El Armamneto - Índice
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Formación en Seguridad - Área Instrumental<br />
6. Reglamento de armas<br />
A continuación veremos el tratamiento que reciben las armas<br />
estudiadas, por parte del Reglamento de Armas: Disposiciones<br />
Generales, Circulación, Documentación sobre la Titularidad de las<br />
armas, Licencias, y Disposiciones Comunes sobre tenencia y uso de<br />
armas.<br />
6.1. Capitulo preliminar<br />
Disposiciones generales<br />
SECCION 1.ª OBJETO Y AMBITO<br />
Artículo 1. 1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 23<br />
y siguientes de la Ley Orgánica 1-/1992, de 21 de febrero, sobre<br />
Protección de la Seguridad Ciudadana, el presente Reglamento regula<br />
los requisitos y condiciones de la fabricación y reparaciones de armas,<br />
sus imitaciones y réplicas, y de sus piezas fundamentales, así como<br />
todo lo concerniente a su circulación, almacenamiento y comercio, su<br />
adquisición y enajenación, su tenencia y utilización, determinando las<br />
medidas de control necesarias para el cumplimiento de tales requisitos<br />
y condiciones, con objeto de salvaguardar la seguridad pública. Sus<br />
preceptos serán supletorios de cualquier otra disposición que, con<br />
distinta finalidad, contenga normas referentes a dichas materias.<br />
2. Se considerarán piezas fundamentales: De pistolas, armazón,<br />
cañón y cerrojo; de revólveres, armazón, cañón y cilindro; de<br />
escopetas, básculas y cañón; y de rifles, cerrojo y cañón.<br />
3. <strong>El</strong> régimen de adquisición, almacenamiento, circulación, comercio<br />
y tenencia de municiones será, con carácter general y sin perjuicio de<br />
las normas especiales que las regulen, el relativo a la adquisición,<br />
almacenamiento, circulación, comercio y tenencia de las armas de<br />
fuego correspondientes.<br />
4. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento, y<br />
se regirán por la normativa especial dictada al efecto, la adquisición,<br />
tenencia y uso de armas, por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y<br />
Cuerpos de Seguridad. Para el desarrollo de sus funciones también<br />
quedan excluidos los establecimientos e instalaciones de dichas<br />
Fuerzas y Cuerpos.<br />
TEMA 12 - Armamento 71