pueden hacer frente al coste <strong>del</strong><br />

servicio.<br />

• Ofertar una medida de apoyo familiar para aquellos menores en situación de<br />

riesgo o desigualdad social.<br />

TIPOS DE AYUDAS<br />

Las <strong>becas</strong> de comedor escolar están dirigidas a alumnos escolarizados en los Colegios<br />

<strong>del</strong> Municipio que dispongan de tal servicio y no reciban subvención por otra<br />

Administración por tal concepto.<br />

Las <strong>becas</strong> de Escuela Infantil de 0 a 3 años en centros privados, están dirigidas a<br />

menores que por circunstancias socio-familiares precisen disponer de este tipo de<br />

servicio y no puedan acceder a las municipales. Estas ayudas se concederán en periodo<br />

ordinario de septiembre a junio salvo que en el momento de la solicitud se valore<br />

aconsejable la permanencia durante el mes de julio.<br />

Las <strong>becas</strong>, se concederán con carácter general, por el periodo de curso escolar con<br />

vigencia de Servicio de Comedor, ( de octubre a mayo), ambos inclusive, pudiendo<br />

concederse <strong>becas</strong> por un periodo inferior, prorrogable, si se considera conveniente<br />

ratificar los requisitos a lo largo <strong>del</strong> curso, ante perspectiva de mejora de la situación<br />

económica.<br />

DESTIATARIOS<br />

Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas de comedor escolar , los escolares vecinos de<br />

<strong>San</strong> <strong>Martín</strong> <strong>del</strong> <strong>Rey</strong> Aurelio, matriculados en los colegios <strong>del</strong> municipio desde<br />

Educación Infantil 3 años, hasta 6º de Primaria; y de la Escuela Infantil, los<br />

menores de 0 a 3 años que no puedan acceder a la Escuela Infantil Municipal por<br />

causa acreditada.<br />

REQUISITOS GEERALES<br />

1- Estar empadronado en el Concejo de SMRA, con una antigüedad de un año<br />

(requisito aplicable bien al menor o a sus progenitores).<br />

Excepciones a este requisito:<br />

-Menores procedentes de otros municipios de la Comunidad Autónoma, que<br />

vengan siendo objeto de intervención socio-educativa; con el fin de facilitar la<br />

continuidad de dichas intervenciones.


-Menores procedentes de otras Comunidades Autónomas o municipios de esta<br />

Comunidad, y que sus circunstancias socio-familiares aconsejen dotarles de este<br />

recurso, con informe motivado por las técnicas de los Servicios Sociales.<br />

-Familias inmigrantes cuya cobertura económica correría a cargo <strong>del</strong> Programa<br />

de Acogida de Inmigrantes.<br />

2-La renta económica de la unidad de convivencia no podrá superar los ingresos fijados<br />

en el baremo económico. En caso de que las solicitudes no superen los límites<br />

económicos, excedan la disponibilidad presupuestaria, se procederá a la baremación de<br />

las mismas conforme a los criterios en ANEXO I.<br />

3- Haber presentado las solicitudes y documentación requeridas en tiempo y forma<br />

establecida.<br />

Excepcionalmente, podrán presentarse solicitudes fuera de plazo, que se valorarán solo<br />

por el periodo de curso escolar que reste en ese momento, conforme a los mismos<br />

criterios generales de baremación y siempre en función de las disponibilidades<br />

presupuestarias. Estas solicitudes solo se admitirán en casos de:<br />

• Traslado de domicilio (dentro <strong>del</strong> municipio) que motive el cambio de<br />

escolarización <strong>del</strong> menor.<br />

• Imposibilidad <strong>del</strong> responsable <strong>del</strong> menor de solicitar beca en plazo debido a<br />

enfermedad debidamente justificada ( ingreso hospitalario, intervención<br />

quirúrgica…).<br />

• Cambios imprevistos en las circunstancias socio-familiares, empeoramiento en<br />

circunstancias económicas, abandonos de hogar, desprotección…<br />

4- Los requisitos deberán de mantenerse a lo largo <strong>del</strong> curso escolar, para el que se<br />

solicita la ayuda, siendo obligación de los beneficiarios la comunicación de cualquier<br />

cambio en la situación familiar.<br />

DOCUMETOS A PRESETAR<br />

Solicitud firmada por el solicitante (madre, padre tutor) en el mo<strong>del</strong>o normalizado que<br />

será facilitado por el Centro de Servicios Sociales, donde se les prestará información y<br />

orientación acerca de la ayuda, acompañada de los documentos siguientes:<br />

1. Fotocopia <strong>del</strong> libro de familia o partida de nacimiento <strong>del</strong>/la menor o menores.<br />

2. Fotocopia DNI de los padres o tutores<br />

3. Certificado de empadronamiento (con acreditación mínima de un año bien de los<br />

progenitores y /o <strong>del</strong> menor) y convivencia.<br />

4. Certificación de la Dirección <strong>del</strong> Centro de estar escolarizado y curso al que<br />

asiste<br />

5. Fotocopia de la declaración de l renta en caso de no hacerla, negativa expedida<br />

por la Delegación de Hacienda <strong>del</strong> último ejercicio constatable.<br />

6. Justificante de ingresos, de los 6 últimos meses, de la unidad familiar, hasta<br />

segundo grado por consanguinidad o afinidad.<br />

• En caso de desempleados, copia tarjeta de la demanda de empleo y<br />

certificación <strong>del</strong> Servicio Público de Empleo acreditativa de la situación


y en su caso, de la prestación que percibe, cuantía y duración de la<br />

misma.<br />

• En caso de pensionistas: copia pensión <strong>del</strong> INSS u otro organismo<br />

competente.<br />

• En caso de trabajadores por cuenta ajena presentación de las seis últimas<br />

nominas y copia <strong>del</strong> contrato de trabajo.<br />

• En caso de trabajadores autónomos, copia de la última declaración de la<br />

rentas o de las últimas declaraciones trimestrales de IAE.<br />

• En el supuesto de difícil justificación se presentara una declaración<br />

jurada de ingresos de padres y tutores<br />

• En el caso de separación o divorcio de los padres o tutores, copia de la<br />

Sentencia judicial y/o Convenio regulador en vigor y datos bancario de<br />

las cantidades ingresadas mensualmente por el exconyuge o declaración<br />

jurada de la situación.<br />

• Justificante de percibir o haber solicitado en la Seguridad Social<br />

Prestaciones Familiar por hijo a cargo.<br />

• Justificante de percepción de rentas o alquileres.<br />

7. VIVIENDA:<br />

• Escritura de la misma en caso de propiedad.<br />

• Copia de los dos últimos recibos de alquiler/justificante de abono de<br />

hipoteca o amortización de la vivienda.<br />

8. En caso de situaciones especiales (monoparental, familia acogedora, familia<br />

numerosa…),: documentación justificativa.<br />

9. Certificado de minusvalía o informes médicos si se alega esta circunstancia en alguno<br />

de los padres e interfiera en la adecuada atención <strong>del</strong> menor.<br />

10. Orden de protección, en el caso de víctima de violencia de género.<br />

11. Cualquier otro documento que se considere conveniente para acreditar datos<br />

referentes a las circunstancias sociales y necesidades específicas: informes de<br />

salud/dependencia, informe trayectoria escolar, informe sobre participación en<br />

programa social/intervención de los servicios sociales, dificultades por horario laboral o<br />

actividades formativas de los padres/ tutores, justificantes de pago de cuidados <strong>del</strong><br />

menor, etc.<br />

LUGAR Y PLAZO DE PRESETACIÓ.-<br />

Las solicitudes se formalizaran en mo<strong>del</strong>o oficial acompañadas de la documentación<br />

correspondiente, y se presentarán en la Unidad de Trabajo Social correspondiente a la<br />

localidad de residencia, o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley de<br />

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y <strong>del</strong> Procedimiento Administrativo<br />

Común, en el plazo comprendido entre el: 24 de septiembre al 15 de octubre, ambos<br />

inclusive.<br />

CRITERIOS DE SELECCIÓ


La concesión de las Ayudas está supeditada a las plazas existentes en cada comedor<br />

escolar así como la partida presupuestaria adjudicada a este fin. El gasto con cargo a<br />

las Partidas Presupuestarias de los Programas: “Inclusión Social” y “Apoyo a la<br />

Intervención”; para el año 2011/2012 de <strong>Comedores</strong> Escolares y Escuela Infantil.<br />

Las fuentes de financiación serán:<br />

* Plan Concertado (Inclusión Social y Apoyo a la Intervención).<br />

El otorgamiento de las <strong>becas</strong> está condicionado a la existencia de crédito<br />

presupuestario adecuado y suficiente sin que en ningún caso el importe total de las<br />

ayudas pueda exceder <strong>del</strong> mismo.<br />

El orden de priorización de las solicitudes seguirá los siguientes criterios:<br />

• Situación económica de la unidad familiar: quedarán excluidas de la presente<br />

convocatoria todas las familias que superen los límites económicos establecidos<br />

en la presente:<br />

Podrán solicitar las familias de los alumnos cuya renta en 2012 no supere los siguientes<br />

umbrales máximos, calculados según la documentación que presenten. Tomando como<br />

referencia de ingresos la media mensual de los seis últimos meses, valorando la<br />

previsión para el periodo de la beca, en caso de que se prevea un agravamiento<br />

económico en perjuicio de la familia.<br />

Dichos umbrales máximos, se han establecido partiendo <strong>del</strong> SMI 2011 para dos<br />

miembros. Para tres miembros el 1,5 de dicho SMI y a partir de cuatro se incrementa en<br />

94,99€/mes por cada miembro más.<br />

Nº MIEMBROS MENSUAL ANUAL (X14)<br />

2 641,40 € 8.979,60 €<br />

3 962,10 €<br />

13.469,40 €<br />

4 1.057,09 € 14.799,26 €<br />

5 1.152,08 € 16.129,12 €<br />

6 1.247,07 € 17.458,98 €<br />

A los efectos de determinar la renta de la unidad familiar se tomaron como referencia la<br />

media de los seis últimos meses, de los ingresos totales de la unidad conviviente<br />

(descontando IRPF y gastos de Seguridad Social) procedentes de salarios, pensiones,<br />

intereses, rentas y cualesquiera otras. Para ello se considerarán ingresos de la unidad<br />

familiar los ingresos <strong>del</strong> menor, de los padres, cónyuges de los padres y personas en<br />

situación asimilada, hermanos y convivientes hasta el 2º grado de parentesco por<br />

consanguinidad o afinidad.<br />

En caso de trabajadores autónomos se considerarán como ingresos los netos deducidos<br />

<strong>del</strong> ejercicio inmediatamente anterior, según la declaración de IRPF, incrementada en el<br />

IPC para el ejercicio presente, o también se podrán tomar como ingresos los netos


deducidos de las declaraciones trimestrales de autónomos de los periodos<br />

inmediatamente anteriores a la solicitud.<br />

A los ingresos regulares procedentes de salarios, pensiones, prestaciones por desempleo,<br />

etc… se sumaran los siguientes conceptos: el importe de ingresos procedentes de<br />

alquileres de los bienes de naturaleza urbana o rústica propiedad de la unidad familiar<br />

(de los convivientes hasta 2º grado).<br />

Se considerarán “gastos deducibles” de los ingresos familiares, procedentes de pago de<br />

alquiler, hipoteca, así como los derivados de completar los cuidados y atenciones <strong>del</strong><br />

menor, mediante apoyos externos ajenos al núcleo familiar.<br />

• Una vez realizado el cálculo económico, y en caso de que el número de<br />

solicitudes supere la partida presupuestaria destinada, el orden de<br />

priorización de las solicitudes se hará en función de la baremación referida<br />

en el AEXO I. Quedando cubiertas con beca aquellas solicitudes con mayor<br />

puntuación hasta agotar dicha disponibilidad presupuestaria.<br />

ISTRUCCIÓ DEL PROCEDIMIETO Y RESOLUCIÓ<br />

El órgano competente para la instrucción <strong>del</strong> procedimiento será el Ayto. de SMRA, el<br />

cual realizará de oficio, cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación,<br />

conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se haya de dictar la<br />

resolución. Atribuyéndose, entre otras, las facultades de:<br />

• Dejar sin efecto la beca concedida si el beneficiario cumple cualquiera de las<br />

obligaciones que le imponen estas bases, previa audiencia <strong>del</strong> interesado.<br />

• Modificar la resolución de la concesión de la beca, por alteración de las<br />

condiciones tenidas en cuenta para la concesión.<br />

El examen y baremación de las solicitudes se hará desde las UTS, desde donde se dará<br />

traslado a la Comisión de Políticas Sociales, para que desde esta se eleve propuesta y<br />

resolución definitiva en función de los criterios establecidos.<br />

Las resoluciones se comunicarán al interesado y a los Centros Educativos.<br />

Las reclamaciones se realizarán a través <strong>del</strong> registro general <strong>del</strong> Ayuntamiento,<br />

mediante instancia y documentación que consideren oportuna al respecto.<br />

OBLIGACIOES DE LOS BEEFICIARIOS<br />

Los beneficiaros de las ayudas tiene las siguientes obligaciones:<br />

• Comunicar al Ayuntamiento de SMRA cualquier variación referente al<br />

domicilio o escolarización <strong>del</strong> beneficiario de la beca, o no aprovechamiento <strong>del</strong><br />

Servicio becado.<br />

• Facilitar cuanta información le sea requerida por la Comisión de Baremación<br />

• Asistencia a clase y consecuente aprovechamiento de la Beca asignada.<br />

Se procederá a la extinción y revocación de la beca en caso de que el beneficiario no<br />

cumpla con las obligaciones establecidas en el presente apartado.<br />

CAUSAS DE EXCLUSIÓ<br />

Los menores que en el ejercicio anterior eran beneficiarios de comedor escolar en la red<br />

pública y sin causa justificada este curso escolar son trasladados a Centros Concertados.<br />

VIGECIA


Las presentes bases entran en vigor en el momento que sean aprobadas por el órgano<br />

municipal competente y tendrán validez durante el curso escolar.<br />

ANEXO I<br />

BAREMO PARA LA COCESIÓ DE BECAS<br />

Únicamente se precederá a la tramitación de aquellas solicitudes que reúnan los<br />

requisitos indicados en el punto 2 de estas bases; y se determinará la resolución de<br />

acuerdo con la aplicación <strong>del</strong> siguiente baremo:<br />

1) Número de menores de edad a su cargo:<br />

1 ________________________________ 1 punto<br />

2 ________________________________ 2 puntos<br />

3 ________________________________ 3 puntos<br />

Más de 3 __________________________ 5 puntos<br />

Máximo de 5 puntos.<br />

2) Situaciones especiales:<br />

monoparentalidad ___________________ 3 puntos<br />

(madre/padre con cargas no compartidas)<br />

familia acogedora/educadora __________ 3 puntos<br />

(familiar con algún menor acogido por incapacidad o ausencia de padres)<br />

Familia Numerosa __________________ 3 puntos<br />

(con título reconocido)<br />

Violencia de Género o maltrato ________ 3 puntos<br />

(que haya sido denunciado)<br />

Máximo de 12 puntos.<br />

3) Renta per cápita mensual:<br />

Ingresos de los miembros de la unidad de convivencia, hasta segundo grado, dividido<br />

entre número de éstos:<br />

De 0 a 50 € _______________________ 10 puntos<br />

De 50.01€ a 100€ ___________________ 9 puntos<br />

De 100,01€ a 150€ __________________ 8 puntos<br />

De 150.01€ a 200€ __________________ 7 puntos<br />

De 200,01€ a 250€ __________________ 3 puntos<br />

De 250€ a 312€______________________ 1 punto<br />

(En caso de familias monoparentales y familias con menores acogidos, los cálculos de la<br />

renta per cápita se harán entre los miembros de la unidad familiar +1)<br />

Máximo de 10 puntos.<br />

4) Situación laboral individual de los responsables <strong>del</strong> menor:<br />

Contrato por obra o servicio ___________ 0 puntos<br />

Contrato fijo/indefinido ______________ 0 puntos<br />

Autónomo _________________________ 0 puntos<br />

Pensionista _________________________ 1 punto<br />

Contrato laboral igual o inferior a 6 meses 2 puntos<br />

Desempleo con cobertura _____________ 3 puntos<br />

Desempleo sin cobertura _____________ 4 puntos


Economía de subsistencia, actividades marginales3 puntos<br />

5) Vivienda:<br />

En propiedad_______________________ 0 puntos<br />

Cedida____________________________ 0 puntos<br />

Compartida ________________________ 0 puntos<br />

Alquiler en Vivienda Social ____________ 1 punto<br />

Alquiler___________________________ 2 puntos<br />

Amortización en propiedad ___________ 3 puntos<br />

6) Circunstancias sociales:<br />

Máximo de 3 puntos<br />

Máximo de 3 puntos<br />

Salud: se valorarán familias que tengan a cargo personas dependientes por<br />

razones de edad, enfermedad o discapacidad, es decir aquellas enfermedades o<br />

minusvalías de los adultos de la unidad de convivencia que repercutan<br />

negativamente o impidan la correcta atención de los menores, así como aquellas<br />

enfermedades o minusvalías de los menores2 puntos<br />

Escolar: se valorarán situaciones de desescolarización, absentismo, inadaptación,<br />

retraso, fracaso escolar y problemáticas relacionales de los menores en el ámbito<br />

escolar. ___________________________ 2 puntos<br />

Laboral: se valorarán problemáticas asociadas a la situación laboral, tales como<br />

subempleo, paro de larga duración, parados de edad avanzada, ausencia de<br />

capacitación, incompatibilidad de horarios 2 puntos<br />

Dinámica familiar: se valorarán aquellas situaciones de conflictividad y multi<br />

problemática familiar: desestructuración, cronicidad, limitaciones intelectuales y<br />

emocionales de los cuidadores, ausencia de aptitudes y habilidades parentales<br />

apropiadas en relación a los menores ____ 2 puntos<br />

Encontrarse dentro de algún proceso de intervención social: ITAF, Salario<br />

Social ____________________________ 2 puntos<br />

Otros _____________________________ 2 puntos<br />

Máximo de 12 puntos.<br />

MÁXIMO TOTAL DE 55 PUTOS

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